Boletín Oficial de la República Argentina del 17/06/2009 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 17 de junio de 2009

Primera Sección
CONSIDERANDO:

BOLETIN OFICIAL Nº 31.675

52

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA. AGROPECUARIA, solicita la inscripción de la creación fitogenética de girasol LBO 100, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por Ley Nº20.247.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, solicita la inscripción de la creación fitogenética de tomate CARO INTA, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por Ley Nº20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6 del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº 24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº 2163 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº20.247, en su reunión de fecha 10 de diciembre de 2008, según Acta Nº359, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº2817 de fecha 30 diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº25.845.
Por ello,
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº20.247, en su reunión de fecha 10 de diciembre de 2008, según Acta Nº359, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº25.845.

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:

Por ello,
ARTICULO 1º Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, creado por Ley 20.247, de la creación fitogenética de girasol LBO 100, solicitada por el INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA.
ARTICULO 2º Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 17/06/2009 Nº50270/09 v. 17/06/2009

MINISTERIO DE PRODUCCION

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución Nº63/2009

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, creado por Ley Nº 20.247, de la creación fitogenética de tomate CARO INTA, solicitada por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA
AGROPECUARIA.
ARTICULO 2º Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. Ing. Agr. Carlos A. Ripoll, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 17/06/2009 Nº50260/09 v. 17/06/2009

Bs. As., 16/4/2009
VISTO el Expediente NºS01:0344091/2007 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y

MINISTERIO DE PRODUCCION
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

CONSIDERANDO:

Instituto Nacional de Semillas
Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, solicita la inscripción de la creación fitogenética de tomate SAN CARLOS INTA, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por Ley Nº20.247.
Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Comisión Nacional de Semillas creada por Ley Nº20.247, en su reunión de fecha 10 de diciembre de 2008, según Acta Nº359, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº25.845.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:

ARTICULO 1º Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, creado por Ley Nº 20.247, de la creación fitogenética de tomate SAN CARLOS INTA solicitada por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA
AGROPECUARIA.
ARTICULO 2º Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 17/06/2009 Nº50275/09 v. 17/06/2009

MINISTERIO DE PRODUCCION

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
Instituto Nacional de Semillas Resolución Nº65/2009
Bs. As., 16/4/2009
VISTO el Expediente NºS01:0344072/2007 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
Resolución Nº66/2009
Bs. As., 16/4/2009
y
VISTO el Expediente NºS01:0529912/2008 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, solicita la inscripción de la creación fitogenética de raigras anual CALEUFU PV-INTA, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por Ley Nº20.247.
Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la. Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº20.247, en su reunión de fecha 10 de marzo de 2009, según Acta Nº 361, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado. Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº25.845.
Por ello, EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, creado por Ley Nº 20.247, de la creación fitogenética de raigras anual CALEUFU PV-INTA, solicitada INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA
AGROPECUARIA.
ARTICULO 2º Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. Ing. Agr. Carlos A. Ripoll, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 17/06/2009 Nº50279/09 v. 17/06/2009

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/06/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/06/2009

Page count52

Edition count9354

First edition02/01/1989

Last issue02/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2009>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930