Boletín Oficial de la República Argentina del 03/03/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, jueves 3
de marzo de 2005

BOLETIN OFICIAL

Año CXIII
Número 30.604

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
RESOLUCIONES
Pág.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y Ministerio de Desarrollo Social
RESOLUCIONES
ADHESIONES OFICIALES
80/2005-SAGPA
Auspíciase el evento EXPOLIVO 2005, a desarrollarse en la provincia de Catamarca.

PROGRAMA JEFES DE HOGAR
12

ASIGNACIONES FAMILIARES
5/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

3

6/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

3

18/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

4

21/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

4

22/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

5

23/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

5

24/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

6

25/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

6

32/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

7

33/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

7

37/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares

8

39/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

8

40/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

9

41/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

9

42/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

10

43/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

10

44/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

11

47/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.
Continúa en página 2

Que, el Decreto Nº 1506 del 28 de octubre de 2004, prorroga la vigencia de ese PROGRAMA hasta el 31 de diciembre de 2005 y, en su artículo 3º, establece un plazo de CIENTO OCHENTA 180 días, contados a partir del 1º de enero de 2005, para que los MINISTERIOS DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y de DESARROLLO SOCIAL, en forma conjunta, realicen una clasificación de los beneficiarios del PROGRAMA JEFES
DE HOGAR de acuerdo a las condiciones de empleabilidad que, eventualmente, reúnan los mismos.

Resolución Conjunta 155/2005 y 336/2005
Autorízase a los Municipios, Comunas o Administraciones Locales a participar del proceso de traspaso de beneficiarios del citado Programa, que hayan optado en tal sentido, a los programas destinados a la atención de grupos vulnerables creados o a crearse en el Ministerio de Desarrollo Social.
Bs. As., 28/2/2005
VISTO los Decretos Nº 565 del 3 de abril de 2002, Nº 39 del 7 de enero de 2003, Nº 1353 del 29
de diciembre de 2003 y Nº 1506 del 28 de octubre de 2004, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 312 del 16 de abril de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº 565/02, se creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR destinado a jefes o jefas de hogar con hijos de hasta DIECIOCHO 18 años de edad, o discapacitados de cualquier edad, o a hogares donde la jefa de hogar o la cónyuge, concubina o cohabitante del jefe de hogar se hallare en estado de gravidez, todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.
Que el citado Decreto confirió al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL el carácter de Autoridad de Aplicación del Programa.
Que a efectos de la aplicación del PROGRAMA JEFES DE HOGAR, fue dictada la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 312 del 16
abril de 2002 y sus modificatorias.
Que, mediante los Decretos Nº 39/03 y Nº 1353/
03, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2003
y 31 de diciembre de 2004, respectivamente, la vigencia del PROGRAMA JEFES DE HOGAR
en los términos del Decreto Nº 565/02 y sus normas complementarias.

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Nº 1506/04, la transferencia de beneficiarios del PROGRAMA JEFES
DE HOGAR de la órbita del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a la del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, deberá hacerse efectiva mediante el dictado de resoluciones conjuntas de los titulares de ambas jurisdicciones en un lapso igual al mencionado precedentemente.
Que, a estos fines, es necesario autorizar a los MUNICIPIOS participantes del PROGRAMA JEFES DE HOGAR, en su carácter de organismos responsables de la gestión del PROGRAMA en el territorio y de la custodia de los legajos de beneficiarios, para que realicen la clasificación de beneficiarios y beneficiarias en función de sus condiciones de empleabilidad y de la necesidad de protección a su núcleo familiar, conforme lo establezca la reglamentación.
Que, asimismo, resulta procedente facultar a dichos MUNICIPIOS a fin de su participación en el proceso de traspaso de beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR a los programas creados o a crearse en el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, cuando dichos beneficiarios calificaren, en forma preferente, para ser sujetos de una política social que disminuya la vulnerabilidad de sus familias, mejore sus ingresos y promueva su desarrollo humano y hubieren optado en tal sentido.

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº369.224

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
11

Que, mediante los artículos 4º y 5º del citado Decreto, se establece, respectivamente, que los beneficiarios con posibilidades de empleo continuarán percibiendo sus beneficios en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y que los beneficiarios que tengan como necesidad prioritaria disminuir la vulnerabilidad de su núcleo familiar podrán ser incorporados a los PROGRAMAS destinados a la atención de grupos vulnerables, la mejora de ingresos y de desarrollo humano creados o a crearse en el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/03/2005 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/03/2005

Page count20

Edition count9373

First edition02/01/1989

Last issue21/06/2024

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