Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 11
de febrero de 2005

BOLETIN OFICIAL

Año CXIII
Número 30.590

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario Pág.

LEYES

LEYES
DEUDA PUBLICA
Ley 26.017

DEUDA PUBLICA
26.017
Disposiciones adicionales a las que quedarán sujetos los bonos del Estado Nacional que resultan elegibles para el canje establecido en el Decreto Nº1735/2004 y que no hubiesen sido presentados al canje dispuesto por el mencionado decreto. Ratifícase el Decreto Nº1733/2004.

1

PODER EJECUTIVO NACIONAL
26.016
Acuérdase autorización al señor Presidente de la Nación para ausentarse del país durante el año 2005.

1

COMISION NACIONAL POR EL DERECHO A LA IDENTIDAD
100/2005
Desígnanse representantes del Poder Ejecutivo Nacional ante la citada Comisión.
CONDECORACIONES
99/2005
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerdan condecoraciones a autoridades del Reino de Marruecos.
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
2072/2004
Desígnase Director de Fiscalización, como excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº25.827.
MINISTERIO DE DEFENSA
2073/2004
Prorrógase la designación transitoria de Director General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
102/2005
Apruébase la estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Secretaría de Coordinación.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
2074/2004
Dase por prorrogada la designación transitoria de Directora de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa.
2075/2004
Prorróganse designaciones transitorias en la Unidad Secretario de la Secretaría de Finanzas y en la Unidad Subsecretario de la Subsecretaría de Financiamiento.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
101/2005
Desígnase Directora General de la Dirección General de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Coordinación e Innovación del citado Ministerio.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
107/2005
Créase la Comisión Nacional de la IV Cumbre de las Américas y de la XIX Cumbre del Grupo Río.
Integración.
Continúa en página 2

Sancionada: Febrero 9 de 2005
Promulgada: Febrero 10 de 2005
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

DECRETOS
COMISION CASCOS BLANCOS
98/2005
Dase por designado Vocal de la citada Comisión del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Disposiciones adicionales a las que quedarán sujetos los bonos del Estado Nacional que resultan elegibles para el canje establecido en el Decreto Nº 1735/2004 y que no hubiesen sido presentados al canje dispuesto por el mencionado decreto. Ratifícase el Decreto Nº 1733/2004.

3

ARTICULO 1º Sin perjuicio de la vigencia de las normas que resulten aplicables, los bonos del Estado nacional que resultan elegibles para el canje establecido en el Decreto Nº 1735 del 9 de diciembre de 2004, que no hubiesen sido presentados al canje según lo establecido en dicho decreto, quedarán sujetos adicionalmente a las disposiciones de la presente ley.

3

ARTICULO 2º El Poder Ejecutivo nacional no podrá, respecto de los bonos a que se refiere el artículo 1º de la presente, reabrir el proceso de canje establecido en el Decreto Nº 1735/04 mencionado.

3

5

6

4

6

6

4

Facúltase al Ministerio de Economía y Producción a dictar las normas complementarias que fueren necesarias para instrumentar el reemplazo dispuesto en el presente artículo.
ARTICULO 7º Ratifícase el Decreto Nº 1733
del 9 de diciembre de 2004.
ARTICULO 8º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS NUEVE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL
AÑO DOS MIL CINCO.
REGISTRADO BAJO EL Nº 26.017
EDUARDO O. CAMAÑO. DANIEL O. SCIOLI.
Eduardo D. Rollano. Juan Estrada.
Decreto Nº 114/2005
Bs. As., 10/2/2005
POR TANTO:

ARTICULO 3º Prohíbese al Estado nacional efectuar cualquier tipo de transacción judicial, extrajudicial o privada, respecto de los bonos a que refiere el artículo 1º de la presente ley.

Téngase por Ley de la Nación Nº 26.017 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Roberto Lavagna.

ARTICULO 4º El Poder Ejecutivo nacional deberá, dentro del marco de las condiciones de emisión de los respectivos bonos, y de las normas aplicables en las jurisdicciones correspondientes, dictar los actos administrativos pertinentes y cumplimentar las gestiones necesarias para retirar de cotización en todas las bolsas y mercados de valores, nacionales o extranjeros, los bonos a que se refiere el artículo anterior.

PODER EJECUTIVO NACIONAL

ARTICULO 5º El Poder Ejecutivo nacional remitirá al Honorable Congreso de la Nación un informe que refleje los efectos del canje y los nuevos niveles de deuda y reducción de la misma.
ARTICULO 6º Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, los bonos del Estado nacional elegibles de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 1735/04, depositados por cualquier causa o tí-

Ley 26.016
Acuérdase autorización al señor Presidente de la Nación para ausentarse del país durante el año 2005.
Sancionada: Febrero 3 de 2005
Promulgada: Febrero 10 de 2005
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Acuérdase autorización al señor Presidente de la Nación para ausentarse
PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº369.224

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
5

tulo a la orden de tribunales de cualquier instancia, competencia y jurisdicción, cuyos titulares no hubieran adherido al canje dispuesto por el decreto antes citado o no hubieran manifestado, en forma expresa, en las respectivas actuaciones judiciales, su voluntad de no adherir al mencionado canje antes de la fecha de cierre del mismo, según el cronograma establecido por el referido decreto Nº 1735/04, quedarán reemplazados, de pleno derecho, por los BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA A LA PAR EN PESOS STEP UP 2038, en las condiciones establecidas para la asignación, liquidación y emisión de tales bonos por el Decreto Nº 1735/04 y sus normas complementarias.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

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Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2005 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date11/02/2005

Page count88

Edition count9352

First edition02/01/1989

Last issue31/05/2024

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