Boletín Oficial de la República Argentina del 12/02/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Buenos Aires, jueves 12
de febrero de 2004

Año CXII
Número 30.338
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
EXENCION DE GRAVAMENES

CONSIDERANDO:

Resolución 223/2004

Pág.
ESPECIALIDADES MEDICINALES
Disposición 747/2004-ANMAT
Sustitúyese el artículo 1 de la Disposición N 398/2004, mediante la cual se prohibió la comercialización y uso de un determinado lote del producto Alprazolam Luar, de Laboratorio Química Luar.
EXENCION DE GRAVAMENES
Resolución 223/2004-SAGPA
Exímese del pago de aranceles, en concepto de tasas de inspección sanitaria y depósito en garantía, del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, al Centro de Investigación y Tecnología de las Carnes CITECA del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, destinado a fábrica de chacinados y elaboración de conservas.

3

1

OBRAS SOCIALES
Resolución 59/2004-SSS
Normas de procedimiento aplicables a las presentaciones de beneficiarios que con una opción de cambio vigente solicitan el redireccionamiento de aportes y contribuciones por inicio de una nueva relación laboral.

2

PRODUCTOS BIOMEDICOS
Disposición 793/2004-ANMAT
Levántase la prohibición de uso y comercialización de los productos biomédicos elaborados y/o comercializados por la firma Shinobi S.R.L., ordenada por la Disposición N 741/2003.

3

1

SESIONES EXTRAORDINARIAS
Decreto 172/2004
Convócase al Honorable Congreso de la Nación.

1

TELECOMUNICACIONES
Resolución 28/2004-SC
Asígnase a la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y Consumo Limitada Unión del Sud numeración no geográfica para los servicios de cobro revertido automático y acceso a la prestación de servicios de telecomunicaciones brindados mediante tarjetas.

2

AVISOS OFICIALES
Nuevos

6

Anteriores

39

SESIONES EXTRAORDINARIAS

Laboral N 25.250 y se introducen diversas modificaciones en materia de derecho individual y colectivo del trabajo.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Aníbal D. Fernández.

Que el Decreto N 764 de fecha 3 de setiembre del 2000 aprobó, a través de su Artículo 1, el nuevo Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones.
Que el aludido Reglamento, estableció los principios y disposiciones que regirán el otorgamiento de la licencia única de servicios de telecomunicaciones, el registro de nuevos servicios y la prestación de servicios de telecomunicaciones.
Que se han expedido las Areas Técnicas pertinentes de la COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, cuyos dictámenes dan cuenta del cumplimiento, por parte de TELECORSAN S.A. de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para el otorgamiento de la licencia única de servicios de telecomunicaciones y el registro de servicios a su nombre.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por el Artículo 9 del Decreto N 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 1142 del 26 de noviembre de 2003
y el Decreto N 764 del 3 de setiembre del 2000.

RESOLUCIONES

Bs. As., 11/2/2004
En uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99 Inciso 9 de la Constitución Nacional.

Secretaría de Comunicaciones
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Resolución 27/2004

SERVICIO TELEFONICO

Regístrase a nombre de Telecorsan S.A. el servicio de Telefonía Local.

Artículo 1 Convócase al HONORABLE
CONGRESO DE LA NACION a Sesiones Extraordinarias desde el 19 hasta el 29 de febrero de 2004.

VISTO el Expediente N 3084/2003, del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNI-

VISTO el Expediente reconstruido N 61.524/89
del Registro del ex-SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD ANIMAL, actual SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL INTI organismo descentralizado de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha solicitado la exención de pago de aranceles del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, para su planta piloto considerada como entidad de carácter público sin fines de lucro, CENTRO DE
INVESTIGACION Y TECNOLOGIA DE LAS
CARNES CITECA, ubicado en Parque Tecnológico Miguelete, Avenida General Paz S/N, entre Alvarellos y Avenida de los Constituyentes, Partido de San Martín, Provincia de BUENOS AIRES, con registro de Establecimiento N Oficial 2.619.
Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA ha tomado la interven-

PRESIDENCIA DE
LA NACION
Secretaría Legal y Técnica
Artículo 1 Otórgase a la empresa TELECORSAN S.A. licencia única de servicios de telecomunicaciones, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I del Decreto N 764 de fecha 3 de setiembre de 2000.
Art. 2 Regístrese a nombre de TELECORSAN S.A. en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4. del Artículo 5 del Anexo I del Decreto N 764 de fecha 3 de setiembre de 2000, el servicio de Telefonía Local.

Bs. As., 5/2/2004
Art. 2 Declárase como asunto habilitado para su tratamiento, el Proyecto de Ley por el que se propicia la derogación de la Ley de Reforma
Exímese del pago de aranceles, en concepto de tasas de inspección sanitaria y depósito en garantía, del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, al Centro de Investigación y Tecnología de las Carnes CITECA del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, destinado a fábrica de chacinados y elaboración de conservas.

Por ello, EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Decreto 172/2004
Convócase al Honorable Congreso de la Nación.

Que por estas actuaciones TELECORSAN
S.A., solicita se le otorgue licencia única para la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Bs. As., 5/2/2004

SERVICIO TELEFONICO
Resolución 27/2004 -SC
Regístrase a nombre de Telecorsan S.A. el servicio de Telefonía Local.

DECRETOS

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
CACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA, y
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mario G. Moreno.

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
Dirección Nacional del Registro Oficial
JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
www.boletinoficial.gov.ar
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa, 2 Sección y 3 Sección
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140
DOMICILIO LEGAL
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Boletín Oficial de la República Argentina del 12/02/2004 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date12/02/2004

Page count40

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