Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2002 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.996 1 Sección Que el artículo 19 de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1 de enero de 2002, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 58 de la citada Ley.
Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa N 22/02, se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por Resolución M.T.E. y S.S. N 321/02, se aprobó su estructura organizativa en lo concerniente a las unidades de nivel inferior al primer nivel operativo.
Que a través del proceso de transformación en el que se encuentra inserto el Estado Nacional, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha reestructurado sus entidades organizativas, a efectos de otorgarle mayor eficacia y eficiencia al accionar del Estado Nacional.
Que en este sentido mediante Resolución de la S.s.G.P. N 4/02 se ratificaron, homologaron, reasignaron y derogaron los niveles de Función Ejecutiva de los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que asimismo en el ámbito del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se encuentra vacante el cargo de Director General de Coordinación Técnica Administrativa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Jurisdicción, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 19 de la Ley N 25.565 y de lo dispuesto por los Títulos II, Capítulo I y artículo 11; lIl, Capítulo lIl; y Vl, artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto N 993/91 t.o. 1995, ello a fin de asegurar la consecución de los objetivos asignados a dicha Cartera de Estado.
Que asimismo y atento el dictado del Decreto N 1140/02, la designación transitoria que se tramita debe disponerse como excepción a lo establecido por el artículo 2 de dicha norma.
Que la persona que se propone para cubrir dicho cargo reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para desempeñarlo.
Que asimismo el postulante no se encuentra comprendido en la prohibición establecida por el artículo 10 del Anexo I a la Decisión Administrativa N 5/00.
Que se encuentra acreditado por prueba documental y declaración jurada, que la persona propuesta no se encuentra comprendida en las prohibiciones establecidas en el artículo 5 de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional aprobada por la Ley N 25.164.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados por la Decisión Administrativa N 19/02, distributiva del Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2002, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 19 y 58 de la Ley N 25.565 y lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por designado, con carácter transitorio, a partir del día 8 de julio de 2002, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en el cargo de Director General de Coordinación Técnica Administrativa dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION, Nivel A Grado 0, Función Ejecutiva I, al señor D. Jorge Rubén SALCH DNI
N 8.206.125.
Art. 2 La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a la prohibición contenida en el artículo 19 de la Ley N 25.565, a lo establecido en los TITULOS II, CAPITULO I, Artículo 11; lIl; CAPITULO lIl; y Vl, Artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto N 993/91 t.o. 1995 y a lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto N 1140/02.
Art. 3 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA - Decreto N 993/91 t.o.
1995, en el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.
Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75-MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Graciela Camaño.

ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS

del MINISTERIO DE ECONOMIA y, en consecuencia, anular la Resolución N 340/97 de la ex ADMINISTRACION NACIONAL DE
ADUANAS.
Que asimismo, el aludido Juzgado Federal de Primera Instancia ordenó dictar, en un plazo perentorio, el acto atinente a la reincorporación del actor al cargo y jerarquía equivalente a la que desempeñaba con la antigedad que poseía a ese momento, como así también abonar al señor Don José Carlos REINOSO una indemnización por los perjuicios irrogados.
Que el artículo 19 de la Ley N 25.565, aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2002, establece que salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad.
Que, por su parte, el artículo 58 de la mencionada Ley determina que las facultades otorgadas por la misma al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99
de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que mediante el artículo 1 del Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Decreto 1942/2002
Exceptúase a la mencionada entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía de las restricciones contenidas en el artículo 19
de la Ley N 25.565, a efectos de proceder a la cobertura de un cargo vacante financiado en la Planta Permanente de la ex Administración Nacional de Aduanas, en el Cuadro Técnico Aduanero.
Bs. As., 1/10/2002
VISTO el Expediente N 252.157/02 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 340 de fecha 10 de febrero de 1997 de la ex ADMINISTRACION
NACIONAL DE ADUANAS la entonces Intervención dispuso el despido con causa del señor Don José Carlos REINOSO en los términos del artículo 1, inciso 4 del Anexo I de la Resolución N 713 del 6 de abril de 1993 y del artículo 1, inciso 4 del Anexo de la Resolución N 3279 del 20 de setiembre de 1996, ambas del citado organismo.
Que como consecuencia de la medida expulsiva aplicada, el señor Don José Carlos REINOSO inició acciones judiciales.
Que mediante resolución de la Excelentísima Cámara Federal de Apelaciones de Posadas PROVINCIA DE MISIONES del 31 de octubre de 2001, recaída en los autos caratulados Expte. N 4991/01 - Reinoso, José Carlos c/Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP-DGA s/demanda laboral, se confirmó la sentencia dictada por el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y Contencioso Administrativo de Posadas PROVINCIA DE MISIONES
con fecha 29 de junio de 2001, a través de la cual se resolvió hacer lugar a la demanda promovida por el nombrado contra la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito
Que el Decreto N 601 de fecha 11 de abril de 2002 reglamentó la instrumentación de las medidas dispuestas por el mencionado Decreto N 491/02.
Que en consecuencia, procede adoptar los recaudos conducentes a dar cumplimiento a la referida medida judicial, a cuyo efecto cabe exceptuar a la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS de las restricciones contenidas en el artículo 19 de la Ley N
25.565, posibilitando la cobertura de UN 1
cargo vacante financiado en la Planta Permanente de la ex ADMINISTRACION NACIONAL
DE ADUANAS, en el Cuadro Técnico Aduanero, Categoría 09 del agrupamiento escalafonario previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo N 56/92 E y Laudo N 16/92, destinado a reincorporar al señor Don José Carlos REINOSO.
Que por otra parte, con intervención de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS se procederá a efectuar, por el modo y en la forma que corresponda, la liquidación de la indemnización ordenada por el Juzgado Federal de Primera Instancia interviniente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 19 y 58 de la Ley N 25.565 y 1 del Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002, reglamentado por su similar N 601 del 11 de abril de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Exceptúase a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA, de las restricciones contenidas en
Miércoles 2 de octubre de 2002

2

el artículo 19 de la Ley N 25.565, a efectos de proceder a la cobertura de UN 1 cargo vacante financiado, en la Planta Permanente de la ex ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS, en el Cuadro Técnico Aduanero, Categoría 09 del agrupamiento escalafonario previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo N 56/92 E y Laudo N 16/92.
Art. 2 Reincorpórase al señor Don José Carlos REINOSO M.l. N 10.455.813 a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en el Cuadro Técnico Aduanero, Categoría 09 del agrupamiento escalafonario previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo N 56/92 E y Laudo N 16/92, con funciones acordes a la categoría, reconociendo la antigedad registrada a la fecha en que se operó su despido con causa, todo ello en cumplimiento de la sentencia firme recaída en sede judicial.
Art. 3 Con intervención de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS se procederá a efectuar, por el modo y en la forma que corresponda, la liquidación de la indemnización ordenada por el Juzgado Federal de Primera Instancia actuante.
Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS correspondiente al Ejercicio 2002.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Roberto Lavagna.

MINISTERIO DE ECONOMIA
Decreto 1943/2002
Ratifícase la Decisión Administrativa N 374 de fecha 20 de julio de 1998, mediante la cual se rechazó un recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto contra la Resolución Conjunta del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y de la ex Secretaría de la Función Pública N 37 de fecha 20 de diciembre de 1991.
Bs. As., 1/10/2002
VISTO el Expediente N 090-000082/93 y su agregado sin acumular N 090-000538/92, ambos del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas actuaciones tramitó el recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio interpuesto por el ex-agente del MINISTERIO DE ECONOMIA Don Juan Enrique TADDEO L.E. N 4.836.148 contra la Resolución Conjunta del ex-MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de la ex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA dependiente entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION N 37 de fecha 20 de diciembre de 1991 que aprobó su reencasillamiento en el SISTEMA NACIONAL
DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el Decreto N 993/91 t.o. 1995.
Que corresponde ratificar la Decisión Administrativa N 374 de fecha 20 de julio de 1998, que rechazó el recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por el recurrente contra la precitada Resolución Conjunta, conforme lo previsto en el artículo 19 inciso a de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N 19.549, en razón de haberse verificado en el dictado del acto recurrido, la incompetencia en razón del grado del funcionario que dictó el mismo, conforme fuera sentado en la materia el criterio esgrimido por la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.
Que contra la Resolución Conjunta que aprobó su reencasillamiento, el presentante interpuso recurso de reconsideración, el que fuera resuelto parcialmente favorable mediante el dictado de la Resolución Conjunta del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS y de la ex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, dependiente entonces del MINISTERIO DEL INTERIOR N 22 de fecha 30 de diciembre de 1992.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2002 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date02/10/2002

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First edition02/01/1989

Last issue22/06/2024

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