Boletín Oficial de la República Argentina del 19/10/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 19 DE OCTUBRE DE 1999

AÑO CVII

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.253
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 955.470

LEYES

MALLA ANTIGRANIZO
Ley 25.174
Régimen destinado a asegurar la oferta nacional e importada de malla antigranizo, las condiciones y calidad del producto, y facilitar a los productores agrícolas la colocación de ese dispositivo de protección.
Sancionada: Septiembre 22 de 1999
Promulgada parcialmente: Octubre 14 de 1999.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
I. Objeto ARTICULO 1º La presente ley tiene por objeto asegurar la oferta nacional e importada de malla antigranizo, las condiciones y calidad del producto, y facilitar a los productores agrícolas la colocación de ese dispositivo de protección.

1

baja presión de color negro o blanco con certificación de tratamiento ultravioleta, que reúne los siguientes requisitos garantizados y certificados por fábrica:
a Resistencia de impacto mínima de 20 mm de granizo a 40 mts./seg.;
b Sombreo máximo del 20%;
c Vida útil no inferior a siete 7 años.
ARTICULO 3º Control de Calidad. Cualquier tipo de producto con destino a malla antigranizo, que cumpla con la definición y los requisitos del artículo anterior, deberá someterse a un control de calidad.
ARTICULO 4º Organismo encargado del control de calidad. El control de calidad a que se hace referencia en el artículo anterior será supervisado y certificado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial INTI.
El producto controlado y aprobado llevará, a los efectos de su comercialización, una etiqueta o adhesivo de color azul con la leyenda: Aprobado Instituto Nacional de Tecnología Industrial INTI.
Debiendo indicarse cuáles son las características del producto y las condiciones de calidad.
ARTICULO 5º Productos aptos no comprendidos. Los productos aptos no comprendidos que no se adecuen al artículo 2º de esta ley, pero que conforme a las condiciones que establezca la reglamentación de la presente sean considerados como aptos para malla antigranizo, podrán ser igualmente sometidos al control de calidad del Instituto Nacional de Tecnología Industrial INTI y aprobados en las condiciones del segundo párrafo del artículo anterior.
ARTICULO 6º Efectos. La constancia de aprobación del control de calidad del Instituto Nacional de Tecnología Industrial INTI, será únicamente a los efectos de acreditar, para su comercialización, la calidad y condiciones de la malla antigranizo.
ARTICULO 7º Carga de la prueba. En cualquier caso, el oferente estará obligado a producir las pruebas que acrediten la calidad del producto como malla antigranizo.
ARTICULO 8º Certificación y garantía de fábrica. Sin perjuicio del control de calidad, todo producto apto para malla antigranizo deberá venderse con certificación y garantía de fábrica artículo 14, Ley 24.240 y sujeto a las demás estipulaciones de la Ley 24.240.
ARTICULO 9º Productos importados. Si el producto fuere importado, el importador deberá presentar ante el Instituto Nacional de Tecnología Industrial INTI certificación de fabricación de origen y acreditar las características del artículo 2º o las similares reglamentadas conforme al artículo 5º, las mismas deberán estar supervisadas y certificadas por el organismo extranjero competente, equivalente al Instituto Nacional de Tecnología Industrial INTI, sin perjuicio del artículo 8º. Se procederá conforme al segundo párrafo del artículo 4º.

II. Condiciones y Calidad III. Oferta nacional e importada ARTICULO 2º Producto apto. Características. A los efectos de la presente ley, defínese como producto apto para malla antigranizo, el tejido de monofilamento del polietileno de alta densidad y
DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

ARTICULO 10. Arancel de importación y tasa de estadística. Fíjase una reducción en el derecho de importación, extrazona e intrazona
auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

SUMARIO
Pág.

Pág.
ADUANAS
Resolución General 695/99-AFIP
Actualización de la normativa referida a la intervención de ANMAT Res. 2017/93 ex-ANA. ADGA Nº 429.673/
97.

14

ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución 372/99-ANSES
Extiéndese el Sistema de Pago Directo a todos los trabajadores de la actividad privada, sector construcción, que se desempeñen en la provincia de Corrientes.

6

BANCO DE LA NACION ARGENTINA
Resolución 449/99-SH
Establécese que la citada entidad transferirá fondos correspondientes a cuotas de programación de la ejecución de la Superintendencia de Servicios de Salud.

7

CONDECORACIONES
Decreto 1128/99
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración al Embajador de Ucrania en la República.

de Aluminio Argentina S. A., destinados a la fabricación de latas de aluminio para bebidas.

8

Resolución 772/99-SICYM
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I. V. A. de las importaciones de bienes de capital de Bimbo de Argentina S. A., destinados a la fabricación de productos de la panificación.

9

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución 5/99-IGJ
Establécese un plazo para la prestación de declaraciones juradas para acogerse al régimen de facilidades de pago que regula el Decreto Nº 1103/99, régimen que comprende las tasas anuales de sociedades por acciones correspondientes a los años 1990 a 1999 inclusive.

6

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 219/99-INASE
Declaraciones Juradas y Comunicaciones de Semilla de Papa.

6

JUSTICIA MILITAR
Decreto 1132/99
Nómbrase Vocal del Consejo de Guerra Permanente para Jefes y Oficiales de las Fuerzas Armadas.

5

3

Decreto 1129/99
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración al Delegado de la Secretaría de Relaciones Exteriores de la Ciudad de Guadalajara de los Estados Unidos Mexicanos.

4

CONVENIOS DE PRESTAMO
Decreto 1139/99
Apruébase el modelo de Enmienda al Convenio de Préstamo Nº 4405-AR del Préstamo Especial de Ajuste Estructural, a suscribirse con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.

MALLA ANTIGRANIZO
Ley 25.174
Régimen destinado a asegurar la oferta nacional e importada de malla antigranizo, las condiciones y calidad del producto, y facilitar a los productores agrícolas la colocación de ese dispositivo de protección.

1

2

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 1126/99
Traslado de un funcionario.

3

Decreto 1127/99
Desígnase Subsecretario de Política para Europa, América del Norte, Asia, Africa, Oceanía, Organismos Internacionales y Temas Especiales.

3

POLICIA FEDERAL ARGENTINA
Decreto 1135/99
Promoción.

4

Decreto 1136/99
Promoción.

4

Decreto 1137/99
Promoción.

2

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y
PENSIONES
Resolución 382/99-ANSES
Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente a noviembre de 1999.

6

TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL
Resolución 348/99-ST
Prorrógase el plazo establecido por la Resolución Nº 169/99, en relación con la utilización de placas o bandas retrorreflectantes perimetrales, para todos los vehículos del servicio de transporte de pasajeros y carga.

13

TRANSPORTE AUTOMOTOR
Resolución 332/99-ST
Modifícase el Artículo 4º del Anexo I de la Resolución Nº 339/95-CONTA, en relación a las funciones a cumplir por el Sistema de Seguridad para la Operación de Puertas en el Transporte por Automotor Público Urbano.

7

EXENCION DE GRAVAMENES
Decreto 1131/99
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de Suecia destinados a ser exhibidos durante la realización del Bazar Navideño, a llevarse a cabo en la ciudad de Buenos Aires.
IMPORTACIONES
Decreto 1130/99
Autorízase la importación de sesenta y nueve vehículos automotores destinados a las obras de construcción del Acueducto Río Colorado de la provincia de La Pampa, exceptuándolos del Régimen establecido por el Decreto Nº 2677/91 y sus modificatorios y de lo establecido por el Decreto Nº 110/99 y su modificatorio, respecto de la prohibición de importación de vehículos usados.
Resolución 764/99-SICYM
Solicitudes de reducción transitoria del Derecho de Importación Extrazona para mercaderías comprendidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.
Resolución 765/99-SICYM
Solicitudes de reducción transitoria del Derecho de Importación Extrazona para mercaderías comprendidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.
INDUSTRIA
Resolución 768/99-SICYM
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I. V. A. de las importaciones de bienes de capital de Citrusvil S. A., destinados a la producción e industrialización de citrus.
Resolución 769/99-SICYM
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I. V. A. de las importaciones de bienes de capital de FATE S. A. I. C.
I., destinados a la producción e industrialización de cubiertas, cámaras y materiales afines para neumáticos.
Resolución 770/99-SICYM
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I. V. A. de las importaciones de bienes de capital de Polisur S. A. destinados a la fabricación de polietileno.

5

3

9

11

9

FE DE ERRATAS
Resolución General 701/99-AFIP
11
DECRETOS SINTETIZADOS

5

DECISIONES ADMINIATRATIVAS
SINTETIZADAS

5

8

CONCURSOS OFICIALES
19

Nuevos Resolución 771/99-SICYM
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I. V. A. de las importaciones de bienes de capital de Reynolds Latas
19

AVISOS OFICIALES
Nuevos Anteriores
19
54

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/10/1999 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date19/10/1999

Page count56

Edition count9351

First edition02/01/1989

Last issue30/05/2024

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