Boletín Oficial de la República Argentina del 26/10/1998 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.008 1 Sección 15 de Julio de 1987 y ROHEBA SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN JUAN Nº 2017 del 28 de octubre de 1985, por aplicación del artículo 6º penúltimo párrafo del Decreto Nº 2054/92. ARTICULO 2º Notifíquese a la firmas mencionadas en el ARTICULO 1º.
ARTICULO 3º Hágase saber a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y a los Gobiernos Provinciales de SAN LUIS y SAN JUAN a los efectos del Registro de Beneficiarios de la Ley Nº 22.021 y sus modificatorias. - ARTICULO 4º De Forma. Firmado: REINALDO BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE
INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA Av. Julio A. Roca 651 Planta Baja Sector 7.
e. 23/10 Nº 251.238 v. 27/10/98

Lunes 26 de octubre de 1998

36

pleno derecho a la mitad, conforme lo previsto por el Artículo 38 de la Ley 11.683 t.o. en 1998. Se le advierte que el incumplimiento de las presentaciones requeridas encuadrará en las previsiones del artículo 39 de la misma ley, por lo que dará lugar a la iniciación del pertinente sumario. En caso de haber efectuado la presentación de las declaraciones juradas, deberá exhibir dentro del mismo plazo las constancias respectivas y, en su caso, las correspondientes al pago del tributo y sus intereses. Se le hace saber igualmente que si no diere cumplimiento a la presente intimación, se procederá de acuerdo con lo previsto en el artículo 31 de la Ley 11.683 t.o. en 1998. Firmado:
Abogado GUSTAVO J. KRALJEVIC, Jefe Int. Agencia Nº 49, A.F.I.P. - D.G.I.
e. 22/10 Nº 250.954 v. 28/10/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
El Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Dirección General de Recursos Humanos Hipólito Yrigoyen 250, 7º piso Oficina 739 - rampacita y emplaza a partir de la fecha de publicación del presente edicto y por el término de veinticuatro 24 horas al señor Héctor Guillermo KRANTZER a presentarse a regularizar su situación administrativo ante la Subsecretaría de Transporte Terrestre, caso contrario se iniciará tramitación de cesantía.
e. 23/10 Nº 251.251 v. 27/10/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Se hace saber a la firma RESTAURANT YAPEYU S.R.L., con domicilio constituido en la calle Maipú Nº 383 de Capital Federal, que la Agencia Nº 49 de la Administración Federal de Ingresos Públicos Dirección General Impositiva, con intimación de fecha 4 de junio de 1998, la emplaza para que en el término de cinco días hábiles de su notificación concurra a esa dependencia, sita en calle Tte. Gral. Perón Nº 1378 de Capital Federal y exhiba los comprobantes que acrediten el pago de pesos dos mil cuatrocientos cincuenta y tres con dos centavos $ 2.453,02 y de pesos dos mil quinientos once con cincuenta centavos $ 2.511,50 en concepto de saldo de la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado, período fiscal agosto y septiembre de 1992, respectivamente. En caso de haber omitido el pago, se lo intima para que dentro del plazo señalado ingrese las sumas adeudadas con más los intereses resarcitorios, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales que correspondan. Firmado: Abogado GUSTAVO J. KRALJEVIC, Jefe Int. Agencia Nº 49 A.F.I.P.
- D.G.I.
e. 22/10 Nº 250.955 v. 28/10/98

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, notifica a la firma ATLAS SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA la Disposición 50 de fecha 2 de setiembre de 1998 de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA, recaída en el Expediente Nº 250.207/91 la que a continuación se transcribe: ARTICULO 1º
SOBRESEER DEFINITIVAMENTE a la firma ATLAS SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 1739/86 en la presente causa. ARTICULO 2º Notifíquese a la firma ATLAS SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 3º Hágase saber a la DIRECCION
GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, y a la Provincia de SAN LUIS a los efectos del Registro de Beneficiarios del régimen de la Ley 22.021 y su modificatoria Nº 22.702. ARTICULO 4º De forma. Firmado:
REINALDO BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 7.
e. 22/10 Nº 250.990 v. 26/10/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, notifica a la firma CADEGO SOCIEDAD ANONIMA la Disposición 41 de fecha 31 de julio de 1998 de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA, recaída en el Expediente Nº 307.975/91 la que a continuación se transcribe: ARTICULO 1º Declarar extinguidos los sumarios iniciados a las FIRMAS TALGO SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 398 del 13 de mayo de 1985, CADEGO SOCIEDAD ANONIMA
Decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 2450 del 25 de setiembre de 1985 y POLIMETAL
SOCIEDAD ANONIMA decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 3414 del 28 de noviembre de 1985, por aplicación del artículo 6º penúltimo párrafo del Decreto Nº 2054/92. ARTICULO
2º Notifíquese a las firmas mencionadas en el ARTICULO 1º. ARTICULO 3º Hágase saber a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y al Gobierno de la Provincia de San Luis a los efectos del Registro de Beneficiarios. ARTICULO 4º De forma. Firmado: REINALDO BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 7.
e. 22/10 Nº 250.989 v. 26/10/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Se hace saber a la firma RESTAURANT YAPEYU S.R.L., con domicilio constituido en la calle Maipú Nº 383 de Capital Federal, y en referencia a su presentación de fecha 23 de junio de 1992, mediante la cual solicita acogerse al Plan de Facilidades de Pago establecido por el Decreto Nº 631/
92, reglamentado por la Resolución General Nº 3494 y sus complementarias, para el ingreso de los siguientes conceptos: Saldo de declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado períodos fiscales octubre, noviembre y diciembre de 1991, y enero y febrero de 1992; e Impuesto sobre los Activos - Anticipos quinto al décimo primero, ambos inclusive, del período fiscal año 1992, por la suma total de pesos diez mil setecientos setenta y siete con sesenta y ocho centavos $ 10.777,68, que la Agencia Nº 49 de la Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General Impositiva, con fecha 19 de marzo de 1998, en razón de no haberse dado cumplimiento a las normas establecidas en la Resolución General Nº 3494, artículo 22, ha decidido declarar la caducidad del plan. En razón de lo expuesto se lo emplaza para que en el término de quince días de notificada proceda a ingresar en concepto de saldo de declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado períodos fiscales octubre, noviembre y diciembre de 1991 y enero y febrero de 1992 la suma de pesos siete mil seiscientos ochenta y ocho con veintitrés centavos $ 7.688,23 por el capital impago, con más pesos quince mil ochocientos veintiséis con cuarenta y seis centavos $ 15.826,46 por los intereses resarcitorios calculados al 6 de abril de 1998; y por Impuestos sobre los Activos - Anticipos quinto al décimo primero, la suma de pesos un mil doscientos sesenta y ocho $ 1.268,00 por el capital impago con más pesos dos mil seiscientos cincuenta y nueve con cincuenta y siete centavos $ 2.659,57 por los intereses resarcitorios calculados al 6 de abril de 1998. Por último se le hace saber que la falta de cumplimiento a lo dispuesto dará lugar a la iniciación o prosecución según corresponda de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado, sin perjuicio de los accesorios que pudieran corresponder. Firmado: Abogado GUSTAVO
J. KRALJEVIC, Jefe Int. Agencia Nº 49 A.F.I.P. - D.G.I.
e. 22/10 Nº 250.956 v. 28/10/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
15/10/98
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del agente fallecido José Alberto AXENFELD, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 142 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/92 E, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen Nº 370, piso 5º, Oficina Nº 5159, Capital Federal.
ALICIA INES LORENZONI DE SANGUINETI, Jefe Int. Sección J, División Beneficios.
e. 22/10 Nº 250.706 v. 26/10/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Se hace saber a la firma ESTACION DE SERVICIO MARCO AVELLANEDA S.A., con domicilio constituido en la calle Rodríguez Peña Nº 344, cuarto piso, departamento Nº 44, de Capital Federal, que la Agencia Nº 49 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Dirección General Impositiva, con nota de fecha 7 de octubre de 1998, le intima para que en el plazo de quince días presente las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado de los períodos fiscales abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 1995, y del Impuesto a las Ganancias períodos fiscales 1995 y 1996, e ingrese en su caso el tributo resultante con más los intereses resarcitorios que correspondan. Asimismo se le hace saber que le corresponde la sanción de pesos trescientos treinta y ocho con trece centavos $ 338,13 por cada una de las declaraciones juradas que omitió presentar; y que si dentro del plazo de quince días de notificada pagare voluntariamente las multas y presentare las declaraciones juradas, el importe de la pena se reducirá de
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Se hace saber a la firma LOS MEDANOS SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, con domicilio constituido en la Avenida Corrientes Nº 552, piso séptimo de esta Capital Federal, y en referencia a su presentación de fecha 26 de junio de 1992, mediante la cual solicita acogerse al Plan de Facilidades de Pago establecido por el Decreto 631/92, reglamentado por la Resolución General Nº 3494 y sus complementarias, para el ingreso de los siguientes conceptos: Saldo de declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado de los períodos fiscales julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 1990, y febrero y julio de 1991; y saldo de declaración jurada de Impuesto sobre los Activos período fiscal 1991 y anticipos del Impuesto sobre los Activos período fiscal 1992, por la suma total de pesos veintiún mil quinientos ocho con noventa y dos centavos $ 21.508,92, que la Agencia Nº 49 de la Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General Impositiva, con fecha 16 de marzo de 1998, en razón de no haberse dado cumplimiento a las normas establecidas en la Resolución General Nº 3494, artículo 22, ha decidido declarar la caducidad del plan. En razón de lo expuesto, se lo emplaza para que en el término de quince 15
días de notificada proceda a ingresar en concepto de saldo de declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado períodos fiscales julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 1990, y febrero y julio de 1991, la suma de pesos siete mil setecientos noventa y siete con noventa y tres centavos $ 7.797,93 por el capital impago, con más la suma de pesos cinco mil cuatrocientos cuarenta y dos con sesenta y un centavos $ 5.442,61 en concepto de actualización del capital impaga, y la suma de pesos cuarenta y un mil ochenta y cuatro con cuarenta y un centavos $ 41.084,41 por los intereses resarcitorios calculados al 30 de marzo de 1998; y por Impuesto sobre los Activos saldo de declaración jurada período fiscal 1991 y anticipos período fiscal 1992
la suma de pesos cinco mil novecientos once con cuarenta y siete centavos $ 5.911,47 en concepto de saldo de capital adeudado, con más la suma de pesos doce mil quinientos treinta y cinco con tres centavos $ 12.535,03 en concepto de intereses resarcitorios calculados al 30 de marzo de 1998. Por último, se le hace saber que la falta de cumplimiento a lo dispuesto dará lugar a la iniciación o prosecución según corresponda de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado, sin perjuicio de los accesorios que pudieran corresponder. Fdo: Abogado GUSTAVO J.
KRALJEVIC, Jefe Int. Agencia Nº 49 A.F.I.P. - D.G.I.
e. 22/10 Nº 250.957 v. 28/10/98

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/10/1998 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date26/10/1998

Page count36

Edition count9348

First edition02/01/1989

Last issue27/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 1998>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031