Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/1998 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, JUEVES 5 DE FEBRERO DE 1998

AÑO CVI

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 28.830
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR . RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 888.209

1

1996, Nº 1381 del 29 de noviembre de 1996, Nº 1403 del 3 de diciembre de 1996, Nº 1410
el 3 de diciembre de 1996, Nº 1564 del 19
de diciembre de 1996, Nº 107 del 5 de febrero de 1997 Nº 149 del 14 de febrero de 1997, Nº 756 del 11 de agosto de 1997 y modificatorio Nº 16 del 6 de enero de 1998, Nº 1167 del 7 de noviembre de 1997 y las Decisiones Administrativas Nº 487 del 19
de diciembre de 1996 y Nº 6 del 6 de enero de 1998, y CONSIDERANDO:
Que por la ley 24.629 se dictaron las normas tendientes a profundizar la reforma y modernización.
Que en el ejercicio de las facultades constitucionales, en el marco de la reforma del Estado, el Poder Ejecutivo Nacional dictó los Decretos Nº 558/96, Nº 660/96, Nº 1381/
96, Nº 1410/96 y Nº 756/97.
Que resulta necesario centralizar la definición estratégica de los lineamientos y prioridades para el diseño de las políticas y programas en materia del manejo integrado de los recursos naturales y del ambiente en general.
Que resulta política prioritaria del Gobierno Nacional otorgar al manejo de los recursos hídricos, superficiales y subterráneos, y a todo lo atinente a las obras hdráulicas y de saneamiento un enfoque integrado y global que permita una adecuada preservación y recuperación del medio ambiente.
Que por lo tanto, es necesario centralizar a nivel nacional la coordinación de la planificación, programación, ejecución, evaluación y control de las obras hidráulicas y de saneamiento en el país.

DECRETOS
PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 146/98
Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable. Modifícase la estructura organizativa.
Bs. As., 30/1/98
VISTO la ley 24.629 de Normas para la Ejecución del Presupuesto y la Reorganización Administrativa, la ley Nº 24.938 de aprobación del Presupuesto General para la Administración Pública Nacional, las leyes Nº 22.697 de creación de la COMISION REGIONAL DEL BERMEJO, Nº 23.027 de creación de la COMISION NACIONAL DEL TRATADO DE LA CUENCA DEL PLATA Y DEL
COMITE HIDRICO DE LA CUENCA DEL
PLATA Nº 23.896 de creación de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS
CUENCAS DE LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN
y NEGRO Nº 24.583 de creación del ENTE
NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, el Decreto Nº 999 del 18 de junio de 1992 de creación del ENTE
TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS, el Decreto Nº 2736 del 29 de diciembre de 1993 de creación del ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS COMAHUE ORSEP-COMAHUE, los Decretos Nº 787 del 22 de abril de 1993, Nº 856 del 3 de junio de 1994, Nº 558 del 24
de mayo de 1996, Nº 660 del 24 de junio de
DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Que en tal sentido deviene necesario la modificación de la estructura organizativa, objetivos, responsabilidad primaria y acciones de la SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS Y DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que asimismo, atento a la transferencia de competencias efectuada en este acto, corresponde sustituir la autoridad de aplicación del contrato de concesión de servicio público de agua potable y desages cloacales celebrado con Aguas Argentinas S.A.
Que en tal sentido, deben reubicarse las entidades, comisiones, unidades ejecutoras, delegaciones nacionales y todo otro organismo existente en las estructuras estatales antes mencionadas.
Que por lo tanto, resulta conveniente fortalecer y jerarquizar las áreas de coordinación interna que aseguren el adecuado dinamismo de la nueva estructura a aprobarse.
Que la presente medida no importa incremento del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 1998.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO ha tomado la intervención de su competencia y dado su aprobación.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1
de la Constitución Nacional y el artículo 15
de la ley Nº 24.938.

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Por ello,
transfieren a la órbita de su jurisdicción, así como también, la de las unidades ejecutoras, coordinadoras y de implementación, reorganizándolas en atención a los nuevos lineamientos políticos que surjan como consecuencia de la reubicación institucional.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Modifícase el Decreto Nº 1381/96, que aprueba la estructura organizativa de la SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, conforme al ORGANIGRAMA, OBJETIVOS y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y ACCIONES, que obran como Anexos I, II y III del presente Decreto.
Art. 2º La SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, en un plazo no mayor de SESENTA DIAS 60 días a partir del dictado del presente Decreto, deberá presentar la adecuación de las estructuras organizativas de todos los organismos que se
Art. 3º Modifícase el Decreto Nº 756/97, transfiriendo la DIRECCION NACIONAL DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS al ámbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 4º Transfiérese el INSTITUTO DE
AGUAS SUBTERRANEAS ex CRAS dependiente del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO SEGEMAR dependiente de la SUBSECRETARIA DE MINERIA de la SECRETARIA DE IN-

SUMARIO
Pág.
ESTACIONES FERROVIARIAS
Resolución 15/98-ST
Restitúyese el nombre original de Bella Vista a la estación Teniente General Pablo Ricchieri de la línea del Ferrocarril Suburbano General San Martín. Modifícase la Resolución Nº 130/97.
HIDROCARBUROS
Resolución 28/98-SE
Adjudícanse las Areas de Exploración CNQ-32 Puesto Zuñiga y CAM-3 Santa Cruz Sur ubicadas en las Provincias de Río Negro, Santa Cruz y Plataforma Continental Argentina respectivamente y para el Area CGSJ-XVI, XVII y XVIII, ubicada en la Provincia de Santa Cruz.
OBLIGACIONES DEL SISTEMA
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución General 81/98-AFIP
Recursos de la Seguridad Social.
Trabajadores autónomos y beneficiarios de prestaciones previsionales. Períodos de enero a diciembre de 1998, ambos inclusive. Aportes a efectuar.

8

8

8

Pág.
Porcina Clásica, desde diversos países europeos afectados por la mencionada enfermedad.

9

TRANSPORTE AEROCOMERCIAL
Resolución 120/98-MEYOSP
Autorízase a Tenil S.A. a explotar servicios no regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga y carga exclusiva.

9

TRANSPORTE DE MERCANCIAS
PELIGROSAS POR CARRETERA
Resolución 13/98-ST
Rectifícase la Resolución Nº 110/97, que incorporó el Anexo I - Programa del Curso de Capacitación Básico Obligatorio para Conductores de Vehículos Empleados en el Transporte de las citadas mercancías, al Reglamento General aprobado por Decreto Nº 779/95.

8

DECRETOS SINTETIZADOS

7

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
SINTETIZADAS

7

FE DE ERRATAS
PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 146/98
Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable. Modifícase la estructura organizativa.

Resolución Nº 98/98-MEYOSP
1

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
SANIDAD ANIMAL
Resolución 122/98-SENASA
Prohíbese transitoriamente la importación de carnes frescas y productos cárnicos de cerdo, cuyo proceso de elaboración no garantice la destrucción del virus de Peste
9

10

AVISOS OFICIALES
Nuevos
10

Anteriores
22

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Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/1998 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date05/02/1998

Page count24

Edition count9363

First edition02/01/1989

Last issue11/06/2024

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