Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 11/11/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel
BOP TE Número 216
11 de noviembre de 2022
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Condiciones de edificación:
1.- Alineaciones: Se obliga un retranqueo al frente de vial de 5 metros.
2.- Ocupación de parcela: Ocupación máxima de parcela neta 90%
3.- Alturas:
a La altura reguladora máxima será de 12 m.
b el número máximo de plantas será de 3 plantas.
4.- Superficie y dimensiones mínimas de la parcela: Para nuevas parcelaciones la superficie mínima será de 2
300 m y la longitud de fachada igual o superior a 10 m. En el caso de solares existentes y resultantes de derribos, se admitirá como parcela mínima la superficie existente en el momento de la aprobación definitiva del PGOU.
5.- Cuerpos volados: Su vuelo se limita al tope máximo de 1/10 del ancho de vial sin que pueda rebasar en ningún caso de 1 m. En proyección horizontal no podrá ocupar más de 1/3 de la longitud de fachada.
6.- Elementos técnicos de las instalaciones: Las chimeneas, puentes grúa y todo otro tipo de elementos en los que por las exigencias del proceso industrial resulte obligado a rebasar los límites de edificación señalados, quedarán sujetos en su instalación a autorización especial.
Elementos de urbanización Para autorizar las edificaciones de uso industrial será preciso que el suelo tenga los elementos y servicios internos de la urbanización y que cuente con adecuados accesos, con calzada pavimentada y alumbrado público desde las vías generales.
Podrá autorizarse la edificación industrial condicionada a la simultánea ejecución de la urbanización y, en su caso, en los términos comprendidos en el contenido de la licencia de edificación. Esta licencia no autorizará a la iniciación de las obras hasta tanto se haya constituido garantía suficiente de la ejecución de la obra de urbanización. La garantía podrá constituirse en metálico o fondos públicos o mediante aval bancario o hipoteca mobiliaria o inmobiliaria, incluso sobre la misma finca objeto de la edificación.