Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 7/3/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 45

7 de marzo de 2022

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ner la subvención, así como reintegrar la subvención concedida cuando se incumplan los requisitos para su concesión establecidos en la presente ordenanza.
4.- El incumplimiento de los requisitos establecidos en la presente conlleva el reintegro de la subvención. El régimen jurídico de reintegro de las subvenciones será el establecido en el título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y correspondientes de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
ARTÍCULO 6. Responsabilidades Cualquier falsedad que se detecte dará lugar al no reconocimiento de la ayuda o, caso de haberla percibido ya, a la devolución de la misma con los intereses legales correspondientes, independientemente de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que se pudiesen exigir.
El reintegro de la ayuda, cuando proceda, se exigirá por la vía administrativa de apremio.
ARTÍCULO 7. Compatibilidades Las ayudas serán compatibles con las ayudas que puedan obtenerse de los Organismos oficiales del Estado, de la Comunidad Autónoma, de la Provincia o de la Comarca.
ARTÍCULO 8. Régimen Jurídico La Normativa que regula la concesión de ayudas a la natalidad es la propia Ordenanza. Para lo no previsto en la misma, se tendrá presente la Normativa administrativa reguladora de régimen local, en su defecto, de carácter general.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Se tendrá derecho a percibir la correspondiente ayuda por aquellos nacimientos o adopciones que tengan lugar a partir del 1 de enero de 2021.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Mezquita de Jarque y entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
SEGUNDO. Dar audiencia previa a las Asociaciones vecinales y de defensa de los consumidores y usuarios establecidos en su ámbito territorial, si los hubiera, que estén inscritos en el Registro de Asociaciones Vecinales y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición y recabar directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.
TERCERO. Someter a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días, para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Simultáneamente, publicar el texto de la Ordenanza municipal en el portal web del Ayuntamiento http mezquitadejarque.sedelectronica.es con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
CUARTO. Facultar a Alcalde para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto..
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Mezquita de Jarque, a01/03/2022.- El Alcalde, Herminio Sancho Iñiguez.

Núm. 2022-0708
RODENAS
En la Secretaria-Intervención de esta Entidad Local y, a los efectos de cuanto dispone el artículo 17.2 del TRLRHL, se halla expuesto al público el acuerdo provisional de MODIFICACIÓN de las siguientes ORDENANZAS, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Rodenas en la sesión extraordinaria celebrada con fecha 24 de febrero de 2021:
- ORDENANZA REGULADORA DEL APROVECHAMIENTO MICOLOGICO EN RODENAS
- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL APROVECHAMIENTO MICOLOGICO EN RODENAS.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 7/3/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date07/03/2022

Page count28

Edition count5748

First edition02/01/2001

Last issue24/06/2024

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