Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 4/3/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 44

4 de marzo de 2022

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En Teruel, siendo las 11:30 horas, del día 4 de febrero de 2.022, se reúnen en la sede de la CONFEDERACION DE EMPRESARIOS DE TERUEL, CEOE TERUEL, sita en la plaza de la Catedral, nº 9, Teruel, los abajo firmantes componentes de la mesa negociadora del Convenio Colectivo del sector de la industria siderometalúrgica para la provincia de Teruel, reconociéndose mutuamente la representatividad y capacidad de negociación del convenio.
Parte Empresarial:
D. Sergio Calvo Bertolín Confederación Empresarial Turolense, CEOE TERUEL.
D. Francisco Ibáñez Ruiz Asesor Confederación Empresarial Turolense, CEOE TERUEL.
Parte Social:
POR COMISIONES OBRERAS INDUSTRIA C.C.O.O.
D. Jesús Puche González en calidad de Responsable Comarcal del Metal de la Federación Industria CC.OO.
Teruel.
POR UNION GENERAL DE TRABAJADORES FICA U.G.T.
D. Cristobal Lacruz Monferrer, en calidad de secretario Ejecutivo Provincial en Teruel de U.G.T. FICA.
Todas las partes se reconocen capacidad legal para este acto y ACUERDAN:
Primero:
Las partes proceden a la aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del vigente convenio colectivo Cláusula de Revisión Salarial que dice Si el incremento pactado fuera inferior al IPC real, el exceso será tenido en cuenta a los efectos de su inclusión en la base de cálculo para la elaboración de las tablas salariales del año siguiente, tomando como referencia las tablas utilizadas para realizar los aumentos pactados en el año anterior Teniendo en cuenta que el IPC real ha sido el 6,50% y el incremento pactado fue del 1,25% se han confeccionado las tablas salariales definitivas para el año 2.021 que se adjuntan como anexo número 1 a esta acta.
Una vez confeccionadas las tablas salariales definitivas para el año 2.021 se procede a la aplicación de lo dispuesto en el artículo 22 del citado convenio colectivo en cuanto al incremento para el año 2.022 que establece que Para el año 2.022 los salarios experimentarán un incremento del 2,00 %, confeccionando las tablas salariales provisionales para el año 2.022 que se adjuntan como anexo número 2 de esta acta.
Segundo:
El artículo 23 del vigente convenio colectivo establece que No obstante, lo anterior si el IPC real supera el 30% del incremento pactado para el año 2.021 y 2.022, se realizará una paga única por el total de la desviación, que se abonará dentro de los tres primeros meses siguientes a la publicación de las tablas definitivas.
Todas las partes acuerdan modificar este párrafo del artículo 23 cambiando la redacción actual No obstante, lo anterior si el IPC real supera el 30% del incremento pactado para el año 2.021 y 2.022, se realizará una paga única por el total de la desviación que se abonará dentro de los tres primeros meses siguientes a la publicación de las tablas definitivas por la redacción siguiente: actual No obstante, lo anterior si el IPC
real supera el 30% del incremento pactado para el año 2.021 y 2.022, se realizará una paga única por el total de la desviación que se abonará, en el caso de la correspondiente al año 2.021 en un máximo de dos pagos, teniendo como fecha límite para el abono de la totalidad de la paga única el 31 de mayo de 2.022. En el caso de que se tenga que abonar la paga única por desviación del IPC del año 2.022, está se abonará dentro de los tres primeros meses siguientes a la publicación de las tablas definitivas.
Tercero:
Designar a Sergio Calvo Bertolin, representante de la parte empresarial, para que proceda a efectuar ante la Autoridad Laboral competente los tramites de registro del texto del acuerdo y las tablas salariales a través del REGCON y posterior publicación en el BOP de Teruel.
Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, en el lugar y fecha al inicio indicados.
POR LA REPRESETACIÓN
POR LA REPRESENTACIÓN
EMPRESARIAL, DE LOS TRABAJADORES, TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS AÑO 2.021 5,25% CONVENIO COLECTIVO LABORAL
PARA LA INDUSTRIA, LA TECNOLOGIA Y LOS SERVICIOS DEL METAL PARA LA PROVINCIA DE TERUEL
Grupo 1: Personal Obrero PERSONAL NO CUALIFICADO
Peón Ordinario Especialista Mozo de Almacén PERSONAL DE OFICIO
Oficial 1 y Of. Siderom. 1

Euros/día 38,92 euros 39,83 euros 39,83 euros 42,71 euros

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 4/3/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date04/03/2022

Page count21

Edition count5744

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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