Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 29/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 207

29 de octubre de 2021

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a La programación de escena, distribuida a lo largo del año, de espectáculos de artes escénicas y música en los espacios escénicos asociados a la RAEE.
b Un proyecto cultural complementario a la programación de escena que podrá destinarse a la formación o acercamiento de nuevos públicos a la escena; a la difusión de la danza o de nuevas tendencias artísticas; y a programas de creación artística de artes escénicas y música.
QUINTA.- Cuantía de las subvenciones La cuantía de las subvenciones, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, en el caso de la Diputación Provincial de Teruel, será como sigue:
a El presupuesto de la programación de escena que se ajuste a lo previsto en el apartado 5 de este anexo podrá ser financiado hasta un máximo del 35% por cada una de las instituciones. El presupuesto máximo subvencionable de la programación de escena está establecido en 60.000 €, por lo que cada ayuntamiento partícipe, sumando la aportación de ambas instituciones podrá obtener una financiación máxima para la programación de escena de 42.000 €.
b El presupuesto del proyecto cultural complementario que se ajuste a lo previsto en el apartado 7 de este anexo podrá ser financiado hasta un máximo del 35% por cada una de las instituciones. El presupuesto máximo subvencionable del proyecto cultural está establecido en 10.000 €, por lo que cada Ayuntamiento partícipe, sumando la aportación de ambas instituciones, podrá obtener una financiación máxima para el proyecto cultural complementario de 7.000 €.
c Cada Ayuntamiento partícipe podrá obtener una financiación máxima de 49.000 €, aportada entre ambas instituciones para su proyecto anual del programa RAEE.
La subvención se concederá a todos los ayuntamientos solicitantes que cumplan los requisitos de la presente convocatoria. En el caso en el que el presupuesto de la presente convocatoria no fuera suficiente para atender la suma total de las cuantías máximas a conceder a cada ayuntamiento conforme a lo establecido en los apartados anteriores, se procederá a repartir dicho presupuesto comprometido, entre todos los ayuntamientos que hayan solicitado la subvención y cumplan los requisitos del programa, de forma proporcional a la inversión subvencionable para la que hayan solicitado la subvención.
SEXTA.- Criterios de Concesión de la subvención La concesión de estas subvenciones se regirá por los siguientes criterios:
a De acuerdo con la Cláusula Novena se asignarán las subvenciones teniendo en cuenta los apartados a y b estableciendo un máximo de ayuda correspondiente al 35% del presupuesto presentado.
b Se tendrá en cuenta para asignar la subvención tanto la programación estable municipal de escena como el proyecto cultural municipal específico presentado, los cuales deben responder a los requisitos de participación de la presente convocatoria.
c En el caso de la Programación estable municipal de escena, el presupuesto mínimo total presentado no será inferior a 20.000 € y en el caso de que se presente un proyecto cultural municipal específico, éste no podrá superar los 10.000 € de presupuesto.
d El porcentaje del 35% de subvención establecido en la cláusula novena, podrá verse reducido proporcionalmente hasta ajustarlo al importe de la convocatoria en caso de que las disponibilidades presupuestarias no permitan atender la totalidad de las peticiones formuladas por los ayuntamientos que hayan hecho su solicitud en plazo y forma.
SEPTIMA.- Solicitudes y plazo Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel.
El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Si la solicitud no reuniera los requisitos antes indicados, se requerirá por escrito al solicitante para que subsane los defectos observados en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, quedando apercibido de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido en su petición y se archivarán las actuaciones sin más trámite, conforme a lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes de subvención se realizarán mediante el Anexo I de esta Convocatoria, que deberá acompañarse de la siguiente documentación:
a Programación estable municipal de escena de actuaciones RAEE con el presupuesto total comprometido por el ayuntamiento, para el año 2021 Anexo II.
b Proyecto cultural municipal específico complementario a la actuaciones RAEE, con el presupuesto total comprometido por el ayuntamiento, para el 2021 Anexo III. Este proyecto no es obligatorio realizarlo en el programa RAEE
c Declaración responsable Anexo IV en que se haga constar:
- Que la entidad ostenta la disponibilidad del espacio escénico para el que solicita la inclusión en la RAEE.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 29/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date29/10/2021

Page count24

Edition count5740

First edition02/01/2001

Last issue09/05/2024

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