Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 15/9/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 176

15 de septiembre de 2021

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Núm. 2021-3197
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL
CONVOCATORIA DE CONCESION DE SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA DE AYUDA A AYUNTAMIENTOS PARA LA REALIZACION DE PROYECTOS CULTURALES DE ACTUACIONES ARTISTICAS EN LA
PROVINCIA DE TERUEL COVID-19
BDNSIdentif.:583115
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/583115
EXTRACTO del Decreto núm. 2021-2767, de fecha 9 de septiembre de 2021, de la Presidencia, por el que se aprueba la "Convocatoria de concesión de subvenciones para el programa de ayuda a Ayuntamientos para la realización de Proyectos Culturales de actuaciones artísticas en la provincia de Teruel Covid-19".
Primero.- Objeto.El objeto de esta Convocatoria es regular la concesión de subvenciones al programa extraordinario y excepcional de ayuda a Ayuntamientos de la provincia de Teruel para la realización de proyectos culturales de actuaciones artísticas de música, teatro y danza, colaborando en los gastos excepcionales y extraordinarios habidos por dichas entidades por esta pandemia.
Objetivos:
1. Fomentar la realización de proyectos culturales de programación de actuaciones de carácter artístico de música, teatro, y danza.
2. Promover la dinamización de la cultura municipal tras la paralización generada por la pandemia Covid-19
3. Difundir las creaciones artísticas realizadas por grupos, asociaciones y empresas culturales facilitándoles el mantenimiento de su actividad y de puestos de trabajo.
El período de ejecución de esta convocatoria comprenderá desde el 1 de enero al 31 de octubre de 2021.
Segundo.- Requisitos de los beneficiarios.Podrán concurrir a la presente convocatoria los Ayuntamientos de la provincia de Teruel que realicen proyectos culturales de actuaciones artísticas de música, teatro y danza.
El coste total del proyecto cultural no podrá ser inferior a 3.000 euros.
Además deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social Tesorería General de la Seguridad Social y con la Cámara de Cuentas de Aragón; y asimismo no tener deuda pendiente de pago con la Diputación Provincial de Teruel.
- Que no concurra ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de la subvención.
Tercero.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel. En la petición constará la siguiente documentación:
A Instancia del Alcalde dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, ajustada al modelo publicado en esta convocatoria.
B Memoria detallada, con indicación de las actividades que se van a realizar, describiéndose los objetivos y el cumplimiento de la finalidad que se pretende con la subvención, conforme al presupuesto previsto.
C Presupuesto total del programa cultural, diferenciando el importe de la subvención solicitada a la Diputación Provincial de Teruel, el importe obtenido a través de otras subvenciones o ingresos y el de financiación de la propia entidad solicitante, en su caso.
D Certificación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de las obligaciones con la Hacienda Provincial derivadas de cualquier ingreso de derecho público. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.
E Certificación acreditativa que la entidad y su representación legal no están incursos en causa de incapacidad para ser beneficiarios de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el art. 13 de la ley 38/2003, General de Subvenciones.
F Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la Diputación Provincial de Teruel las que se obtengan en el futuro.
G En virtud de lo preceptuado en el Art. 9 de la ley 5/2015, de Subvenciones de Aragón, todos los beneficiarios vendrán obligados a:
a Comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 15/9/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date15/09/2021

Page count15

Edition count5744

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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