Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 135

19 de julio de 2021

3

Justificación de la necesidad o conveniencia de la modificación.
3.1.- Justificación/conveniencia de la modificación.
3.2.- Procedimiento de la modificación.
Modificación, documentación escrita. Normas Urbanísticas. Anexo Normativo I.
Parcela catastral.
Anexo I. Inscripciones registrales.
Modificación Planos.
7.1.- Modificación Plano 1. Estructura General y Orgánica del Territorio.
Cambio del uso dotacional religioso a asistencial.
7.2.- Modificación Plano 2.9. Alineaciones.
Cambio de alineación de parcela en calle Cantonetes.
7.3.- Modificación Plano 3.9. Usos del suelo y de la edificación.
Cambio del uso dotacional religioso a asistencial.
7.4.- Modificación Plano 4.9.- Clasificación del suelo y gestión.
Cambio de alineación de parcela Clave EP Equipamiento Privado.
La nueva documentación técnica incorpora los siguientes documentos, según el índice aportado:
Antecedentes.
Observación Subsanación.
Anexo I:
Informe de 29 de septiembre del Consejo Provincial de Teruel.
Anexo II:
Plano PB-18.01.21 con línea Q500 enviado a Confederación Hidrográfica del Ebro.
Anexo III:
Plano 1: Estructura General y Orgánica del Territorio.
Cambio del uso dotacional religioso a asistencial.
Plano 3.9: Usos del suelo y de la edificación.
Cambio del uso dotacional religioso al asistencial.
Plano. Agrupación. Cesiones.
TERCERO.- Por la Ponencia Técnica del Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel se ha procedido al estudio de la documentación presentada adoptándose la pertinente propuesta.
Visto lo dispuesto en el art. 85 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de Julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, en el que se regula el procedimiento aplicable a las Modificaciones Aisladas de los Planes Generales de Ordenación Urbana, así como la intervención del órgano autonómico que ostenta competencias para la Aprobación Definitiva de las mismas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos; el Decreto 34/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda; el Decreto 129/2014, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Provinciales de Urbanismo y demás normativa aplicable en la materia, se aprecian los siguientes, FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La Modificación aislada que fue objeto del acuerdo del Consejo de 29 de septiembre de 2020, anteriormente detallado tenía por objeto:
1.- Cambiar el uso dotacional religioso que tiene asignado la parcela correspondiente al Convento de San Gregorio Magno y al Convento de San Pedro Mártir, con sus huertos correspondientes, en el vigente plan general de ordenación Urbana de Alcañiz, y asignarle el uso dotacional asistencial con sus usos coadyuvantes.
2.- Modificar las alineaciones establecidas en el Plan General en la calle Cantonetes, que limita por el sur la parcela objeto de cambio de uso, con el fin de adaptarlas a la realidad edificatoria.
3.- Modificación del artículo 135 del Anexo normativo I.- Condiciones de los equipamientos existentes de titularidad privada. Se propone regular los usos compatibles terciarios vinculados a estos equipamientos con los previstos para los equipamientos públicos en el Plan General.
SEGUNDO.-El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel resulta el órgano competente para la aprobación definitiva de esta Modificación de Plan General, de acuerdo con las especialidades que se establecen en el art.
85.2 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, en el que establece que las modificaciones aisladas se tramitarán por el procedimiento aplicable para la aprobación de los correspondientes planes, salvo en el caso de los planes generales, cuyas modificaciones siguen el procedimiento regulado en el art. 57 del citado Texto Refundido, con las particularidades que se citan, concretando que el Consejo Provincial de Urbanismo, previos los trámites que procedan, adoptará el Acuerdo de Aprobación definitiva en el plazo de tres meses.
TERCERO.- VALORACIÓN DE LA NUEVA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/7/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date19/07/2021

Page count60

Edition count5737

First edition02/01/2001

Last issue06/05/2024

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