Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 17/6/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 114

17 de junio de 2021

2

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Núm. 2021-2201
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL
CONVOCATORIA DE CONCESION DE SUBVENCIONES PARA COMPETICIONES FEDERADAS DE TEMPORADA DE CLUBES Y ASOCIACIONES DEPORTIVAS DE LA PROVINCIA DE TERUEL 2021
BDNS Identif.: 569683
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/569683
EXTRACTO del Decreto núm. 2021-1866, de fecha 14 de junio de 2021, de la Presidencia, por el que se aprueba la "Convocatoria de concesión de subvenciones para Competiciones Federadas de temporada de Clubes y Asociaciones deportivas de la provincia de Teruel 2021".
Primero.- Objeto.- La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la actividad deportiva de los clubes y asociaciones deportivas de la provincia de Teruel que participen en competiciones regulares de temporada, reconocidas por la federación correspondiente, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021.
Segundo.- Requisitos de los beneficiarios.- Podrán acogerse a la presente convocatoria los clubes y asociaciones deportivas con sede social en la provincia de Teruel que estén inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón, que desarrollen actividades deportivas de cualquier índole y que estén inscritas en la federación respectiva correspondiente. No podrán acogerse a la presente convocatoria los clubes y asociaciones deportivas que suscriban convenio de colaboración específico con la Diputación Provincial de Teruel.
Tercero.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo. Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel.
En la petición constará la siguiente documentación:
A Instancia del Presidente de la Entidad, dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, ajustada al modelo publicado en esta convocatoria. Si el beneficiario es una entidad jurídica de derecho privado, que no podrá tener ánimo de lucro, deberá adjuntar: Estatutos, escritura fundacional, CIF, documento que acredite la inscripción en el Registro correspondiente, IBAN, y poderes de representación o documento similar de la persona que lo solicita por cuenta de la entidad. Si ya obrasen en poder de la Diputación Provincial de Teruel podrán indicarlo en la solicitud, quedando exentos de su presentación.
B Memoria detallada, suscrita por quien ostente la representación legal, con indicación de las actividades que se van a realizar, describiéndose los objetivos y el cumplimiento de la finalidad que se pretende con la subvención, conforme al presupuesto previsto. En el caso de las Asociaciones o Entidades deberá estar aprobada por su Junta.
C Presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de la subvención solicitada a la Diputación Provincial de Teruel, el importe obtenido a través de otras subvenciones y el de financiación de la propia entidad solicitante, en su caso.
D Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de las obligaciones con la Hacienda Provincial derivadas de cualquier ingreso de derecho público. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.
E Declaración responsable de que la entidad y su representación legal no están incursos en causa de incapacidad para ser beneficiarios de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el art. 13 de la ley 38/2003, General de Subvenciones.
F Acreditación de los extremos objeto de puntuación en la convocatoria.
G Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la Diputación Provincial de Teruel las que se obtengan en el futuro.
H En virtud de lo preceptuado en el Art. 9 de la ley 5/2015, de Subvenciones de Aragón, todos los beneficiarios vendrán obligados a:
a Comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.
b Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por alguno de los sujetos comprendidos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de dicha ley, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 17/6/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date17/06/2021

Page count33

Edition count5744

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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