Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 3/9/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 169

3 de septiembre de 2020

3

2.- Solo se admitirá una solicitud por Ayuntamiento. En caso de que algún Ayuntamiento presentase más solicitudes, solo se tendrá en cuenta la recibida en primer lugar, quedando desestimadas de inmediato el resto de solicitudes.
3.- A la instancia deberá adjuntarse la siguiente documentación:
a Fotocopia compulsada del Código de Identificación Fiscal C.I.F. de la entidad, si ya obrase en poder de la Comarca de la Sierra de Albarracín con anterioridad podrá indicarlo en la solicitud, quedando exenta de su presentación.
b Memoria explicativa sobre la actividad a subvencionar que contenga los datos referidos a fines de la misma, fecha o fechas de ejecución, a quién va dirigida, así como el Presupuesto desglosado de la actividad, en ingresos y gastos previstos. El presupuesto del proyecto o actividad tendrá carácter estimativo tanto en su cuantía global como en la de sus distintas partidas. El exceso de costo sobre el presupuesto no dará derecho a un incremento de la subvención. Aportación de la Asociación o Ayuntamiento a la actividad y subvención que se solicita.
ANEXO II.
c Certificado ANEXO III que acredite el cumplimiento de los art. 9 c y b de L. 5/2015, 25 del R.D. 887/2006
y 13 de la Ley 38/2003.
d Escrito del responsable de la entidad solicitante indicando los datos bancarios para el ingreso de la cantidad a percibir, conformado por la entidad bancaria. ANEXO VI. Si ya obrase en poder de la Comarca de la Sierra de Albarracín con anterioridad y no ha sufrido modificaciones podrá indicarlo en la solicitud, quedando exenta de su presentación.
e Certificados:
- Certificado de la Delegación de Hacienda acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias - Certificado de la Tesorería Gral. de la Seg. Social de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la misma.
4.- La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente pueda obtener de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.
5.- La Comarca de la Sierra de Albarracín, a través del Área de Cultura, podrá solicitar de los interesados cualquier tipo de información o de documentación complementaria, así como condicionar la concesión de las subvenciones a la aceptación de las modificaciones que se establezcan sobre la actuación propuesta.
6.- Las bases y los impresos normalizados están disponibles también en la siguiente página de Internet:
http comarcadelasierradealbarracin.sedelectronica.es/info.0
7.- Cada entidad podrá presentar un máximo de 1 proyecto. Se ha de tener en cuenta a la hora de realizar la solicitud, que en el caso de la concesión de la subvención por la actividad solicitada, la justificación deberá hacerse por el total del presupuesto presentado objeto de subvención, no únicamente por la cantidad específica subvencionada o un porcentaje sobre éste.
QUINTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la oportuna convocatoria en el "Boletín Oficial de la provincia de Teruel".
SEXTA.- SUBSANACIÓN DE DEFECTOS DE LAS SOLICITUDES.
En el caso de no presentar alguno de los documentos y justificaciones que se señalan en el apartado tercero de estas bases, por el órgano instructor se comunicará al interesado concediéndole un plazo de diez días para que pueda aportar los documentos requeridos. Transcurrido dicho plazo se les podrá excluir de la convocatoria y se procederá al archivo de su petición, si bien se admitirá la presentación de documentos que se realice con anterioridad al acto en que se les tenga por decaídos en su derecho al trámite correspondiente o excluidos de la convocatoria.
La subvención concedida se entenderá aceptada transcurridos 10 días desde la notificación sin que se haya presentado renuncia.
SÉPTIMA.- IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES Y COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES.
1. El presupuesto del proyecto o de la actividad a subvencionar presentado por el solicitante o sus modificaciones posteriores, se tomarán de referencia para la determinación final del importe de la subvención, calculándose éste como un porcentaje del coste final del proyecto o actividad. En este caso, el eventual exceso de financiación por parte de la Comarca de la Sierra de Albarracín se calculará tomando como referencia la proporción que alcance dicha aportación respecto del coste total.
NOTA: El solicitante esta obligado a justificar la totalidad de gasto del proyecto establecido en la solicitud, en el caso de que no se justifique la totalidad del mismo se reducirá el importe de la subvención en proporción a la parte de gasto justificado.
2. El procedimiento específico para determinar el importe a asignar a cada beneficiario será el previsto en las cláusulas novena y décima de las presentes bases.
3.La cuantía individualizada de la subvención no podrá superar en porcentaje relativo del gasto subvencionable el 80 por 100 . Si existe crédito presupuestario suficiente se otorgará el 80% del coste de la actividad a des-

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 3/9/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date03/09/2020

Page count34

Edition count5739

First edition02/01/2001

Last issue08/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2020>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930