Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 2/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 168

2 de septiembre de 2020

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Gastos derivados de trabajos de señalización y marcajes de los itinerarios de las carreras o eventos deportivos.
Alquiler de instalaciones, cuando proceda.
Alquiler de material necesario para la realización del evento, siempre y cuando resulten imprescindibles para el desarrollo de la actividad.
Tasas por el uso de la vía pública para la celebración de pruebas deportivas.
Gastos de avituallamiento liquido agua, bebidas isotónicas, refrescos y sólido frutas y barritas energéticas.
Otros gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad y sean necesarios para el fomento del deporte y la actividad física en esta Comarca.
3.3. No serán objeto de la presente subvención:
Gastos de adquisición, construcción, rehabilitación, reforma, mejora de instalaciones, infraestructuras u otro tipo de bienes inventariables y demás gastos de inversión.
Gastos en trofeos, medallas o lotes de regalos para los participantes.
Gastos de funcionamiento y mantenimiento, tales como adecuación o inversión en locales, teléfono, electricidad, gastos de oficina, calefacción, limpieza y análogos.
Gastos suntuarios, gastos en servicios de hostelería y restauración, alojamientos y otros de carácter protocolario.
Gastos derivados de la organización de fiestas, pago de orquestas, comidas, banquetes, vinos de honor, obsequios, así como viajes lúdicos.
Intereses deudores de cuentas bancarias, intereses de demora, recargos y sanciones e impuestos indirectos cuando sean susceptibles de compensación o recuperación ni los impuestos personales sobre la renta.
Multas y sanciones.
Aquellas actividades que según criterios fundamentados no se adecuen a la finalidad de la convocatoria.
Aquellos gastos que no estén vinculados directamente con la actividad deportiva.
Aquellas actividades que viene siendo programadas por el Servicio Comarcal de Deportes y son prestadas por la Comarca.
Aquellas actividades que estén subvencionadas por otras áreas de la Comarca de la Sierra de Albarracín mediante convenios nominativos.
Aquellas actividades de carácter docente previstas en los planes de enseñanza reglada, así como las actuaciones de asociaciones que desarrollen sus funciones en ámbitos educativos.
CUARTA.- SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.
1.- Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación a que se hace mención en el apartado siguiente, se presentaran mediante instancia normalizada ANEXO I, serán dirigidas al Señor Presidente de la Comarca de la Sierra de Albarracín, y deberán presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Comarca de la Sierra de Albarracín, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponible en la siguiente dirección:
http comarcadelasierradealbarracin.sedelectronica.es/info.0. El representante legal o la persona autorizada de la entidad es el único legitimado para subscribir la solicitud telemática. Cada Ayuntamiento o Entidad sin ánimo de lucro podrá presentar, como máximo, dos solicitudes.
NOTA: Sólo se admitirán un máximo de 2 solicitudes por municipio sumadas en conjunto de Asociaciones y Ayuntamientos, en el caso de que existan más de dos solicitudes en un mismo municipio se rechazarán los eventos deportivos que obtengan menor puntuación según criterios de valoración, en caso de empate se primará a la antigedad de las ediciones de los eventos, si sigue persistiendo en empate atenderá al orden de entrada de la solicitud.
2.- A la instancia ANEXO I deberá adjuntarse la siguiente documentación:
ASOCIACIONES
a Fotocopia del Código de Identificación Fiscal C.I.F. de la entidad. Si ya obrase en poder de la Comarca de la Sierra de Albarracín con anterioridad podrá indicarlo en la solicitud, quedando exenta de su presentación.

b Fotocopia de la resolución de inscripción de la entidad en el Registro General de Asociaciones de la D.G.A. Si ya obrase en poder de la Comarca de la Sierra de Albarracín con anterioridad podrá indicarlo en la solicitud, quedando exenta de su presentación.
c Memoria explicativa sobre la actividad a subvencionar que contenga los datos referidos a fines de la misma, fecha o fechas de ejecución, a quién va dirigida, así como el Presupuesto desglosado de la actividad, en ingresos y gastos previstos. El presupuesto del proyecto o actividad tendrá carácter estimativo tanto en su cuantía global como en la de sus distintas partidas. El exceso de costo sobre el presupuesto no dará derecho a un incremento de la subvención. Aportación de la Asociación o Ayuntamiento a la actividad y subvención que se solicita. ANEXO II.
d Certificado ANEXO III ASOCIACIONES que acredite el cumplimiento de los art. 9 c y b de L. 5/2015, 25 del R.D. 887/2006 y 13 de la Ley 38/2003.
e Escrito del responsable de la entidad solicitante indicando los datos bancarios para el ingreso de la cantidad a percibir, conformado por la entidad bancaria. ANEXO VI.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 2/9/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date02/09/2020

Page count26

Edition count5740

First edition02/01/2001

Last issue09/05/2024

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