Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 8/7/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 129

8 de julio de 2020

2

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Núm. 2020-1976
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA EDICION DE PUBLICACIONES PERIODICAS DE CARACTER CULTURAL 2020
BDNSIdentif.:514455
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/514455
EXTRACTO del Decreto núm. 2020-1519, de fecha 6 de julio de 2020, de la Presidencia, por el que se aprueba la "Convocatoria de subvenciones para la Edición de publicaciones periódicas de carácter cultural 2020".
Primero.- Objeto.Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones para la edición de publicaciones periódicas de carácter cultural, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2019 y el 31 de agosto de 2020.
Segundo.- Requisitos de los beneficiarios.
Podrán acogerse a la presente convocatoria todos los Ayuntamientos de la provincia de Teruel y sus entidades culturales dependientes que editen publicaciones de difusión cultural, con una periodicidad mínima trimestral, con un número de páginas mínimo de 21, una tirada mínima superior a 500 ejemplares por número editado y una antigedad superior a 2 años a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Tercero.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel.
En la petición constará la siguiente documentación:
A Instancia del Alcalde, dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, ajustada al modelo publicado en esta convocatoria. En la solicitud deberá especificarse la cantidad que se solicita y el presupuesto total para cada una de las actividades.
B Memoria detallada, suscrita por quien ostente la representación legal, con indicación de las actividades que se van a realizar, describiéndose los objetivos y el cumplimiento de la finalidad que se pretende con la subvención, conforme al presupuesto previsto.
C Presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de la subvención solicitada a la Diputación Provincial de Teruel, el importe obtenido a través de otras subvenciones y el de financiación de la propia entidad solicitante, en su caso.
D Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de las obligaciones con la Hacienda Provincial derivadas de cualquier ingreso de derecho público. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.
E Declaración responsable de que la entidad y su representación legal no están incursos en causa de incapacidad para ser beneficiarios de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el art. 13 de la ley 38/2003, General de Subvenciones.
F Acreditación de los extremos objeto de puntuación en la convocatoria.
G Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la Diputación Provincial de Teruel las que se obtengan en el futuro.
H En virtud de lo preceptuado en el Art. 9 de la ley 5/2015, de Subvenciones de Aragón, todos los beneficiarios vendrán obligados a:
Comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.
Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por alguno de los sujetos comprendidos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de dicha ley, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.
Cuando el beneficiario de una subvención sea una entidad local, esta debe acreditar estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, debe haber adoptado medidas de racionalización del gasto y debe haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
El período de ejecución de las actividades incluidas en la presente convocatoria abarcará desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de agosto de 2020.

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 8/7/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date08/07/2020

Page count29

Edition count5736

First edition02/01/2001

Last issue03/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Julio 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031