Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 23/6/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 118

23 de junio de 2020

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PRIMERO. Delegar en Doña Aurora Mansilla Martínez, Teniente de Alcalde del ayuntamiento de Arcos de las Salinas y con DNI número 44Y, el ejercicio de la atribución de la Alcaldía relativa a la resolución del procedimiento del expediente 56/2020, cuyo contenido es:
Ante la solicitud de un informe sobre la conexión de aguas residuales procedentes de Salón de Eventos a la red de alcantarillado donde el propio alcalde es propietario y está directamente implicado en el procedimiento que se lleva por la Confederación Hidrográfica del Júcar, y en atención al cumplimiento del artículo 76 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 47, 67 y 96 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el delegado debe resolver sobre la solicitud de un informe sobre la conexión de aguas residuales procedentes de Salón de Eventos a la red de alcantarillado en el procedimiento que se lleva por la Confederación Hidrográfica del Júcar.
SEGUNDO. Imponer al delegado la obligación de informar al Alcalde, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
TERCERO. Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.
CUARTO. Comunicar la presente resolución al delegado.
QUINTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
SEXTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del contenido de la delegación.
SÉPTIMO. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para la delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Arcos de las Salinas, El Alcalde, José Luis Alvir Martínez.- El Secretario, Raúl Marín Rubio.

Núm. 2020-1667
BURBÁGUENA
EXTRACTO de los acuerdos adoptados por el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión plenaria ordinaria del día 04 de junio de 2020:
-Aprobación del acuerdo de adopción del Régimen Simplificado de Control Interno de la Gestión Económica Municipal de Burbáguena:
PRIMERO. - Aplicar el régimen de control interno simplificado, en su modalidad de fiscalización e intervención limitada previa, respecto a la gestión económica del Ayuntamiento; no siendo por tanto obligatoria por tanto la función de control financiero, sin perjuicio de aquellas actuaciones que deriven de una obligación legal.
SEGUNDO. - Limitar la intervención previa de los gastos a la comprobación de los extremos que se relacionan a continuación, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 219 TRLRHL, y de los apartados 3 y 4
del artículo 13 RCI:
a La existencia de crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto u obligación que se proponga contraer.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 23/6/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date23/06/2020

Page count15

Edition count5736

First edition02/01/2001

Last issue03/05/2024

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