Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 93

19 de mayo de 2020

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Núm. 2020-1248
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL
Por razones de urgencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.1.i del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, el día 14 de mayo de 2020 dictó Decreto nº 2020/1114 en virtud del cual se aprobaron las Bases del Programa de ayudas para el Fomento de la Actividad Económica orientada al mantenimiento de servicios en los pueblos de la Provincia de Teruel para el año 2020, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora de subvenciones, se publican las siguientes bases y anexos:
BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE AYUDA A AUTÓNOMOS PARA EL
FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA, ORIENTADA AL MANTENIMIENTO DE SERVICIOS EN LOS
PUEBLOS DE LA PROVINCIAL DE TERUEL.
Exposición de Motivos La Provincia de Teruel se enfrenta a un desafío sin precedentes, ocasionado por la pandemia del coronavirus, que requieren implementar medidas para facilitar la continuidad de la actividad económica y el mantenimiento de la prestación de los servicios básicos en los municipios la provincia de Teruel.
El Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Teruel ya recoge una línea de subvenciones a Autónomos, que tiene como objeto favorecer la generación de empleo y la continuidad de la actividad económica en los municipios de la Provincia de Teruel. Así como la continuidad en la prestación de servicios básicos para fijar población en el territorio rural.
A la vista del actual contexto en el que nos encontramos en plena crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que ha puesto en jaque al global de la población mundial. La Diputación Provincial de Teruel fiel a su objetivo estratégico y con la finalidad de ayudar a impulsar la economía y permitir a los autónomos restablecer su actividad económica y continuar con la prestación de los servicios en los municipios de la provincia, ha elaborado estas bases para paliar los efectos de la crisis económica y social, sin precedentes, en la que nos encontramos.
Por ello y teniendo en cuenta la excepcionalidad de la situación, se han introducido las siguientes novedades en estas bases reguladoras, como es el anticipo del cincuenta por cien de la subvención para que los autónomos dispongan de mayor liquidez para afrontar sus pagos. También se ha visto incrementado el porcentaje de la subvención hasta un setenta por cien, pudiendo alcanzar una cantidad máxima de subvención de hasta mil seiscientos euros de la cuota de autónomos. Por otro lado, se podrán beneficiar de esta línea de subvención los autónomos que presten servicios en municipios de hasta 500 habitantes que cumplan los requisitos recogidos en estas bases, permitiendo que se puedan beneficiar de estas ayudas el mayor número posible de personas, sin desvirtuar el objetivo estratégico y los específicos de esta línea de ayudas. Y para finalizar se han incluido dentro de los epígrafes subvencionables, además de los previstos en las convocatorias anteriores, los podólogos 838 y fisioterapeutas 836.

Estas subvenciones se gestionarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, creyendo conveniente conceder una ayuda significativa, de intensidad adecuada según criterios de valoración previstos, para garantizar un nivel de ayuda adecuado a quienes adquieran la condición de beneficiarios.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en adelante, LPAC, en el que se establecen los principios de buena regulación, se señala lo siguiente:
Respecto de los principios de necesidad y eficacia: La regulación que se contiene en estas bases responde a la vocación general de fomento de la economía provincial, que es una actividad administrativa de interés general.
El fin perseguido es la consolidación del tejido empresarial y la creación de empleo que permita fija población, en uno de los territorios más deprimidos de la "España Vaciada". Para garantizar su consecución el instrumento más adecuado es la elaboración de unas bases reguladoras de la convocatoria con el contenido fijado en el artículo 17 de la LGS.
Respecto al principio de proporcionalidad: se realiza la regulación imprescindible para atender la actividad de fomento que le es propia, para que puedan alcanzar la satisfacción de los objetivos perseguidos.
Respecto del principio de seguridad jurídica: las bases se promueven de modo coherente con el resto del ordenamiento jurídico, al acomodarse a lo dispuesto en la LGS, y conforman un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilita la actuación y toma de decisión de los potenciales beneficiarios solicitantes de la misma.
Respecto del principio de transparencia: en la tramitación de las bases reguladoras, se ha dado cumplimiento a los dispuesto en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date19/05/2020

Page count18

Edition count5736

First edition02/01/2001

Last issue03/05/2024

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