Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 83

5 de mayo de 2020

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Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención, individualizada, en su caso, para cada beneficiario si fuesen varios.
Condiciones y compromisos de las partes.
Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
-Las que vengan impuestas por normas de rango legal, debiéndose tener en cuenta el procedimiento de adjudicación que establezca la norma de creación de las mismas.
-Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
CAPITULO II. PLAZOS, COSTES PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
ARTÍCULO 8. PLAZOS
Se fijarán en las correspondientes Bases reguladoras o en los correspondientes convenios, y con carácter general, el plazo de desarrollo de las actuaciones será siempre anual, sin perjuicio de aquellas actividades que se consoliden en el tiempo, o que la actuación necesite un plazo mayor al ejercicio anual, en cuyo caso, deberán seguir cumplimentando anualmente los requisitos que establece la normativa.
Si bien se considera que los objetivos expuestos no tienen fecha final de consecución, sino que son actuaciones que continuamente se irán renovando para estimular las diversas entidades o personas físicas o jurídicas a que lleven a cabo actividades o inversiones encuadradas en los efectos perseguidos.
ARTÍCULO 9. COSTES PREVISIBLES
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos comarcales de cada año y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión o los correspondientes convenios. Además su concesión quedará supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
Los importes correspondientes a cada línea de subvención se limitarán a la cantidad fija que asigne, anualmente, la Comarca en cada uno de los presupuestos.
Lo que viene a dar idea de la complejidad de plantear el Plan Estratégico para un plazo de 4 años, por lo que el Plan se deberá adaptar en primer lugar a lo presupuestado en 2020, y previsiones que se puedan realizar para los tres ejercicios siguientes, dado como ya se ha dicho, el escenario de incertidumbre económica por la que se atraviesa.
Por lo que los costes económicos previstos se contemplarán en los respectivos presupuestos comarcales.
ARTÍCULO 10. FINANCIACIÓN
Las fuentes de financiación serán las procedentes de los fondos propios de la Comarca de la Sierra de Albarracín, sin perjuicio de que las mismas puedan ampliarse con las subvenciones y aportaciones provenientes de otras administraciones, organismos o particulares, así como de entidades financieras.
CAPITULO III. LÍNEAS DE SUBVENCIONES
ARTÍCULO 11. LÍNEAS ESTRATÉGICAS:
Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que se integran las líneas de subvenciones del Comarca, son las siguientes Línea Estratégica 1: Acción Social.
Línea Estratégica 2: Promoción del Deporte y Juventud.
Línea Estratégica 3: Turismo.
Línea Estratégica 4: Dinamización Cultural.
Línea Estratégica 5: Vertebración del Territorio Línea Estratégica 6: Protección Civil CAPITULO IV. SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PLAN
ARTÍCULO 12. CONTROL
El control y seguimiento del presente Plan Estratégico de Subvenciones de la Comarca de la Sierra de Albarracín se realizará de forma anual en dos aspectos:
1- Control económico-financiero de las subvenciones concedidas, que esta encomendado a la Intervención de la Comarca de la Sierra de Albarracín que se realizara en las condiciones recogidas en la legislación vigente.
2- Control y seguimiento del Plan para lo cual por parte de cada uno de los servicios gestores de subvenciones se procederá a remitir al Presidente en el primer cuatrimestre del ejercicio siguiente memoria justificativa con las siguientes especificaciones:
Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las subvenciones concedidas justificadas, las renunciadas y las reintegradas o en procedimiento de reintegro.
El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de consecución.
Los costes efectivos en relación con las previsiones de cada una de las líneas de ayuda.
Impacto y efectos sobre la realidad en la que se ha pretendido incidir.
Repercusiones presupuestarias y financieras que se derivan de la aplicación del Plan.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date05/05/2020

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Edition count5745

First edition02/01/2001

Last issue06/06/2024

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