Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/12/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 245

27 de diciembre de 2019

3
4 5

Tasas y otros ingresos Transferencias corrientes Ingresos patrimoniales Total Operaciones Corrientes B OPERACIONES DE CAPITAL
7 Transferencias de capital Total Operaciones de Capital TOTAL INGRESOS

40

62.517,00
107.677,00
12.173,00
277.598,00
88.329,00
88.329,00
365.927,00

PLANTILLA DEL PERSONAL que comprende todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera, personal laboral y eventual y que, asimismo, integra el expediente del Presupuesto, siendo dicha plantilla la siguiente:
- 1 Funcionario Secretario Interventor: Grupo A2 nivel 16.
- 1 laboral alguacil operario servicio varios.
- 1 Laboral a tiempo parcial: auxiliar biblioteca.
- 1Laboral eventual a tiempo parcial: peones servicios varios contrato para obras y servicios determinados el número de trabajadores y el tiempo de contrato dependerá del Plan de Empleo de la Diputación Provincial de Teruel.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Báguena , a 19 de diciembre de 2019.- La Alcaldesa, Fdo: Euridice Villarroya Atienza.

Núm. 85.075
CAÑADA VELLIDA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Acuerdo:
IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS; MODIFICACIÓN ORDENANZA
FISCAL APROBACIÓN PROVISIONAL.- En el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: Efectuado el correspondiente estudio técnico-económico, examinado el texto de la ordenanza y el informe de Secretaría, y conforme al artículo 54 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, la Asamblea Vecinal, por unanimidad, que supone mayoría absoluta, acuerda: 1º.Aprobar la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en los términos en que figura en el expediente, a saber: a La cuota del Impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen que se fija en el 4%. y se aplicará desde el 1 de enero de 2020.b Se da una nueva redacción al resto del texto de la ordenanza fiscal.- 2º.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.- 3º.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, conforme al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.- 4º.- Delegar en el Sr. Alcalde, tan ampliamente como proceda en derecho, para la ejecución del presente acuerdo.-
Ordenanza fiscal:
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1 en concordancia con el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que se regirá por

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/12/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date27/12/2019

Page count43

Edition count5744

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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