Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/12/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 241

19 de diciembre de 2019

3

Posteriormente en fecha 19 de agosto, 6 de septiembre y 15 de octubre de 2019 se presentan nuevas documentaciones de la Modificación adoptándose nuevo acuerdo por El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, en Sesión celebrada el día 14 de noviembre de 2019, en el siguiente sentido:
PRIMERO.- APROBAR DEFINITIVAMENTE DE FORMA PARCIAL LA MODIFICACIÓN Nº 4 del PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE SANTA EULALIA DEL CAMPO, por cumplir las exigencias procedimentales, documentales y materiales establecidas en el vigente DecretoLegislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón de las siguientes submodificaciones:
-Submodificación nº2.- Para la reclasificación en polígono el industrial, de suelo urbanizable no delimitado a suelo urbano no consolidado, incluido en las unidades de ejecución nº 2 y nº 3.
-Submodificación nº7.- la calificación urbanística de los terrenos reclasificados como suelo urbano consolidado en la avenida Antonio Bordás con la ordenanza de extensión de casco.
Por otro lado, se consideran cumplidos los reparos establecidos en el Acuerdo del Consejo de 14 de noviembre de 2017.
SEGUNDO.- Quedar enterados del mantenimiento de la U.E nº 1 tras el desestimiento para su desclasificación por el Ayuntamiento.
TERCERO.- Proceder a la publicación de la Aprobación Definitiva de la modificación y de su contenido normativo de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de Julio del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón.
CUARTO.- Notificar el acuerdo al Ayuntamiento de SANTA EULALIA DEL CAMPO y al equipo redactor, con ofrecimiento de los recursos procedentes, y al redactor para su conocimiento y efectos.
Lo que se hace público en este Boletín Oficial de Aragón, sección de la Provincia de Teruel, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón se procede a la publicación del contenido normativo de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana.
NORMAS URBANISTICAS
Art. 30.- RÉGIMEN DE USO Y VOLUMEN.
1.- El régimen general aplicable al Suelo en cuanto a su aprovechamiento se regula a través de las condiciones de USO y VOLUMEN que se establecen para cada ipo de suelo y zona del mismo.
2.- En los Capítulo 3º del Título II así como en el Título III, se definen e interpreta la terminología propia de esos dos tipos de condiciones.
Art. 31.- REDES DE ABASTECIMIENTO, ALCANTARILLADO Y VERTIDOS.
Como norma general, en lo que respecta a la red de alcantarillado se estará a lo dispuesto en el Reglamento de los vertidos de aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado, aprobado por Decreto 38/2004 de 24 de febrero, publicado en el B.O.A. de 10 de marzo de 2004, destacando los siguientes aspectos:
Queda prohibida la conexión en el alcantarillado de entradas de aguas parásitas aguas limpias procedentes de acequias, escorrederos, barrancos, drenajes, etc. a la red de agua residual.
Se consideran vertidos los que se realicen directa o indirectamente en los cauces, cualquier que sea la naturaleza de estos, así como los que se lleven a cabo en el subsuelo o sobre el terreno, balsas o excavaciones, mediante evacuación, inyección o depósito.
Los límites de los vertidos serán los fijados en el Capítulo III del citado Reglamento. Si el efluente no reuniera tales características se deberá resolver en el interior de la parcela la depuración previa del mismo.
Los diámetros de las redes no tendrán en ningún tramo público un diámetro inferior a 300 mm.
En el suelo de uso industrial, cada parcela deberá contar en su acometida individual con una arqueta de control de vertidos, para su posible aforo y toma de muestras por el Ayuntamiento o administración inspectora competente, situada antes de la conexión al alcantarillado, en terreno de dominio público o permanentemente accesible desde él.
El suelo urbano de uso industrial se conectará a la red municipal de alcantarillado prohibiéndose cualquier tipo de fosa séptica o vertido directo a cauce público.
En cuanto a la red de abastecimiento se establece la obligatoriedad de que todos los usuarios que se encuentren conectados a la red municipal deberán disponer de un contador de agua que mida el consumo y de una arqueta para alojar una llave de corte.
Sección suficiente para facilitar la limpieza.
2. En los locales toda pieza habitable tendrá luz y ventilación directas por medio de huecos de superficie total no inferior a un octavo de la que tenga la planta del local, permitiendo dependencias unidas por medio de embocaduras de comunicación, siempre que el fondo total contado a partir del hueco no exceda de 10 metros.
3. Para cualquier tipo de edificación se deberá cumplir lo dispuesto en la Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de Protección contra contaminación acústica de Aragón y sucesivas que la modifiquen. En el Anexo III de dicha ley se establecen los índices de ruido máximos aplicables a cada área urbanizada en función de la zonificación y de los usos que en dichas edificaciones se desarrollen.

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/12/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date19/12/2019

Page count10

Edition count5737

First edition02/01/2001

Last issue06/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031