Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 6/8/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 148

6 de agosto de 2019

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SEGUNDO.- SUSPENDER PARCIALMENTE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN Nº 5
DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ANDORRA de las siguientes propuestas de modificación del Plan General:
La reclasificación del ámbito conformado por las unidades de ejecución en suelo urbano no consolidado nº 11, 12, 13, 14 y 15 como suelo urbanizable no delimitado de uso residencial, como consecuencia de la falta de acreditación de la totalidad de los propietarios de los bienes y derechos afectados de cada una de las Unidades de Ejecución, así como la conformidad de los mismos en el cambio de clasificación propuesto.
La reclasificación del ámbito conformado por las unidades de ejecución en suelo urbano no consolidado nº 23
y 24 como suelo urbanizable delimitado de uso residencial, debido a la insuficiente justificación de la ausencia de servicios urbanísticos que avale un error cometido en la clasificación de los mismos como urbanos, o bien la existencia de riesgos que hagan imposible su transformación. Además, deberá aportarse la conformidad de los propietarios de terrenos incluidos en este ámbito.
La modificación dotacional del destino de los terrenos existentes junto al Centro de Salud que tienen asignado el uso de equipamiento sanitario privado, debido a la falta de informe preceptivo del Departamento de Sanidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 87 del TRLUA.
La modificación del límite de la edificación y otros parámetros en las edificaciones con tipología A3 situadas en la calle Alloza, hasta que se emita el preceptivo informe favorable por la Subdirección de Vivienda y Rehabilitación del Servicio Provincial de Vertebración del Territorio.
En el apartado relativo a modificaciones de las normas urbanísticas:
La modificación del artículo 94, relativo al uso comercial y de servicios, por la falta de análisis de los efectos derivados de la inclusión de las instituciones financieras, academias de enseñanza y bancos en este grupo de usos.
La modificación del artículo 95, relativo al uso de oficinas, por la falta de análisis de los efectos derivados de la inclusión de las instituciones financieras, academias de enseñanza y bancos en el grupo de usos comerciales, y su eliminación de este grupo.
La modificación normativa de los parámetros asignados a la zona A3 en el artículo 133, residencial intensivo grado 3, para el ámbito situado en la Calle Alloza.
La modificación del artículo 141, relativo a la zona D3, industrial de grado 3, ya que no se justifica que se admita el uso de almacenaje con carácter general en todas las parcelas del polígono La Estación, tal como se desprende de la nueva redacción dada al artículo.
La renumeración de los artículos de las normas urbanísticas derivada de las reclasificaciones propuestas, al proponerse la suspensión de la aprobación definitiva de éstas reclasificaciones.
Las modificaciones realizadas en planos que reflejan los cambios derivados de las propuestas de reclasificación de terrenos que se proponen dejar en suspenso.
TERCERO.- Suspender la publicación de la Aprobación Definitiva de esta Modificación y de su contenido normativo conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón .
El 18 de octubre de 2017 tuvo entrada en el consejo Provincial de Urbanismo una nueva documentación de la modificación aislada, que fue objeto de un segundo informe y de un nuevo acuerdo adoptado por el citado Consejo de fecha 19 de diciembre de 2017 en el siguiente sentido:
PRIMERO.- APROBAR DEFINITIVAMENTE DE FORMA PARCIAL LA MODIFICACIÓN Nº 5 del PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ANDORRA puesto que se cumplen las exigencias procedimentales, documentales y materiales establecidas en el Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, condicionado al cumplimiento de los reparos reflejados en este acuerdo de las siguientes modificaciones:
-La reclasificación del ámbito conformado por las unidades de ejecución en suelo urbano no consolidado nº 11, 12, 13, 14 y 15 como suelo urbanizable no delimitado de uso residencial.
-En cuanto a modificaciones de las normas urbanísticas:
La modificación del artículo 141, relativo a la zona D3, industrial de grado 3.
La renumeración de los artículos de las normas urbanísticas derivada de las reclasificaciones y recalificaciones propuestas.
SEGUNDO.- SUSPENDER PARCIALMENTE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN Nº 5
DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ANDORRA de acuerdo con lo dispuesto en el art. 15.3
del Decreto 129/2014, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Provinciales de Urbanismo de las siguientes modificaciones:
La modificación dotacional del destino de los terrenos existentes junto al Centro de Salud que tienen asignado el uso de equipamiento sanitario privado, debido a la falta de informe preceptivo del Departamento de Sanidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 87, así como en los artículos 40 y 48 del TRLUA.
- Las modificaciones realizadas en los planos que reflejan los cambios derivados de la propuesta de recalificación del equipamiento sanitario privado a reserva de equipamiento privado

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 6/8/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date06/08/2019

Page count105

Edition count5737

First edition02/01/2001

Last issue06/05/2024

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