Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 13/6/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 111

13 de junio de 2019

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La forma de acreditar estos requisitos se realizará mediante la presentación de los documentos que establecen las bases reguladoras y/o Ordenanza General de Subvenciones de la Comarca Comunidad de Teruel.
Segundo. Objeto y finalidad.
La concesión de subvenciones estará orientada a la coordinación y complementariedad de las actuaciones y oferta de servicios que en los diversos sectores lleve a cabo la Comarca u otras entidades públicas o privadas, y a obtener la mayor racionalidad posible en el conjunto de esfuerzos en el campo de la Acción Social, durante 2019.
Podrán ser objeto de subvenciones los referidos a proyectos en los siguientes ámbitos de intervención social:
1.- Inclusión social y lucha contra la exclusión. En relación con las políticas de inclusión social de los grupos más vulnerables: personas mayores, discapacitados, minorías étnicas o inmigrantes, mujeres víctimas de violencia de género, drogadicción y alcoholismo y colectivos con especiales problemas de marginación. Se trata de proyectos cuyo objetivo es facilitar la inclusión social de forma integral a las personas en situación de riesgo de exclusión social.
2.- Rehabilitación, apoyo mutuo y psicosocial. Cualquiera que sea el grupo de población específico al que atender. Se trata de disponer de dispositivos de respuesta para las personas con especiales dificultades de movilidad o de integración social derivados de su situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, en diversos grados o intensidad, así como posibilitar el ejercicio del apoyo mutuo, la orientación y el asesoramiento a las personas y familias de los discapacitados, recursos a los que los Servicios Sociales Comarcales puedan derivar los casos atendidos.
3.- Prevención de las adicciones. Se incluyen en este ámbito de actividad los proyectos o actuaciones destinadas a la prevención o rehabilitación de las adicciones, quedando excluidas las intervenciones exclusivamente sanitarias.
4.- Igualdad. En relación con las políticas de igualdad y la prevención de la violencia contra las mujeres.
5.- Voluntariado social. Trata de potenciar la solidaridad social.
Es objeto de la presente convocatoria atender los gastos necesarios para el buen desarrollo del proyecto o actividad objeto de subvención según la cláusula tercera de las Bases Reguladoras.
La finalidad de la subvención será atender los gastos necesarios para el desarrollo de los proyectos anteriormente descritos, debiendo tener alguna de estas cualidades:
Bienes fungibles Duración previsiblemente inferior a un ejercicio presupuestario.
No ser susceptibles de inclusión en el inventario.
Gastos que presumiblemente sean reiterativos, pudiendo incluirse:
Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.
Adquisición de material de oficina no inventariable.
Suministros de agua, gas, energía eléctrica, teléfono, combustibles y carburantes, no incluidos en el precio de los alquileres.
Otros gastos diversos, entre ellos los de publicidad, la organización de reuniones y conferencias.
Gastos de personal para la realización del proyecto.
Quedan excluidos los siguientes gastos:
Gastos suntuarios.
Obsequios a miembros de la asociación o entidad.
Gastos en servicios de hostelería y restauración, alojamientos y otros de carácter protocolario.
Gastos que superen el valor de mercado comprobado por la Administración, por el importe que exceda respecto del mismo, en particular los relativos a dietas y locomoción de personal en la medida que resulten subvencionables y superen los límites establecidos con carácter oficial para el personal al servicio de la Comarca.
Los costes indirectos, salvo que expresamente la convocatoria los permita.
Serán subvencionables las actuaciones iniciadas desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se aprobaron por el Pleno del Consejo Comarca de fecha 27 de marzo de 2018 y se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 113 de fecha 14 de junio de 2018.
Cuarto. Importe.
La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un importe máximo de 60.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos 2019-05-2310-48000 de la Comarca Comunidad de Teruel.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
La convocatoria íntegra será publicada en la web de la Comarca Comunidad de Teruel http www.comarcateruel.es/. Los impresos de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumpli-

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 13/6/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date13/06/2019

Page count19

Edition count5732

First edition02/01/2001

Last issue26/04/2024

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