Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 4/4/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 65

4 de abril de 2019

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DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN

Núm. 81.730
Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad ANUNCIO del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón en Teruel, por el que se anuncia la aprobación del Acuerdo de Concentración Parcelaria de la zona de Bronchales Teruel.
Se pone en conocimiento de todos los interesados en la concentración parcelaria de la zona de Bronchales Teruel, declarada de utilidad pública y urgente ejecución por Decreto 90/1986, de 25 de septiembre, de la Diputación General de Aragón Boletín Oficial de Aragón número 103, de 20 de octubre de 1986.
PRIMERO.- Que con fecha 11 de marzo de 2019 el Director General de Desarrollo Rural ha aprobado el Acuerdo de Concentración Parcelaria de la zona de Bronchales, tras haber introducido en el Proyecto las modificaciones oportunas como consecuencia de la encuesta del mismo, llevada a cabo conforme determina el artículo 209 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, acordándose que se lleve a cabo la publicación del referido Acuerdo de concentración parcelaria en la forma que determina el artículo 210 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO.- Que el Acuerdo de concentración, con los documentos que contiene, estará expuesto al público en el local del municipio habilitado al efecto durante un mes a contar desde la inserción del último anuncio expuesto por 3 días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Bronchales, e inserto una sola vez en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en el Boletín Oficial de Aragón. La consulta de los documentos que componen el Acuerdo implica que conforme a lo dispuesto por la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos que se incluyen no podrán ser utilizados para fines distintos de los de la concentración parcelaria.
TERCERO.- Que durante el plazo de un mes antes mencionado podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, basado en la infracción de las formalidades prescritas para su elaboración y publicación ó si no se ajustase a las bases de la concentración a las que se refiere el artículo 184 de la misma Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, presentándolo preferentemente en el registro del Servicio Provincial de Teruel o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, expresando en el escrito un domicilio para realizar las notificaciones que procedan.
Teruel, 14 de marzo de 2019.- EL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL, Pedro M. Polo Íñigo
Núm. 81.731
Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad ANUNCIO del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón en Teruel, relativo a la toma de posesión de las fincas de reemplazo de la concentración parcelaria de la zona de Argente Teruel.
Se pone en conocimiento de todos los interesados en la concentración parcelaria de la zona de Argente Teruel, declarada de utilidad pública y urgente ejecución por Decreto 42/2009, de 24 de marzo del Gobierno de Aragón BOA nº 65 de 3 de abril de 2009.
PRIMERO.- Que finalizada la publicación del Acuerdo de Concentración Parcelaria, y habiendo sido resueltos los recursos presentados contra el mismo, este Servicio Provincial ha resuelto dar la toma de posesión de las fincas de reemplazo ya amojonadas, a tenor de lo dispuesto en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973.
SEGUNDO.- Que a estos efectos se hace constar que la fecha de toma de posesión será a partir del último día que este aviso se publique en el Boletín Oficial de Aragón o en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel o en el tablón de anuncios del Ayuntamiento Argente.
TERCERO.- Que a tenor de lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que las fincas de reemplazo sean puestas a disposición de los propietarios para que tomen posesión de la mismas, los propietarios podrán reclamar, acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al 2 por 100 entre la cabida real de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración.
CUARTO.- Aquellas parcelas que en el momento de la publicación de este aviso tengan cosechas pendientes de recolección, se entenderán entregadas a los nuevos propietarios tan pronto como sea efectuada la recolec-

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 4/4/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date04/04/2019

Page count14

Edition count5736

First edition02/01/2001

Last issue03/05/2024

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