Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/3/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 53

19 de marzo de 2019

3

La asignación de los porcentajes de este apartado atiende a la diversidad demográfica de la provincia de Teruel, en aras a que la diferencia de población entre los municipios más grandes y los más pequeños no distorsione un reparto equitativo. En el caso de Teruel, la ayuda del 1% no se corresponde con la población total dado que solo se deben atender las inversiones en los núcleos rurales de la ciudad. En los otros dos casos se otorga un porcentaje fijo en atención a la proporción respecto al resto de municipios de la provincia.
2.- RESTO DE MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES.
Deducida a la cantidad inicial del Plan de Concertación 2019, las cantidades a que se refiere el apartado anterior, es decir 3.300.000,00 euros 155.100,00 euros, obtendremos la cantidad final a distribuir entre el resto de municipios y entidades locales: 3.144.900,00 euros.
2.1.- UN FIJO POR MUNICIPIO O ENTIDAD LOCAL: El 35% de 3.144.900,00 euros se destinará a repartir una cantidad fija para cada una de las entidades a subvencionar. Así obtendremos la cantidad de 1.100.715,00
euros, que dividida por el número de municipios de la provincia exceptuados los del punto 1.-, ofrece una cantidad fija de 4.703,91 euros.
2.2.- POR NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Se atenderá al número de núcleos de población de municipios o entidades locales, asignándoles una cantidad de acuerdo al número de núcleos, según la siguiente tabla:
Núcleos de población Importe 1 entidad
1.155,00

Entre 2 y 3 entidades
2.310,00

Entre 4 y 6 entidades
3.465,00

Más de 6 entidades 4.620,00
2.3.- POR POBLACIÓN. Para aplicar este criterio de valoración se atenderá a las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero 2018 con efectos del 31 de diciembre de 2018, aprobadas por Real Decreto 1458/2018 de 14 de diciembre y publicado en el BOE 314 de 29 de diciembre de 2018.
Para obtener la cantidad a distribuir por criterios de población, se deducirá a la cantidad total del Plan de Concertación, las cantidades distribuidas en los puntos 1.-, 2.1.- y 2.2.-. Dicha cantidad será distribuida de acuerdo a los siguientes criterios:
2.3.1.- CANTIDAD FIJA POR HABITANTE. De la cantidad obtenida anteriormente, se distribuirá el 15% entre el número de habitantes de los municipios y entidades locales de la provincia de Teruel, excluidos los municipios del punto 1.-. Así, la cantidad a repartir por habitante será de 4,85.
2.3.2.- TRAMOS DE POBLACIÓN. El 85% restante se distribuirá por tramos de población, atendiendo al número de habitantes de los municipios y entidades locales de la provincia de Teruel, excluidos los municipios del punto 1.-, de acuerdo a la siguiente tabla:
Tramo de habitantes Importe Hasta 25 habitantes
1.274,18

De 26 a 50 habitantes
1.600,91

De 51 a 75 habitantes
2.620,42

De 76 a 100 habitantes
3.897,87

De 101 a 250 habitantes
6.432,31

De 251 a 500 habitantes
10.940,24

De 501 a 1.000 habitantes
15.444,08

De 1.001 a 1.500 habitantes
17.933,47

De 1.501 a 2.500 habitantes
21.823,15

De 2.501 a 4.000 habitantes
24.083,26

Más de 4.000 habitantes 27.774,36
La asignación final a cada municipio o entidad local, atendiendo a los criterios de distribución queda reflejada en el listado adjunto incluido como ANEXO 1.
TERCERO.- Se transferirá de manera inmediata, una vez aprobado el Plan, a las entidades locales beneficiarias el importe de la financiación provincial indicada en el citado anexo.
CUARTO.- La entidad local beneficiaria deberá justificar este plan de concertación mediante certificación emitida por el secretario-Interventor / interventor de la Corporación, con el visto bueno de su presidente, que acredite que la aportación provincial del Plan se ha aplicado al estado ingresos del presupuesto de la entidad local en el ejercicio 2019, en el modelo normalizado que se adjunta a este acuerdo. El plazo para justificar será de tres meses desde el día siguiente a la publicación de este Plan en el BOP TE, debiendo presentar el justificante en el Servicio de Planes Provinciales a través de la plataforma electrónica de esta Excma. Diputación Provincial o por

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/3/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date19/03/2019

Page count22

Edition count5732

First edition02/01/2001

Last issue26/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31