Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 14/5/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 90

14 de mayo de 2001

II. EXPEDIENTES DICTAMINADOS POR LA
PONENCIA TECNICA DE ORDENACION DEL
TERRITORIO Y URBANISMO.
Nº 3.- HOMOLOGACION A P.G.O.U. DEL
P.D.S.U. DE TORRECILLA DE ALCAÑIZ.
VISTO el expediente relativo a la Homologación del P.D.S.U. de TORRECILLA DE ALCAÑIZ a P.G.O.U., de conformidad a la Ley 5/99, con documento técnico redactado por el arquitecto D. José M Sanz Zaragoza.
LA COMISION PROVINCIAL DE ORDENACION DEL TERRITORIO ACORDO:
PRIMERO.- Dar por acreditada y acordar, por tanto, la HOMOLOGACION del P.D.S.U. de TORRECILLA DE ALCAÑIZ a P.G.O.U. según el artículo 213 de la Ley 5/99, Urbanística de Aragón.
SEGUNDO.- Proceder a denominar P.G.O.U al vigente Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de TORRECILLA DE ALCAÑIZ, con las equivalencias manifestadas en la Memoria Justificativa de Enero de 2000 firmada por el Arquitecto D. José M Sanz Zaragoza y que se concretan en las siguientes:
- EL SUELO URBANO del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano pasaría a denominarse SUELO URBANO DE PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA con la categoría de SUELO
URBANO CONSOLIDADO.
- EL SUELO NO URBANIZABLE del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano pasaría a denominarse Suelo No Urbanizable de Plan general de Ordenación Urbana, con las siguientes categorías:
- SUELO NO URBANIZABLE ESPECIAL: formado por los terrenos denominados en las NN.SS.CC. de ámbito provincial como Suelo No Urbanizable Protegido.
Igualmente, tendrá la consideración de Suelo No Urbanizable Especial todos los supuestos reflejados en la Disposición Adicional Primera de la Ley 5/99:
a Los cauces de corrientes naturales continuas o discontinuas.
b Las riberas y la zona de policía de cien metros de anchura de las márgenes en los cauces de corrientes continuas.
c Los terrenos situados en una zona de doscientos metros de anchura desde la cota correspondiente al mayor nivel ordinario de las aguas en las lagunas, estanques naturales y embalses superficiales.
d Los terrenos situados en una zona de diez metros de anchura a cada lado de las áreas arboladas que formen un ribazo o hilera de arbolado de longitud superior a cien metros.
e Las áreas arboladas compactas con densidades de arbolado superiores a un árbol por cada treinta metros cuadrados, siempre que no sean objeto de cultivo agrícola.
f Los terrenos con pendiente media superior al veinticinco por ciento.
g Las áreas destinadas a pastos en alturas superiores a mil metros.
h Los terrenos situados en alturas superiores a dos mil metros.

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i Las áreas delimitadas por el Gobierno de Aragón.
j Los espacios naturales protegidos declarados conforme a su legislación reguladora.
- SUELO NO URBANIZABLE GENERICO: formado por los terrenos restantes, denominados en las NN.SS.CC. de ámbito provincial como Suelo NO Urbanizable Genérico.
TERCERO.- Publicar este Acuerdo de HOMOLOGACION del P.D.S.U. de TORRECILLA DE ALCAÑIZ en el B.O. de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 y 56 de la Ley del Suelo de 1976, en relación con el artículo 10
del Decreto 70/1992, de la D.G.A.
CUARTO.- Diligenciar, por Secretaría de la C.P.O.T., como homologado a P.G.O.U. el documento de P.D.S.U. de TORRECILLA DE ALCAÑIZ.
QUINTO.- Recordar al Ayuntamiento de TORRECILLA DE ALCAÑIZ que, de conformidad con la homologación acordada, en la próxima modificación de P.G.O.U. que se plantee, deberán aportarse Planos de Clasificación de Suelo, que reflejen la nomenclatura de clases de suelo acordes a la Ley 5/99 Urbanística de Aragón.
SEXTO.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de TORRECILLA DE ALCAÑIZ a los efectos procedentes.
Lo que se hace público en este Boletín Oficial de la provincia, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 5/99, Urbanística de Aragón.
Contra este Acuerdo, que no agota la vía administrativa, puede interponerse RECURSO ALZADA, ante el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en el plazo de UN MES, a contar desde el siguiente al de publicación del presente anuncio, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente arts.
114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y art. 54 en relación con la D.T. 5 de la Ley 3/1993, de 15 de Marzo, de CORTES DE
ARAGON, en relación con el art. 32 del Decreto 216/1993, de 7 de Diciembre.
Teruel, 30 de abril de 2001.-La Secretaria de la Comisión, Ruth Cárdenas Carpi.

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL EBRO

Núm. 1.381
COMISARIA DE AGUAS
Nota-Anuncio D. MIGUEL VILLARROYA JORDAN, solicita una concesión de un aprovechamiento de agua de un caudal contínuo de 010 litros/segundo a derivar del río de Los Baños, en el término municipal de Villarroya de los Pinares Teruel, con destino a abastecimiento de ganado lanar.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 14/5/2001

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date14/05/2001

Page count8

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Last issue03/05/2024

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