Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 11/5/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

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11 de mayo de 2001

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Núm. 1.700
Dirección Provincial de Teruel Advertido error en el anuncio de subasta publicado en el B.O.P. De fecha 2 de Mayo del 2001 referente al deudor PAVIMENTOS RUSTICOS, SA, se publica nuevo anuncio que sustituye al citado anteriormente.
ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES.
El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva, Nº 1, de Teruel HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor PAVIMENTOS
RUSTICOS, S.A., por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:
PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 2 de Abril del 2001, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el dia 22
de Mayo del 2.001, a las 12.30 horas, en la Sala de Juntas de la Dirección Provincial, sita en Glorieta 1 deTeruel, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 146 a 149 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social y del artículo 118 de su Orden de desarrollo.
Los bienes embargados sobre los cuales se decretan su venta, así como su tipo de subasta en primera licitación, es el indicado en relación adjunta. El tipo de subasta en segunda y tercera licitación, si hubiera lugar a ellas, será del 75 o 50 por cien, respectivamente, del tipo de subasta en primera licitación.
Notifíquese esta Providencia al deudor,al depositario de los bienes embargados y en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios,al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación podrán el apremiado o los acreedores citados liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.
En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:
1.-Que los bienes embargados a enajenar son los que en RELACION adjunta se detallan, distribuidos en lotes.
2.- Que todo licitador habrá de consignar, a nombre de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social actuante, en la cuenta, el 25
por ciento del tipo de la misma en primera licitación, así como la de presentar el resguardo justificativo de dicha consignación, con anterioridad al comienzo de la licitación, ante el Recaudador Eje-

BOP TE Número 89

cutivo de la Seguridad Social o ante la mesa de la subasta. La citada consignación podrá ser sustituida, a voluntad del licitador, por un depósito de garantía de al menos, el 25 pr ciento del tipo de subasta en primera licitación si en el apartado de advertencias del presente anuncio así se autoriza.
Para participar en las demás licitaciones existirá la obligación de constituir un preceptivo depósito del 25 por ciento del tipo de la subasta, salvo que se hubiese consignado su importe o constituido aquel para la primera o segunda licitación.
Constituido el depósito para cualquiera de las licitaciones de la subasta, se considerará ofrecida la postura mínima que corresponda al tipo de la misma, sin perjuicio de que puedan realizarse otra u otras posturas en sobre cerrado o durante las licitaciones correspondientes.
El depósito se ingresará en firme en la cuenta de recaudación de la Tesorería General de la Seguridad Social si los que hubiesen consignado o depositado resultaren adjudicatarios y no satisfacieren el precio del remate, además se exigirán las responsabilidades en que pudiera incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe consignado o depositado, origine la no efectividad de la adjudicación.
3.- El rematante deberá abonar mediante ingreso en cuenta, cheque, transferencia bancaria u otro medio autorizado por la Tesorería General, efectuado o expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social - Unidad de Recaudación Ejecutiva que corresponda la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe de la cantidad consignada o del depósito constituido, bien en el propio acto de la adjudicación o bien en el plazo de 5 días.
4.-La consignación o el depósito para las licitaciones podrá realizarse desde la publicación del presente anuncio hasta la iniciación del acto de constitución de la mesa de la subasta, pudiendo efectuarse el depósito, si se hubiere autorizado, tanto en metátlico como mediante cheque certificado, visado o conformado por el librado, por el importe total del depósito a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social - Unidad de Recaudación Ejecutiva que corresponda. Todo depositante al constituir el depósito, podrá efectuar otra u otras posturas superiores a la mínima, bien en sobre cerrado o bien durante la licitación. Ello es, asímismo, aplicable en las demás licitaciones.
5.- La subasta comprenderá dos licitaciones y, en su caso, si así lo decide el Presidente de la Mesa de Subasta, una tercera licitación, para la cual se anunciará fecha y lugar de su celebración.
Los bienes que no resulten adjudicados en tercera licitación así como los adjudicados en cualquiera de ellas cuyo adjudicatario, inicial o sucesivo, no satisfaga en el plazo establecido el precio del remate, a criterio del Presidente de la Mesa, serán objeto de una segunda subasta a celebrar en las mismas condiciones de la primera o pasarán al trámite de venta por gestión directa.
6.-Cuando los bienes subastados sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 11/5/2001

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date11/05/2001

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Edition count5732

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