Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 10/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Jueves 10 de noviembre de 2022

Número 260

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Dirección General de Política Energética y Minas Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Enel Green Power España, S.L., autorización administrativa previa para el parque solar fotovoltaico Dulcinea de 84,216 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica 30/220 kV, la línea a 220 kV, la subestación eléctrica 220/400 kV y la línea a 400 kV para la evacuación de energía eléctrica, en el término municipal de Carmona, en la provincia de Sevilla.
Enel Green Power España, S.L., en adelante Enel Green Power, solicitó, con fecha 30 de octubre de 2020, autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico Dulcinea, la subestación eléctrica 30/220 kV, la línea a 220 kV, la subestación eléctrica 220/400 kV y la línea eléctrica aérea a 400 kV para la evacuación de energía eléctrica, en el término municipal de Carmona, en la provincia de Sevilla.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo dispuesto en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 26 diciembre de 2020 en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla y el 14 de enero de 2021 en el Boletín Oficial del Estado, no habiéndose recibido alegaciones.
Se ha recibido contestación de la Diputación Provincia de Sevilla y de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos, en las que no se muestra oposición a la autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Enel Green Power de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido respuesta de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía en la que se adjunta informe de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos y de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla. En dichos informes se manifiesta que la ubicación del proyecto no intercepta ningún área perteneciente a la Red Natura 2000, ni espacios protegidos, estando el más cercano a unos 15-20 km de distancia. Se añade que no se esperan impactos significativos sobre dichos espacios. Se ha dado traslado a Enel Green Power de dicho informe, el cual expresa su conformidad con el mismo. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual resulte la declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental y de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, en los que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado a Enel Green Power de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual resulte la declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea emitió, con fechas 30 de junio, 5 de julio y 4 de octubre de 2021, Acuerdos en materia de servidumbres aeronáuticas por el que autoriza la instalación de la referida instalación fotovoltaica, en el que se establecen condicionados técnicos.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, S.A.U., en el que se indica que no es posible comprobar que las líneas de evacuación del parque fotovoltaico se ajustan al reglamento en los cruzamientos con líneas de su titularidad, por lo que solicitan que se complete dicha documentación incluyendo la totalidad de los datos necesarios para realizar la comprobación de los cruzamientos.
Asimismo, manifiesta que no es reglamentario el paralelismo entre la línea de evacuación proyectada con la línea propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U., en cuanto a distancias mínimas entre ambas líneas. Por otro lado, informa que el trazado de la línea proyectada afecta a terrenos propiedad de Red Eléctrica de España, S.U, por lo que deberán ponerse en contacto con el Departamento de Gestión de Patrimonio Inmobiliario con el fin de suscribir el correspondiente acuerdo que legitime la ocupación del terreno. Se ha dado traslado a Enel Green Power el cual expresa que tendrán en cuenta en la tramitación de la autorización administrativa de construcción los condicionados técnicos mencionados, dando cumplimiento en todo caso a la normativa vigente, en los proyectos que se presenten para cumplir dicho trámite. Además, indican que se pondrán en contacto con el Departamento de Gestión de Patrimonio Inmobiliario para gestionar el acuerdo de ocupación de terreno y que actualmente están en proceso de completar el procedimiento de acceso y conexión. Se da traslado a Red Eléctrica de España, S.A.U. para que muestre su conformidad o reparos, no habiéndose recibido contestación alguna en el plazo reglamentario, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Carmona, de la Dirección General de Energía, de Endesa Distribución Eléctrica, de la Secretaria General de Industria y Minas, de la Dirección General de Infraestructuras, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla emitió informe en fecha 26 de abril de 2021, completado posteriormente el 5 de mayo de 2021, el 5 de julio de 2021 y de 21 de septiembre de 2021.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental en adelante, EsIA, acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en el artículo 37 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, a la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica y a la Dirección General de Emergencia y Protección Civil.
El proyecto de la instalación y su EsIA han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental en adelante, DIA, concretada mediante Resolución de fecha 6 de mayo de 2022, de la

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 10/11/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date10/11/2022

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First edition02/11/1999

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