Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 241

Martes 18 de octubre de 2022

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Sr.
Viceconsejero, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Sevilla a 19 de agosto de 2022.El Director General de Energía P.D. resolución de 11 de marzo de 2022, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 52, de 17 de marzo de 2022, la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla P.S.
Orden de 13 de mayo de 2022, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía extraordinario núm. 17, de 13 de mayo de 2022, la Delegada Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, Susana Rocío Cayuelas Porras.
36W-5952-P

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

Área de Concertación En la sesión ordinaria del Pleno de la Corporación de 30 de junio de 2022 se aprobó inicialmente el Reglamento de Funcionamiento del Servicio Jurídico Provincial. En el Boletín Oficial de la provincia de 8 de julio se publicó anunció de exposición, en cuyo plazo el Grupo Vox presenta sugerencia sobre la adición de un artículo referido a Letrados provinciales habilitados, que es desestimada dada la dificultad de admisión desde la contemplación del principio de legalidad al que se someten las Administraciones Públicas conforme a lo previsto en el artículo 9.3 de la Constitución.
Por ello en el Pleno de la Corporación en sesión de 29 de septiembre de 2022 se adoptaron los siguientes acuerdos:
Primero. Desestimar la sugerencia presentada por el Grupo Vox al texto inicialmente aprobado por el Pleno de 30 de junio de 2022.
Segundo. Aprobar expresamente, con carácter definitivo, la redacción final del texto del Reglamento de Funcionamiento del Servicio Jurídico Provincial, con la redacción que a continuación se recoge:
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO JURÍDICO PROVINCIAL

Exposición de motivos Habiéndose aprobado inicialmente por la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el 29 de septiembre de 2011, la Ordenanza reguladora de la prestación de la asistencia jurídica provincial y reglamentación del Servicio Jurídico provincial, la misma ha desplegado sus efectos durante más de diez años, siendo en su momento una importante innovación en el seno de la Diputación Provincial, pues creado el Servicio Jurídico Provincial en el año 1986, no fue hasta esa fecha que tuvo ordenación normativa propia.
Ello no obstante, dado el tiempo transcurrido se hace preciso acometer su reforma.
En efecto, las modificaciones normativas operadas en los últimos diez años, los cambios jurisprudenciales, así como la experiencia adquirida, aconsejan su reforma, perfilando de manera más nítida las funciones específicas de este órgano administrativo.
Los cambios acaecidos en el panorama administrativo español durante los últimos diez años, han sido trascendentales. La aprobación de las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre de un nuevo texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, e incluso la aprobación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/
UE, de 26 de febrero de 2014, ha supuesto un evidente y completo cambio en el panorama del Derecho administrativo español.
En el ámbito local, no siendo los cambios tan numerosos, han sido sin embargo muy destacados, dado que la aprobación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local fue un revulsivo para las Administraciones Locales, y todo ello sin perjuicio de las numerosas modificaciones que durante estos años han sufrido nuestras leyes de cabecera fundamentalmente, la leyes 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, siendo la última modificación de 29 de diciembre de 2021.
Tampoco podemos olvidar las destacadas modificaciones que ha sufrido la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, particularmente en materia de casación administrativa, lo que obliga a adoptar medidas a los operadores jurídicos, como las que ahora se proponen en esta norma. En el ámbito de la Jurisdicción Social, la normativa vigente al tiempo de la aprobación de la Ordenanza y reglamentación reguladora anterior era el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, que fue sustituido por la vigente Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, que a su vez, también ha sufrido modificaciones tanto en cuanto a los recursos, como celebración de juicios o eliminación de la tradicional reclamación previa a la vía judicial.
Como puede comprenderse, esta avalancha de modificaciones normativas ha venido a cambiar significativamente el panorama de derecho publico español, e incide tanto en el funcionamiento del servicio jurídico provincial en el ejercicio de sus competencias, como en la necesidad de ajustar su organización, como forma de dar un mejor servicio tanto a la Diputación Provincial como a los municipios.
Por todo ello, de conformidad con lo previsto en los artículos. 4.2, 7.1, 11.1.a, 12.1.f, 12.2 y 14.2.d de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, se eleva la presente memoria a los efectos de que pueda iniciarse el procedimiento de aprobación normativa.
Título I.Funciones del Servicio Jurídico Provincial Capítulo único Artículo 1.Asistencia jurídica a la Diputación Provincial de Sevilla y entidades dependientes o vinculadas.
1. El Servicio Jurídico Provincial de la Diputación Provincial de Sevilla, a través de los Letrados y Letradas adscritos al mismo, es el órgano administrativo encargado de la representación y defensa en juicio de la Diputación Provincial de Sevilla en los términos del artículo 551.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/10/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date18/10/2022

Page count72

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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