Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/9/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Lunes 12 de septiembre de 2022

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 21147

cProhibición de comunicación de datos personales.
El concesionario se compromete a guardar bajo su control y custodia todos los datos o ficheros suministrados por la Administración a los que acceda con motivo de la ejecución del contrato y a no divulgarlos, transferirlos, o de cualquier forma comunicarlos, ni siquiera para su conservación a otras personas, salvo que resulte estrictamente necesario para la prestación del objeto del contrato, se haga conforme a los criterios establecidos por la Administración, y previa autorización expresa de la misma, salvo que se cumplan los requisitos recogidos en el artículo 21.2 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
El concesionario garantizará la confidencialidad de sus personas trabajadoras y colaboradoras, haciéndose responsable del uso indebido de la información de la Administración por parte de estas. A estos efectos y previa petición de ésta, la persona contratista deberá aportar acuerdo de confidencialidad firmado por cada persona trabajadora y/o colaboradora que preste sus servicios ligados a la ejecución del contrato.
dObligación de devolución de los datos.
Una vez cumplida la prestación objeto del contrato, en el caso de que corresponda, el concesionario se compromete a devolver aquella información que contenga datos de carácter personal que haya sido tratada con motivo de la prestación, y una vez devuelta a destruir cualquier posible copia que conserve.
La obligación de devolver o destruir los datos se extiende sobre toda la información que contenga datos personales a la que haya tenido acceso el concesionario con motivo de la prestación del objeto del contrato, incluyendo todos los soportes que conste algún dato de carácter personal cuyo responsable sea la Administración o se hayan tratado en nombre de ésta.
eCopias de seguridad.
El concesionario se compromete a no copiar o reproducir la información facilitada por la Administración, salvo cuando sea necesario para su tratamiento o para implantar las medidas de seguridad a las que está legalmente obligado como encargado del tratamiento. En este último supuesto, cada una de las copias o reproducciones estará sometida a los mismos compromisos y obligaciones que se establecen en la presente cláusula, debiendo ser destruidas o devueltas, conforme se indica en el apartado anterior.
Estas copias o reproducciones en ningún caso serán utilizadas por el concesionario con finalidades distintas de la prestación de los servicios contratados por la Administración.
fGarantía del cumplimiento de la LOPD.
El concesionario garantizará el cumplimiento de las obligaciones que le correspondan como encargado del tratamiento en virtud de la normativa en materia de protección de datos personales vigente.
En este sentido, el concesionario deberá establecer al menos las medidas de índole técnica y organizativas que se enumeran en el citado Real Decreto 1720/2007, para ficheros automatizados o no de nivel medio, pudiendo la Administración someterlo a una auditoría del cumplimiento de dichas medidas mientras dure la relación contractual.
Adicionalmente, el concesionario y, en su caso, el personal a su cargo que trabaje desplazado en cualquiera de los locales de la Administración deberá ajustarse a las mismas medidas de seguridad que el personal de la misma, sin perjuicio de que puedan establecerse medidas adicionales de seguridad para el concesionario y, en su caso, para el personal a su cargo.
Cláusula trigésima séptima.Jurisdicción competente y recursos.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de la presente concesión administrativa de uso privativo serán resueltas por el órgano competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los Juzgados del Orden Contencioso-Administrativo que ejerzan su jurisdicción en la provincia de Sevilla conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o privilegio que les corresponda.
En Isla Mayor a 24 de agosto de 2022.El Alcalde, Juan Molero Gracia.
36W-5588

MARTÍN DE LA JARA
Don Francisco Javier Reina Aguilar, Alcalde accidental del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que se ha dictado resolución número 2022-0577, de fecha 2 de septiembre de 2022, firmada por el AlcaldePresidente, don Manuel Sánchez Aroca, cuyo tenor literal es el siguiente:
Debiéndose ausentar la Alcaldía de este Ayuntamiento desde el 2 de septiembre de 2022 al 12 de septiembre de 2022 ambos incluidos por vacaciones.
Encontrándose la Primera Teniente Alcalde, doña Rosario María Chincoa Mora, ausente por vacaciones.
Considerando lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Vista la propuesta de resolución PR/2022/135 de 1 de septiembre de 2022.
En uso de la atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y disposiciones concordantes:
Resolución.
Primero. Conferir el desempeño de la Alcaldía de este Ayuntamiento, con carácter accidental, durante la ausencia reseñada desde el 2 de septiembre de 2022 al 12 de septiembre de 2022 ambos incluidos, a don Francisco Javier Reina Aguilar Segundo Teniente Alcalde, sustituyéndome en la totalidad de las funciones atribuidas.
Segundo. Notificar el presente decreto al interesado.
Tercero. Publicar el mismo en el Boletín Oficial de la provincia, surtiendo efectos, no obstante, desde la fecha que consta en la parte expositiva del presente decreto.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos consiguientes.
En Martín de la Jara a 5 de septiembre de 2022.El Alcalde accidental, Francisco Javier Reina Aguilar.
36W-5772

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/9/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date12/09/2022

Page count48

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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