Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 19/5/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Jueves 19 de mayo de 2022

Número 113

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

Área de Cohesión Territorial El Pleno provincial, en sesión celebrada el 18 de mayo de 2022, ha acordado la Aprobación inicial, y en su caso definitiva, del Plan provincial de reactivación económica y social 2022 Plan Provincial Actúa, pudiéndose consultar el contenido completo del expediente en el Área de Cohesión Territorial de la Diputación de Sevilla, sita en la Avenida de Menéndez y Pelayo, n.º 32, de la ciudad de Sevilla, en horario de 9.00 a 14.00 horas.
Asimismo, en el punto quinto de dicho acuerdo, se aprueba inicialmente la Modificación del Plan Provincial de Cohesión Social e Igualdad 2022, aprobado inicialmente el 30 de diciembre de 2021, y publicado definitivamente en el Boletín Oficial de la provincia núm.38 de 16 de febrero de 2022.
En consecuencia, conforme a lo establecido en el punto octavo del acuerdo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 32
del texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, y de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, se expone al público durante un plazo de diez días hábiles, a efectos de consultas, reclamaciones o alegaciones, quedando aprobados los anteriores acuerdos con carácter definitivo, de forma automática, ante la no presentación en plazo de alegaciones o reclamaciones al mismo, sin perjuicio de la posterior publicación del anuncio de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la provincia y en el portal de transparencia, o en su caso, de haber alegaciones, tras la correspondiente resolución plenaria sobre las mismas.
Lo que se hace público a efectos de información pública.
En Sevilla a 18 de mayo de 2022.El Secretario General P.D. resolución n.º 2501/2021, de 18 de mayo, Fernando FernándezFigueroa Guerrero.
6W-3147

Área de Empleado Público Autorizado por resolución 2551/22, de 13 de mayo.
Por resolución 2551/22, de 13 de mayo, se procede a la modificación parcial de la resolución 1239/21, de 22 de marzo, por la que se aprueban las bases generales que rigen las convocatorias de turno libre y reserva a personas con discapacidad de la Oferta de Empleo Público de 2020 y a la ampliación de su vigencia a las convocatorias correspondientes a plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2019 que aún no han sido objeto de desarrollo, siendo ésta del siguiente tenor literal:
Por resolución núm. 1239/21, de 22 de marzo, se aprobaron las Bases Generales por las que se rigen las convocatorias correspondientes al turno libre y reserva a personas con discapacidad para la provisión de plazas vacantes en las plantillas de personal funcionario y laboral de la Diputación de Sevilla de la Oferta de Empleo Público de 2020, modificada por resolución n.º 1619/22 de 6 de abril.
Con fecha de 28 de abril de 2022 se ha elaborado Informe del Servicio de Personal del siguiente tenor literal:
Asunto: Modificación de la resolución n.º 1239/21 de 22 de marzo por la que se aprueban las Bases Generales que rigen las convocatorias de turno libre y reserva a personas con discapacidad de la Oferta de Empleo Público de 2020 y ampliación de su vigencia a las convocatorias correspondientes a plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2019 que aún no han sido objeto de desarrollo.
1 En la Base 8.3.1. de las Bases Generales que rigen las convocatorias de turno libre y reserva a personas con discapacidad de la Oferta de Empleo Público de 2020 resolución n.º 1239/21 de 22 de marzo, modificada por resolución n.º 1219/22 de 6 de abril, en el apartado c calificación de los ejercicios, se establece en el segundo párrafo lo siguiente:
En los ejercicios tipo test, el número de respuestas correctas para obtener la nota mínima 5 puntos será la que establezca el Tribunal una vez descontada la penalización prevista en las Bases Específicas. En el caso de que el número de aprobados no llegue al tercio en relación al número de personas presentadas, el número de preguntas correctas, descontadas las penalizaciones, que equivaldrá al 5 como nota de corte, - no pudiendo ser nunca inferior la calificación a 4 puntos -, serán las que tenga el aspirante que suponga un tercio de los aspirantes presentados al ejercicio. Así se les hará saber a los aspirantes, bien en la hoja de instrucciones de realización del test, bien verbalmente.
1. a En relación a este asunto, la experiencia acumulada en el desarrollo y ejecución de multitud de procesos selectivos llevados a cabo en los últimos tiempos, y, al objeto de garantizar una mayor igualdad de trato entre las personas aspirantes, se hace necesario puntualizar que, en el caso de que se presente la casuística descrita anteriormente, las puntuaciones de los opositores a los que se les haya aplicado la anterior regla del tercio conllevará exclusivamente, la posibilidad:
Por un lado, de pasar al siguiente ejercicio de la fase de oposición. No obstante lo anterior, la calificación verdaderamente obtenida no se puntuará como un cinco en esta primera prueba de la oposición, sino como la que realmente se hubiera alcanzado.
Y, por otro lado, su integración en la bolsa de empleo temporal, considerando que en el artículo 1.2 del Reglamento regulador de las mismas, establece la necesidad de haber obtenido una calificación entre 5 y 5,99 en el primer ejercicio para alcanzar un punto en bolsa.
Por tanto, la aplicación de la regla del tercio se establece al objeto de posibilitar, por un lado, la continuidad de un mayor número de aspirantes en el proceso selectivo, y, por otro lado, garantizar la constitución de bolsa de empleo temporal con un adecuado número de integrantes, sin que el empleo de la misma pueda dar lugar a la alteración simulada de la calificación verdaderamente obtenida por las personas aspirantes en el proceso de selección, a fin de evitar agravios comparativos con aquellas personas aspirantes que hubieran alcanzado la puntuación mínima para aprobar.
1. b Por otro lado, en relación a ese mismo asunto, y teniendo en cuenta las consideraciones expuestas en el párrafo anterior, procedería especificar que la regla del tercio solo sería aplicable a los primeros ejercicios tipo test, no pudiendo ser empleada en ejercicios de este tipo correspondientes a segundas o, en su caso, terceras pruebas de la fase de Oposición.
2 En otro orden de cosas, mediante resolución n.º 6952/2019 de 27 de diciembre, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2019 de la Diputación Provincial de Sevilla. Por resolución n.º 3434/20 de 20 de julio se aprueban las Bases Generales de los procesos selectivos de turno libre y reserva a personas con discapacidad de las Ofertas de Empleo Público de 2018 y 2019.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 19/5/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date19/05/2022

Page count76

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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