Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 240

Sábado 16 de octubre de 2021

III.Régimen de sesiones y convocatorias AConvocatoria de las sesiones.
Las sesiones del Consejo serán convocadas por el/la Presidente/a.
Se convocarán entre dos y tres sesiones ordinarias al año y se podrán convocar sesiones extraordinarias cuando así lo considere la presidencia y a petición de al menos un tercio de los miembros.
Las sesiones ordinarias se convocarán con 10 de antelación, las extraordinarias al menos con 48 horas de antelación.
BConstitución.
El Consejo quedará constituido cuando estén presentes la mitad más uno de los miembros. En todo caso es necesario la presencia de el/la Presidente/a y el/la Secretario/a, o de quienes legalmente les sustituyan.
La convocatoria deberá contener el Orden del Día fijado por el/la presidente/a, fecha, hora y lugar de celebración, e ir acompañada, en su caso, de la documentación suficiente para que los miembros del Consejo conozcan el contenido del mismo.
A las reuniones podrá asistir personal técnico o representantes de entidades relacionadas con los asuntos a tratar con voz pero sin voto, previa autorización del/la Presidente/a.
CPérdida de la condición de vocal.
Los miembros de Consejo causarán baja por renuncia voluntaria expresa ante la presidencia. Los cargos electos causarán baja por finalización de su mandato y en ambos casos por incumplimiento de sus obligaciones. Los niños/as causarán baja transcurridos dos años desde su elección.
IV.Derechos y obligaciones Los miembros del Consejo Local de Infancia y Adolescencia tendrán los siguientes derechos y obligaciones:

a Asistir a las reuniones del mismo.

b Intervenir en las reuniones con voz y voto los miembros que lo tengan.

cFormular propuestas por escrito, con antelación mínima de 72 horas a la elaboración del Orden del Día de las reuniones.

dObtención de los datos e informes que obren en los servicios del Ayuntamiento y resulten precisos para el desarrollo de sus funciones. Los habrán de solicitar a la presidencia y sin que en momento alguno puedan salir de la casa consistorial.
V.Disposición adicional primera La modificación parcial o total de este Reglamento, así como la disolución del Consejo Local de Infancia y Adolescencia corresponde al Ayuntamiento en Pleno.
VI.Disposición adicional segunda En lo no previsto en este Reglamento se estará a lo dispuesto en la normativa de régimen local y demás de pertinente aplicación.
VII.Disposición adicional tercera Cuantas actuaciones o documentos se articulen al amparo de este Reglamento se efectuarán con lenguaje fácil y comprensible para los niños y niñas.
VIII.Disposición final primera Este Reglamento entrará en vigor una vez aprobado tras publicación en el Boletín Oficial de la provincia como establece la legislación vigente.
En El Viso del Alcor a 10 de marzo de 2021.La Concejala Delegada de Políticas Inclusivas, Fiestas, Salud y Consumo, María de Gracia Miranda Roldán.
15W-8522

TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA
Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

Dirección del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. Bellavista, 41014-Sevilla.
Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: bop@dipusevilla.es
Diputación Provincial - Imprenta

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date16/10/2021

Page count42

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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