Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 31/8/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 31 de agosto de 2021

Número 201

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento, y Universidades
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: System Centros de Formación S.L.
Expediente:41/11/0084/2021.
Fecha: 27 de julio de 2021.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: Adolfo Pulgar Villarrubia.
Código: 41100692112021.
Visto el Plan de Igualdad de la empresa System Centros de Formación S.L. Código 41100692112021 negociado con el delegado de personal.
Visto lo dispuesto en el artículo 85 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre E.T. por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores Boletín Oficial del Estado núm. 255, de 24 de octubre de 2015, en relación con los artículos 45 a 49 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, modificados por Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de Medidas Urgentes para garantía de la Igualdad de Tratos, de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en el Empleo y la Ocupación Boletín Oficial del Estado núm. 57, de 7 de marzo de 2019; los planes de igualdad en las empresas se ajustarán a lo establecido en los artículos mencionados y convenio colectivo de aplicación.
Visto que el deber de negociar planes de igualdad se articulará a través de la negociación colectiva con el alcance y contenido previsto en el Título IV de la Ley Orgánica 3/2007, y que el deber de elaboración del Plan de Igualdad constituye un derecho de negociación colectiva artículo 2 ET, concluyéndose que el plan de igualdad tendrá el mismo carácter que la normativa laboral concede a los convenios colectivos o pactos de empresa y ha de definirse mediante un proceso negociado STS-403/2017, de 9 de mayo y todo ello en concordancia con los pronunciamientos jurisprudenciales al respecto STS núm. 832/2018, de 13 de septiembre. La elaboración del Plan de Igualdad en las Empresas requerirá en virtud de lo previsto legal y convencionalmente, la negociación con los representantes de los trabajadores.
Visto el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro que modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo se lleva a cabo el desarrollo reglamentario de lo establecido en el artículo 46.6 de la Ley Orgánica 3/2007, estableciendo en su artículo 5 el procedimiento de negociación de los Planes de Igualdad y el resultado de las negociaciones deberá plasmarse por escrito y firmarse por las partes negociadoras para su remisión a la Autoridad Laboral, a los efectos del Registro, Depósito y Publicidad.
Visto lo dispuesto en los artículos 2.1º f, 6, 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado núm.
143, de 12 de junio, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de las autoridades laborales: Los planes de igualdad cuya elaboración resulte conforme a los artículos 45 y 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado núm. 143
de 12 de junio, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto 32/2019, de 5 de febrero y Decreto 26/2020, de 24 de febrero, que regulan la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, modificando el Decreto 342/2012, de 31 de julio. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto 6/2019, de 11 de febrero, en relación con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 31, de 14 de febrero de 2019, modificado por Decreto 115/2020
de 8 de septiembre Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 55, de 10 de septiembre de 2020.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero:Ordenar la inscripción, registro y depósito del Plan de Igualdad de la Empresa System Centros de Formación S.L.
Código 41100692112021.
Segundo:Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
En Sevilla a 27 de julio de 2021.La Delegada Territorial, María Mar Rull Fernández.
PLAN DE IGUALDAD DE SYSTEM CENTROS DE FORMACIÓN

1.Presentación.
A través del anexo como documento 1 se promueve la negociación del plan de igualdad de la empresa según el artículo 5 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
System Centros de Formación, S.L. con CIF B41273392 y domicilio social en plaza Duque de la Victoria 1, 41002 Sevilla, en adelante la empresa, cuyo representante legal es José Folgado Astasio, desde este momento adquiere el siguiente compromiso:
La empresa declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra Política Corporativa y de Recursos Humanos, de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
En todos y cada uno de los ámbitos en que se desarrolla la actividad de esta empresa, desde la selección a la promoción, pasando por la política salarial, la formación, las condiciones de trabajo y empleo, la salud laboral, la ordenación del tiempo de trabajo y la conciliación, asumimos el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, atendiendo de forma especial a la

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 31/8/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date31/08/2021

Page count34

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

Download this edition

Other editions