Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 30/4/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

48

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 98

Viernes 30 de abril de 2021

Artículo 46.Medidas provisionales para las infracciones muy graves y graves.
1. Iniciado el procedimiento sancionador, la autoridad administrativa instructora podrá adoptar, previa motivación, las siguientes medidas provisionales en los casos de presunta comisión de infracciones graves o muy graves:
a La retirada preventiva de los animales y la custodia de los mismos en los centros para la recogida de animales.
b La suspensión temporal de autorizaciones.
c La clausura preventiva de las instalaciones, locales o establecimientos.
2. Las medidas provisionales se mantendrán mientras persistan las causas que motivaron su adopción.
Artículo 47.Procedimiento.
1. El procedimiento sancionador se ajustará a los principios de la potestad sancionadora regulados en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, y a las normas procedimentales autonómicas y municipales vigentes.
Artículo 48.Competencia sancionadora.
1. El Ayuntamiento es competente para conocer y sancionar las infracciones leves.
2. En los demás supuestos el Ayuntamiento de Santiponce dará traslado a la Administración Pública competente de la presunta comisión de infracciones graves o muy graves.
3. En los supuestos en que las infracciones puedan ser constitutivas de delito o falta, la autoridad competente podrá acordar la incautación del animal hasta tanto la autoridad judicial provea acerca del mismo, debiendo dar traslado inmediato de los hechos al órgano jurisdiccional competente.
Capítulo II.De los animales potencialmente peligrosos Artículo 49.Infracciones, sanciones y procedimiento sancionador.
Los incumplimientos de la normativa básica en materia de animales potencialmente peligrosos y de las disposiciones previstas en esta Ordenanza serán sancionadas de acuerdo con el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, y subsidiariamente, en lo no previsto por la misma, será de aplicación la Ley 11/2003, de 24 de noviembre.
Disposición adicional.
El requisito de la superación del curso específico sobre adiestramiento básico previsto en el artículo 18.2 e para la obtención de la licencia, será exigible a partir de la entrada en vigor de la Orden que regule los contenidos del citado curso, la cual está actualmente en tramitación según instrucción de 10 de mayo de 2010 emitida por la Dirección General de espectáculos públicos y juegos de la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía.
Disposición derogatoria.
Queda derogada la Ordenanza municipal sobre tenencia de animales de compañía y animales potencialmente peligrosos aprobada por el Excmo. Ayuntamiento de Santiponce en el año 2016.
Disposición final.
La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.
34W-2948

TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

Dirección del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. Bellavista, 41014-Sevilla.
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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 30/4/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date30/04/2021

Page count48

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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