Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 26/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 26 de mayo de 2020

Número 120

AYUNTAMIENTOS

BORMUJOS
Don Francisco Miguel Molina Haro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Por la presente se comunica que por parte de esta Alcaldía con fecha 16 de mayo del año dos mil veinte, se ha dictado Resolución número 787/2020, que a continuación se transcribe literalmente:
Resolución en virtud de la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Ayuntamiento de Bormujos destinadas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19 sobre empresarios y autónomos del municipio especialmente afectados por el cierre obligatorio de sus actividades como medida para facilitar su reapertura tras el levantamiento del estado de alarma.
Antecedentes:
Vistos los preceptos legales aplicables:
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones tiene por objeto la regulación del régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las Administraciones Públicas, y trata de responder adecuadamente a las necesidades que la actividad de las Administraciones publicas exige actualmente en los distintos aspectos contemplados.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las administraciones públicas, así como los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.
La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Bormujos, tiene por objeto la regulación del procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones municipales, en el marco del régimen jurídico definido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
La Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local y la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de la Junta de Andalucía.
Visto los informes:
De la Intervención Municipal de fecha 14 de mayo de 2020, de fiscalización donde se constata la existencia de consignación presupuestaria.
Y de la Secretaria Municipal relativo al régimen jurídico y competencial de fecha 13 de mayo de 2020.
En virtud de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en uso de las atribuciones que me confiere la Resolución de la Alcaldía número 1684/2019, de 25 de septiembre.
La presente convocatoria de Ayudas se aprueban de conformidad con la disposición adicional tercera, apartado 4º del RD
463/2020, de 14 de marzo.
Resuelvo Primero. Aprobar la convocatoria para el año 2020 y las Bases Reguladoras de las Ayudas del Ayuntamiento de Bormujos destinadas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19 sobre empresarios y autónomos del municipio, especialmente afectados por el cierre obligatorio de sus actividades como medida para facilitar su reapertura tras el levantamiento del estado de alarma, cuyo tenor literal dice:
Bases reguladoras de las ayudas del Ayuntamiento de Bormujos destinadas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19 sobre empresarios y autónomos del municipio especialmente afectados por el cierre obligatorio de sus actividades como medida para facilitar su reapertura tras el levantamiento del estado de alarma.
Las competencias de las entidades locales vienen determinadas con carácter general, por un lado, en la normativa básica de régimen local emitida por la Administración del Estado en el ejercicio del artículo 149.1.18 de la Constitución Española, estoy es Ley 7/85, de 2 de abril reguladora de las bases del Régimen Local, y, por otro, por la normativa de desarrollo en materia de régimen local de la Junta de Andalucía que ha sido emitida al amparo de lo dispuesto en el artículo 60 del Estatuto de Autonomía, Ley 5/2010, de 11
de junio de autonomía local.
Por su parte, el Tribunal Constitucional ha clarificado que, el régimen competencial dispuesto en la normativa básica estatal no tiene naturaleza cerrada, sino de mínimos, de forma que la legislación sectorial de las CCAA puede, en el marco de sus competencias, atribuir ámbitos de gestión en los que las entidades locales puedan desarrollar iniciativas de su interés, dado que el artículo 7.2 de la citada LRBRL dispone que las competencias propias de los municipios, las Islas, y demás entidades territoriales solo podrán ser determinadas por Ley y se ejercen en régimen de autonomía y bajo la propia responsabilidad, atendiendo siempre a la debida coordinación en su programación y ejecución con las demás administraciones públicas.
El artículo 25.1.e de la LRBRL establece que las entidades locales son competentes para la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social y el artículo 9, apartado 21 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de la Junta de Andalucía establece que las entidades locales serán competentes para el fomento del desarrollo económico y social en el marco de la planificación autonómica.
Con la habilitación normativa anterior y a la vista del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma como medida extraordinaria orientada a evitar la propagación de contagios y a garantizar la máxima protección de la población a raíz de la propagación del coronavirus COVID19, el Ayuntamiento de Bormujos, ante la situación excepcional de crisis sanitaria y de los efectos negativos que tendrá en el sector económico local, pretende llevar a cabo medidas de apoyo al tejido económico, que evite, en la medida de lo posible, el cierre de pequeños comercios, el aumento del desempleo en la localidad, y por consiguiente, el incremento del riesgo de exclusión social de estos colectivos.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 26/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date26/05/2020

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First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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