Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 20/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA
Fotocopia de la Licencia o Declaración Responsable de actividad a nombre del solicitante
Croquis o plano de situación del emplazamiento exacto objeto de solicitud y de los elementos de mobiliario a instalar
Documento acreditativo de hallarse al corriente en el pago del seguro de responsabilidad civil e incendios del establecimiento principal, que deberá extender su cobertura a los posibles riesgos que pudieran derivarse del funcionamiento de la instalación de terrazas y veladores
Plano con el SIA símbolo internacional de accesibilidad si cumple los requisitos, siendo responsable si ello no es cierto Contrato con la empresa suministradora de la energía con que cuente la instalación de estufas de exterior Miércoles 20 de mayo de 2020
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 11537
Relación de elementos homologados de mobiliario que se pretendan instalar, referidos a número de mesas y sillas, elementos auxiliares, ambos con sus características técnicas Quien suscribe, cuyos datos personales se consignan, SOLICITA le sea concedida la correspondiente licencia en las condiciones establecidas en la legislación aplicable al efecto, haciéndose responsable de la veracidad de los datos aportados, del cumplimiento de los requisitos exigidos, de las consecuencias administrativas, civiles y penales que lleva aparejada la inexactitud, falsedad o falta de veracidad de los datos o documentos aportados y que es conocedor del régimen jurídico en precario de la instalación
Firma del Solicitante Campo obligatorio
En Las Navas de la Concepción a 15 de mayo de 2020.El Alcalde, Andrés Barrera Invernón.
En Las Navas de la Concepción a 15 de mayo de 2020.

8W-2499

TOMARES
EL
ALCALDE
Fdo.:
Invernón Don José Luis Sanz Ruiz, Alcalde Presidente del Andrés Excmo. Barrera Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que por esta Alcaldía se ha dictado Resolución núm. 481/2020 de fecha 27 de abril de 2020, que literalmente transcrita dice así:
Don José Luis Sanz Ruiz, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Tomares, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local y el R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Delegación firma certificados empadronamiento:
Vista la necesidad de agilizar al máximo el trámite administrativo de obtención de los certificados de empadronamiento por los ciudadanos de este Municipio, que en modo presencial o telemáticamente así lo soliciten, en beneficio de los mismos y en aras de una mejor atención y prestación de los servicios que atiende este Ayuntamiento.
Visto lo preceptuado en los artículos 3 del Real Decreto 128/2018, de 17 de marzo de 2018, El Real Decreto Legislativo 2/2004
de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y el art. 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Visto lo dispuesto en el art. 61 del Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial en la Entidades Locales, en el que se dispone que Las certificaciones a que se refiere el artículo 53.1 del presente Reglamento serán expedidas por el Secretario del Ayuntamiento o funcionario en que delegue, de conformidad en lo dispuesto en los artículos 204 y 205 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:
Primero.Autorizar la delegación de firma de los certificados de empadronamiento y convivencia en el funcionario de este Ayuntamiento don Juan Manuel Hueso González con DNI: 28725383-Q.
Segundo.La presente delegación de firma no altera la competencia del Sr. Secretario General, que es quien ostenta, y podrá ser avocada en cualquier momento, cuando este así lo considere oportuno.
Tercero.La ejecutividad de este Decreto será inmediata, no siendo necesaria su publicación para su plena eficacia y validez, conforme a lo establecido en el art. 12.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.Notificar al interesado la presente resolución, así como ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la provincia.
En Tomares, don José Luis Sanz Ruiz, Alcalde. Doy fe, don Antonio Díaz Arroyo, Secretario General.
Lo que se le notifica a los efectos de su conocimiento y se le indica que de conformidad con la D.A. 3 del Real Decreto 463/2020
de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma, los plazos para presentar los recursos correspondientes quedan suspendidos. No obstante, la interposición del recurso que proceda implica la renuncia a la suspensión del plazo correspondiente. Una vez pierda vigencia dicha suspensión de los plazos o sus posibles prórrogas, se le indica que contra el presente acto/acuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, ante el mismo órgano que dicta el acto/acuerdo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente en que pierda la vigencia dicha suspensión de los plazos o sus posibles prórrogas. Si se optara por interponer el recurso de reposición contencioso administrativo hasta que aquél sea Estado resuelto expresamente o ysehora haya producido Código Seguro Depotestativo Verificación: no podrá interponer recurso faWsjYHYfFPLW7P28dYP2A==
Fecha su desestimación por silencio.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición se notifique su resolución, Firmado Por Andrés Barrera Invernón Firmado sin que15/05/2020
11:11:13
se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso Observaciones Página 26/26
contenciosoJuzgado de lo Contencioso-Administrativo o Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Url De Verificación administrativo ante el https portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/faWsjYHYfFPLW7P28dYP2A==
Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias, En el plazo de seis meses, contados desde el siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias, en el plazo de dos meses, contados, igualmente, desde el día siguiente en que pierda vigencia dicha suspensión de los plazos o sus posibles prórrogas. No obstante, podrá interponerse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Tomares a 4 de mayo de 2020.El Alcalde-Presidente, José Luis Sanz Ruiz.
36W-2406

VILLANUEVA DEL ARISCAL
Corrección de errores Don Martín Torres Castro, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que mediante resolución de la Alcaldía n.º 2020-0501 de 13 de mayo 2020, quedó aprobada la Rectificación de error de hecho apreciada en las Bases y Convocatoria para la provisión de tres plazas de Policía Local.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 20/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date20/05/2020

Page count38

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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