Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 29/8/2019

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Jueves 29 de agosto de 2019

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 200

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en el desempeño de su trabajo, de las funciones y tareas encomendadas. Asimismo, se valora el especial interés e iniciativa mostrado a lo largo de su trayectoria profesional en este Ayuntamiento del empleado/a público.
Con la asignación del Complemento de Productividad se pretende:
f Mejorar el funcionamiento de la organización y aumentar la satisfacción de los ciudadanos en relación con los servicios prestados por los empleados del Consistorio.
g Estimular una mayor eficiencia en la utilización de los recursos públicos y mayor calidad en su gestión.
h Fomentar la iniciativa, el interés y el trabajo bien hecho de los/las empleados/as públicos/as.
i Desincentivar el absentismo laboral.
j Estimular el rendimiento y la productividad profesional y personal.
La implementación y desarrollo del nuevo SED, debe efectuarse de manera gradual, tal y como requiere un sistema de estas características, previendo para ello un período de adaptación, donde no se perjudique al empleado/a público y la administración aplique los nuevos parámetros para su evaluación.
En cuanto al cambio en la cultura organizativa, teniendo en cuenta la percepción de retribuciones en función del cumplimiento de una serie de criterios ligados al hacer profesional y a la consecución de objetivos o logro de resultado de cada empleado/a público, así como su futura implementación en aspectos cruciales del desarrollo de las personas en las organizaciones como son los relativos a promoción y carrera profesional y formación. Los nuevos criterios que se desarrollan, a continuación tendrán efectividad desde el día de su publicación, conformando de esta manera un sistema global de evaluación, junto con el criterio aprobado por el Pleno en su día.
Así pues, de acuerdo con los conceptos que integran el complemento de productividad, los criterios a tener en cuenta serían los siguientes:

Especial rendimiento.

Actividad extraordinaria.

Interés.

Iniciativa.

Trayectoria y actuación profesional.
En virtud de lo expuesto, y en orden a la determinación y concreción del desarrollo de los nuevos criterios, habrán de tenerse en cuenta los siguientes parámetros e indicadores, que serán objeto de evaluación con carácter anual:
Disposiciones transitorias.
Primera. Debido a la complejidad que resulta el establecimiento de un sistema de tipo, se establece un período transitorio, para la implantación del presente SED de 3 años, que incluye los ejercicios de los años 2018, 2019 y 2020.
Segunda. El Plan Colectivo de Productividad General PCPG, tenía que haber sido desarrollado durante el primer semestre de año 2018, tras la aprobación del Acuerdo del Personal Funcionario y del Convenio del Personal Laboral, tal y como disponen los artículos 31 y 23 respectivamente y con el objetivo de paliar las consecuencias a los empleados/as públicos tras la eliminación de conceptos retributivos que se venían percibiendo y no poder cumplir las condiciones del artículo 9.3.a, los empleados/as públicos que durante dicho período y hasta la finalización del período transitorio de la disposición transitoria primera, cumpliesen 25 años o más en períodos de 5 años, percibirán una gratificación equivalente a una mensualidad del salario, no pudiendo optar durante el año de cumplimiento, a la percepción de la cantidad asignada a los programas aprobados en el presente PCPG.
Tercera. En el mes de julio del año 2019, se revisará la cantidad presupuestada, para en su caso ampliar dicha dotación, si los presupuestos municipales lo permiten.
Cuarta. Durante el período transitorio se estudiará la forma de refundir en uno solo texto, los programas de productividad de las distintas Áreas y Departamentos. Así mismo, se estudiará la forma de realización de un documento unificado común para el/la Empleado/a Público del Excmo. Ayuntamiento de La Puebla del Río Sevilla.
La Puebla del Río a 1 de agosto de 2019.El Alcalde, Manuel Bejarano Álvarez.
36W-5758
SALTERAS
Doña María del Carmen de los Santos Polvillo, Alcaldesa en funciones del Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local del municipio de Salteras en sesión ordinaria celebrada en fecha 19 de agosto de 2019, adoptó acuerdo de modificación de los precios públicos de actividades deportivas para la temporada de invierno, cuya parte dispositiva se hace pública en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45.1.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas LPACAP.
Primera:Aprobar los siguientes precios públicos de las actividades deportivas de la temporada de invierno:
Cursos de natación El precio corresponde al mes completo
Matrícula anual Natación adultos 3 días Natación adultos 2 días Mantenimiento 3 edad 3 días Mantenimiento 3 edad 2 días Natación niños 2 días Natación niños sábados Natación terapéutica Aquagym Matronatación 2 días
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TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Date29/08/2019

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First edition02/11/1999

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