Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/3/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe
nacionales e internacionales;
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas a éste Poder Ejecutivo por el Artículo 72
inciso 19 de la Constitución de la Provincia y los Artículos 1 y 4º inciso l de la Ley N 8094, y conforme a lo dispuesto por el Artículo 128 de la Constitución Nacional, y los Artículos 4º, 6º, 7º y 31 del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU Nº 125/21 del Poder Ejecutivo Nacional;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1: Adhiérese la Provincia de Santa Fe, en cuanto fuere materia de su competencia, a las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU N 125/21 del Poder Ejecutivo Nacional; por cuyo artículo 2 se establece hasta el día 12 de marzo de 2021 inclusive el distanciamiento social, preventivo y obligatorio en los términos ordenados por dicho acto, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los Partidos y Departamentos de las provincias argentinas mencionadas en su Artículo 3, el que comprende entre otros a todos los Departamentos de ésta.
ARTÍCULO 2º: Prorrógase, desde su vencimiento y hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive, la validez y vigencia de las habilitaciones, permisos, licencias o autorizaciones que otorga la Provincia o cualquiera de sus reparticiones dependientes del Poder Ejecutivo, cuyo vencimiento opere con anterioridad a esa fecha, y cuya renovación deba tramitarse indefectiblemente de manera presencial en las reparticiones públicas correspondientes.
ARTÍCULO 3: Dése cuenta de lo dispuesto en el presente Decreto al Poder Ejecutivo Nacional, por conducto de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
PEROTTI
Dra. Sonia Felisa Martorano 32804
SUBSECRETARÍA DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RECTIFICATORIA N.º 2 Y
NUEVA FECHA DE APERTURA
LICITACIÓN PÚBLICA N 22 / 21