Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 27/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CUARTA: EL PROVEEDOR acepta de conformidad la modalidad de pago propuesta por la PROVINCIA y manifiesta que una vez efectivizado el mismo no tendrá más nada que reclamar respecto a LA DEUDA. El convenio, en tal sentido, importa el reconocimiento administrativo de las obligaciones mencionadas en el mismo, y su correspondiente aceptación, todo lo cual implica que se ha sustituido o novado la obligación original y de cualquiera de sus accesorios, así como la extinción de todos los efectos inmediatos, mediatos y remotos que la imposibilidad de cumplir sus obligaciones por parte de cualquiera de los organismos deudores , pudieran provocar o haber provocado, y todo de modo tal que la cancelación del reconocimiento extinguirá definitivamente las obligaciones del régimen QUINTA: LA PROVINCIA fija su domicilio en Casa de Gobierno, sito en 3 de febrero N 2649 de la ciudad de Santa Fe, EL PROVEEDOR fija su domicilio en DOMICILIO PROVEEDOR, siendo los domicilios válidos a todo efecto hasta tanto constituyan las partes unos diferentes y así lo hagan saber fehacientemente a la otra parte.
SEXTA: Las partes se someten a la jurisdicción ordinaria de los Tribunales con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Santa Fe, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, incluido el Federal.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a idéntico efecto en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los . días del mes de.de 2020.

Anexo I al CONVENIO DE PAGO A PROVEEDORES Y CONTRATISTAS

Nota de Aceptación de Pago En carácter de apoderado/titular del Beneficiario de Pago _______________________ CUIT_____________, aceptamos en pago de la/s Orden/es de Pago abajo detalladas con Títulos de Deuda Decreto N 415/2020 y/o con ____________________________________ en la proporción detallada debajo.
La recepción del pago descripto importa la extinción irrevocable, desde la fecha, de las obligaciones por cuya causa se formalizó su entrega, implicando ello la renuncia irrevocable y de pleno derecho a cualquier reclamo judicial o administrativo -presente o futuropor el cobro de dichas deudas, intereses, accesorios, o cualquier otro concepto, desde la efectiva recepción del pago descripto.

Ciudad de Santa Fe, .. de 2020.ANEXO II

CONVENIO PARA LA EMISIÓN Y RECEPCIÓN DE TÍTULOS
PROVINCIA DE SANTA FE - NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.

En la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Provincia de Santa Fe, a los ___ días del mes de _____ de2020, se celebra el presente convenio para la operatoria de emisión y recepción de títulos en adelante, el Convenio, entre:
1. El Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en adelante, el Banco, con domicilio en la calle Tucumán 2545, Piso 2
de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Provincia de Santa Fe, representado en este acto por los apoderados que suscriben al pie, con facultades suficientes para este acto; y 2. La Provincia de Santa Fe en adelante, la Provincia y, junto con el Banco, las Partes, con domicilio en calle 3 de Febrero 2649 de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Provincia de Santa Fe, representada en este acto por el Sr. Ministro de Economía, CPN Walter Alfredo Agosto, con facultades suficientes para este acto, conforme lo establece el Decreto Nº ________.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 27/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date27/05/2020

Page count22

Edition count513

First edition03/05/2002

Last issue18/08/2023

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