Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 27/3/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

DECRETO N 0429
Santa Fe, 14 de Marzo de 2003
VISTO:
El expediente N 00201-0085964-9 del S.I.E., mediante el cual se gestiona la creación de un nuevo Comité de Gestión Alimentaria; y CONSIDERANDO:
Que la crisis socio económica imperante en el país y por ende en nuestra Provincia motivó, en abril de 2002, la creación del Comité de Gestión Alimentaria Decreto 581, raticado por Ley 12.016;
Que, cumplido su período de vigencia, dicho Comité fue implementado nuevamente por Decreto 2948 de fecha 6 de noviembre de 2002, raticado por Ley 12.102;
Que se mantienen las condiciones que dieron sustento a la creación del Comité y por lo tanto subsiste la urgencia en la provisión de alimentos a los sectores más desprotegidos de nuestra sociedad, lo que amerita contar con medios expeditos de adquisición de tales elementos;
Que por Acta N 3, el Comité de Gestión Alimentaria Decreto 2948/02 - Ley 12.102 decidió solicitar la continuidad del mismo hasta el 10 de diciembre del corriente año, ampliar el número de miembros que lo integran y, consecuentemente, el número de rmas que conforman el quórum para decidir las adjudicaciones;
Que para ello resulta imprescindible volver a crear el Comité de Gestión Alimentaria;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Créase el Comité de Gestión Alimentaria para coordinar y ejecutar la ágil adquisición de productos alimentarios necesarios para la atención urgente de las necesidades básicas de los sectores vulnerables de nuestra sociedad.
ARTICULO 2.- El Comité creado en el Artículo anterior funcionará en la órbita del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto y estará integrado por el Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Culto; por los Señores Secretarios de Estado de Trabajo y Seguridad Social y de Promoción Comunitaria; por los Señores Subsecretarios de Municipios, de Comunas, de Trabajo y de Logística del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, por el Director Provincial de Logística de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria y el Director General de Ingresos Públicos y Política Fiscal del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
ARTICULO 3.- El aludido comité tendrá facultades para la adquisición urgente y aún directa de alimentos -para el destino mencionado en el Artículo 1 del presente - mediante procedimientos de contratación ágiles y expeditos, con plazos abreviados en cualquiera de las etapas que corresponden a una gestión de este tipo.
ARTICULO 4.- Para el cumplimiento de su cometido, el órgano creado, contará con los recursos asignados a tal n y los que recepcione por aportes que le corresponden al Gobierno Nacional.
ARTICULO 5.- Las contrataciones y pagos serán resueltos directamente por el Comité sin otro requisito que la emisión de los decisorios pertinentes, debiendo efectuar las adjudicaciones con la rma de al menos cinco 5 de sus miembros. Tales decisorios estarán sujetos al control del Honorable Tribunal de Cuentas.
Vencido el plazo de vigencia del presente, el Comité deberá informar a ambas Cámaras Legislativas sobre las contrataciones y pagos efectuados.
ARTICULO 6.- Exceptúanse las tramitaciones de gastos que deba efectuar el Comité de las

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 27/3/2003

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date27/03/2003

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Edition count513

First edition03/05/2002

Last issue18/08/2023

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