Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 20/2/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

III.3. Equipo de Atención Primaria E.A.P. y su red prestacional.
Es el equipo interdisciplinario de salud, del primer nivel de atención, compuesto por Médicos de Familia, Enfermeros de Atención Primaria y Agentes Comunitarios.
Cada E.A.P. tendrá un padrón de beneciarios bajo su responsabilidad, para brindarles los aspectos asistenciales establecidos en el paquete de prestaciones del S.S.P.. Estos beneciarios constituirán la población a su cargo.
Cada beneciario tendrá asignado un E.A.P.. Independientemente de su E.A.P. y del médico que lo integre, los beneciarios poseen la posibilidad de elegir libremente un médico de familia -diferente al de su E.A.P.-, pudiendo cambiar de médico hasta dos veces por año. El profesional a elegir será de la lista de médicos del S.S.P. que confeccione la Unidad Ejecutora del Programa de Seguro de Salud U.E.P.S..
Los E.A.P. y, en su caso, el médico elegido por el beneciario - médico que no integre su E.A.P.- tendrá a su cargo la prestación del paquete del S.S.P.. Para ello articulará su trabajo con profesionales de otras especialidades con los cuales actuará para asegurar la prestación integral del paquete bioquímicos, odontólogos, farmacéuticos, radiólogos, etc..
Los E.A.P. deben gestionar una primer consulta para cada beneciario en la cual se abrirá su Historia Clínica Familiar e Individual. Es una consulta por cada beneciario cualquiera fuera su edad, más allá que la citación fuera por grupo familiar.
III.5. Sistema de contratación y de pago Es el componente que relaciona la estructura administradora U.E.P.S. con los prestadores del S.S.P., en cuanto a los estándares, metas y formas de pago por las prestaciones brindadas a los beneciarios.
Los integrantes de los E.A.P. serán incorporados como prestadores del S.S.P., mediante un proceso de selección que garantice la conformación de equipos con un perl generalista y con un alto compromiso con los objetivos del S.S.P.. Se tendrá en cuenta la evaluación que, sobre los profesionales de la zona, efectúe la propia comunidad.
Se establecerá un sistema inicial de incentivos a la producción, al cumplimiento del paquete y de las normas establecidas por los Programas Provinciales de Salud. Los incentivos considerarán la cantidad de la población a cargo. Asimismo se atenderá a los resultados de encuestas de satisfacción de los usuarios que deberán efectuarse con regularidad.
Para el segundo nivel y especialidades se evaluarán modalidades de pagos por servicios, capitados o en forma mixta según la mejor conveniencia de los objetivos del programa.
En los casos en los que se incorpore a los E.A.P. personal estatal -actualmente dependiente del sistema público de salud provincial, se garantizará no afectar su carrera ni su nivel de ingreso.
III.8. Unidad Ejecutora del Programa de Seguro de Salud Provincial U.E.P.S.
El Ministerio de Salud y Medio Ambiente determinará la estructura responsable de la administración de los servicios del S.S.P.
Lo administrará a través de una Unidad Ejecutora del Programa de Seguro de Salud U.E.P.S.
que deberá cumplimentar la administración de los fondos del S.S.P. con arreglo a la reglamentación general y particular vigente y en el marco de las políticas jadas por el Ministerio de Salud y Medio Ambiente.
Coordinará todo lo atinente al desarrollo del S.S.P., a la actualización del padrón, a la denición del paquete, a la evaluación de la calidad de los prestadores, al diseño de contratos de gestión y a las modalidades de pago.
La U.E.P.S. se conformará como un equipo de trabajo que tendrá como funciones la administración y control del padrón de beneciarios, la selección, contratación y auditoría de los prestadores, la administración de los recursos destinados al S.S.P., el desarrollo de tareas

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 20/2/2003

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date20/02/2003

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