Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 4

Santa Rosa, 23 de octubre de 2020

Evitar las aglomeraciones que pudieran producirse al ingreso a la reunión programada.
En todo momento se deberá mantener una distancia mínima de 2 metros.
Usar barbijo quirúrgico en todo momento, recambiándolo cada 6 hs de uso o cuando éste se ensucie o humedezca. Si por alguna razón debe retirárselo, garantizar el distanciamiento social mínimo indicado.
Evitar cualquier tipo de intercambio de papeles u objetos, salvo extrema necesidad.
Mantener higiene y desinfección de manos frecuentemente.
Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar un pañuelo descartable al estornudar o toser.
Se debe disponer de recipientes para el desecho de los pañuelos o barbijos usados que no requieran de manipulación.
Solicitar en la medida de lo posible las personas que comparten la reunión lleven adelante también el protocolo establecido de manera universal.
Organizar los espacios con el fin de asegurar el distanciamiento mínimo que debe mantenerse entre las personas que se encuentren dentro de un mismo ambiente.
Prestar especial atención al momento de ingerir alimentos o bebidas ya que debe retirarse el barbijo por lo que debe asegurar se el distanciamiento y la higiene de superficies en ese momento.
No tocarse la cara boca, ojos, nariz sin previa y posterior higiene de manos.
Ventilar regularmente y de manera natural los ambientes, garantizando la circulación de aire.
No compartir alimentos, ni utensilios, ni artículos de higiene personal o de librería lapiceras.
Limpiar y desinfectar constantemente aquellos objetos que se usan con frecuencia teclados, mouses, monitores, lapiceras, anteojos, teléfonos, cargadores, billeteras, etc., así como también las superficies de contacto frecuente.
Deben colocarse dispensadores con soluciones desinfectantes de manera accesible para una adecuada higiene de manos.
6.- MEDIDAS DE AISLAMIENTO AL REGRESAR A
LA PROVINCIA
Las AUTORIDADES SUPERIORES DEL PODER
EJECUTIVO que deban trasladarse a localidades de otras provincias y regresar a la Provincia de La Pampa, quedan EXCEPCIONADAS según lo dispuesto por el último párrafo del artículo 4º y apartado 2 del artículo 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia 792/20 de cumplir el AISLAMIENTO
SOCIAL
PREVENTIVO
Y OBLIGATORIO y LA PROHIBICION DE CIRCULAR
de 14 días, siempre que entre el egreso y el posterior ingreso a la Provincia no haya transcurrido un plazo mayor a las 48 horas.
En caso contrario, deberán cumplir con los 14 días de AISLAMIENTO
SOCIAL
PREVENTIVO
Y OBLIGATORIO Y LA PROHIBICION DE CIRCULAR.

BOLETÍN OFICIAL N 3437

7.- CONDUCTAS Y MEDIDAS DE PREVENCIÓN
DEL CONDUCTOR DE VEHICULO OFICIAL
Se considera de suma importancia que el conductor del vehículo terrestre encargado de los traslados del personal superior del Poder Ejecutivo, adopte medidas estrictas de prevención durante los viajes desde la Provincia de La Pampa hacia otras provincias, para evitar posibles exposiciones a la comitiva.
Tomará los recaudos para que la reposición de combustible se realice en zonas de no circulación de COVID- 19.
En tal sentido se deberá llevar adelante una conducta precisa basada en las siguientes recomendaciones:
Higienizarse frecuente de manos con agua y jabón frotándose durante 40 a 60 segundos incluyendo las muñecas. Secar las manos al aire libre o con papel descartable. Cuando no esté al alcance el lavado de manos, usar alcohol en gel.
Evitar tocarse la cara boca, ojos, nariz, sin previa higiene de las manos.
Limpiar y desinfectar constantemente aquello que manipula de modo usual, ej. volante, picaporte, luneta, y vidrios. También objetos personales ej.
billeteras, lapiceras, anteojos, teléfonos y cargadores. Para esto deberá tener suficiente solución desinfectante para todo el viaje.
Es obligatorio el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón. Decreto provincial 825/20.
Se deberá planificar el viaje hacia el destino final, teniendo cuenta el consumo de combustible, de tal manera de garantizar la carga la menor cantidad de veces posibles y siempre en localidades SIN CIRCULACIÓN DEL
VIRUS.
Asimismo, se deberá disminuir al máximo posible, el descenso del vehículo por motivos innecesarios.
En el caso de paradas intermedias antes de llegar a destino, GARANTIZAR QUE NO SEA EN LOCALIDADES
CON CIRCULACIÓN DEL VIRUS y evitar contacto con otras personas.
NO se deberá hacer uso de baños públicos en localidades con circulación del virus durante el viaje.
Deberá llevar consigo la bebida y comida necesaria para todo el viaje, y NO PODRA DESCENDER A REALIZAR
COMPRAS fuera de la Provincia. No podrá descender a comer en restaurantes.
El conductor no deberá establecer contacto físico con otras personas, a excepción del personal que traslada, durante el viaje o estadía.
Deberá garantizar la ventilación del vehículo de manera frecuente.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Res. N 651 -14-X-20- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor de la Asociación Recreativa de Fomento y Cultura Lonquimay Club, Personería Jurídica N 198
con sede en la localidad de Lonquimay, por la suma de $50.000,00, destinado a solventar gastos de

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/10/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date23/10/2020

Page count22

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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