Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 15/5/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa
BOLETÍN OFICIAL N 3414
Santa Rosa, 15 de mayo de 2020
localidad de Trenel, Personería Jurídica Nº 65, por la suma de $50.000,00 destinado a solventar gastos de funcionamiento, en el marco del Decreto Nº 709/20.Art. 2º.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social liquidará y pagará la suma mencionada a la entidad citada en el artículo anterior con cargo:
Jurisdicción E - Carácter 0 - Cuenta 0 - U.O. 30 - F.y F.
440 - Sección 1 - P.P. 30 - p.p. 06 - p.s.p. 06 - C.L. 00 S.C.L. 000, del Presupuesto vigente.Art. 3º.- Comuníquese a la Institución Club Social y Deportivo Trenel, que dentro del plazo de 90 días corridos, contados desde la recepción del beneficio que se acuerda por el artículo 1º, deberá presentar ante la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social la pertinente rendición documentada de cuentas, justificativa de la inversión del subsidio otorgado, para su elevación al Tribunal de Cuentas de la provincia de acuerdo a lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Provincial y 1º inciso d del Decreto Ley Nº 513/69, para su fiscalización.Res. N 291 -6-V-20- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor del Club Deportivo Argentino, con sede en la localidad de Quemú Quemú, Personería Jurídica Nº 221, por la suma de $40.000,00, destinado a solventar gastos de funcionamiento, en el marco del Decreto Nº 709/20.Art. 2º.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social liquidará y pagará la suma mencionada a la entidad citada en el artículo anterior con cargo:
Jurisdicción E - Carácter 0 - Cuenta 0 - U.O. 30 - F.y F.
440 - Sección 1 - P.P. 30 - p.p. 06 - p.s.p. 06 - C.L. 00 S.C.L. 000, del Presupuesto vigente.Art. 3º.- Comuníquese a la Institución Club Deportivo Argentino, que dentro del plazo de 90 días corridos, contados desde la recepción del beneficio que se acuerda por el artículo 1º, deberá presentar ante la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social la pertinente rendición documentada de cuentas, justificativa de la inversión del subsidio otorgado, para su elevación al Tribunal de Cuentas de la provincia de acuerdo a lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Provincial y 1º inciso d del Decreto Ley Nº 513/69, para su fiscalización.Res. N 292 -6-V-20- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor del Club Los Ranqueles de Cayupán, con sede en la localidad de Catriló, Personería Jurídica Nº 454, por la suma de $40.000,00, destinado a solventar gastos de funcionamiento, en el marco del Decreto Nº 709/20.Art. 2º.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social liquidará y pagará la suma mencionada a la entidad citada en el artículo anterior con cargo:
Jurisdicción E - Carácter 0 - Cuenta 0 - U.O. 30 - F.y F. 440 - Sección 1 - P.P. 30 - p.p. 06 - p.s.p. 06 - C.L. 00
- S.C.L. 000, del Presupuesto vigente.Art. 3º.- Comuníquese a la Institución Club Los Ranqueles de Cayupán, que dentro del plazo de 90 días corridos, contados desde la recepción del beneficio que se acuerda por el artículo 1º, deberá presentar ante la
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Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social la pertinente rendición documentada de cuentas, justificativa de la inversión del subsidio otorgado, para su elevación al Tribunal de Cuentas de la provincia de acuerdo a lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Provincial y 1º inciso d del Decreto Ley Nº 513/69, para su fiscalización.Res. N 293 -6-V-20- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor del Club Social y Deportivo Domingo Faustino Sarmiento, con sede en la ciudad de Santa Rosa, Personería Jurídica Nº 58, por la suma de $50.000,00, destinado a solventar gastos de funcionamiento, en el marco del Decreto Nº 709/20.Art. 2º.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social liquidará y pagará la suma mencionada a la entidad citada en el artículo anterior con cargo:
Jurisdicción E - Carácter 0 - Cuenta 0 - U.O.30 - F.y F.
440 - Sección 1 - P.P. 30 - p.p. 06 - p.s.p. 06 - C.L. 00 S.C.L. 000, del Presupuesto vigente.Art. 3º.- Comuníquese a la Institución Club Social y Deportivo Domingo Faustino Sarmiento, que dentro del plazo de 90 días corridos, contados desde la recepción del beneficio que se acuerda por el artículo 1º, deberá presentar ante la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social la pertinente rendición documentada de cuentas, justificativa de la inversión del subsidio otorgado, para su elevación al Tribunal de Cuentas de la provincia de acuerdo a lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Provincial y 1º inciso d del Decreto Ley Nº 513/69, para su fiscalización.Res. N 294 -6-V-20- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor del Club Agrario Argentino, con sede en la localidad de Parera, Personería Jurídica N.º 565, por la suma de $ 65.000,00 destinado a solventar gastos de funcionamiento, en el marco del Decreto Nº 709/20.Art. 2º.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social liquidará y pagará la suma mencionada a la entidad citada en el artículo anterior con cargo:
Jurisdicción E - Carácter 0 - Cuenta 0 - U.O. 30 - F.y F.
440 - Sección 1 - P.P. 30 - p.p. 06 - p.s.p. 06 - C.L. 00 S.C.L. 000, del Presupuesto vigente.Art. 3º.- Comuníquese a la Institución Club Agrario Argentino, que dentro del plazo de 90 días corridos, contados desde la recepción del beneficio que se acuerda por el artículo 1º, deberá presentar ante la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social la pertinente rendición documentada de cuentas, justificativa de la inversión del subsidio otorgado, para su elevación al Tribunal de Cuentas de la provincia de acuerdo a lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Provincial y 1º inciso d del Decreto Ley Nº 513/69, para su fiscalización.-
Res. N 295 -8-V-20- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social transferirá a la Municipalidad de Toay, la suma de $ 100.000,00, para