Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 24/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3398

Santa Rosa, 24 de enero de 2020

70914230-1 y BLD FINANZAS S.A., CUIT NRO. 3071127618-8, domiciliadas en calle Avda. Madres de Plaza de Mayo 3020 Piso 14 Oficina 3 de la ciudad de Rosario, han presentado en fecha 16/12/2019 a homologación los Acuerdos Preventivos Extrajudiciales suscriptos con Acreedores. ii Los originales de los Acuerdos se encuentran depositados CENTIBOX, sita en calle Arijón 26 Bis de Rosario, para ser consultados por los Acreedores de 9 a 16 hs. y copia de los mismos obrará en el estudio jurídico ROBIOLO & ASOC. sito en calle Santa Fe 1214 P.3 Of. 3 de Rosario, para ser consultados de lunes a Viernes de 14 a 18 hs. iii Propuestas alternativas para los acreedores remanentes:
PROPUESTA PRIMERA: Consiste en pago, quita y capitalización en acciones preferidas de BLD S.A. 1 El pago del 20% del crédito denunciado al 30/09/19
pagadero en tres 3 cuotas iguales, anuales y consecutivas, venciendo la primera de ellas a los doce 12 meses de quedar firme la homologación del Acuerdo Preventivo Extrajudicial, adicionando un interés equivalente a la Tasa Pasiva del Banco Nación sumada, en pesos - Plazo fijo tradicional a 365 / 370 días sobre saldo, la cual se devengará a partir de quedar firme la homologación. 2 Una quita del treinta por ciento 30%
sobre la totalidad del crédito. 3 La capitalización del cincuenta por ciento 50% del crédito, mediante la suscripción e integración de acciones preferidas de BLD
S.A., nominativas, no endosables, de un peso por acción $1.-, sin derecho a voto, con derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter no acumulativo, convertibles en acciones ordinarias, a opción del accionista, luego de transcurridos cuatro 4 años desde la inscripción en el Registro Público del aumento de capital.
Si el crédito estuviera compuesto por obligaciones no dinerarias o en moneda extranjera, las mismas serán convertidas en pesos argentinos al 30/09/19. La propuesta resulta sustancialmente del promedio de las condiciones de pago, quita y capitalización de créditos de los Acuerdos Preventivos Extrajudiciales firmados a la fecha, con los acreedores 942 APE. PROPUESTA
SEGUNDA: Consiste en el pago del sesenta por ciento 60% del crédito denunciado al 30/09/19, pagadero en cinco 5 cuotas iguales, anuales y consecutivas, venciendo la primera de ellas a los doce 12 meses de quedar firme la homologación del Acuerdo Preventivo Extrajudicial, adicionando un interés equivalente a la Tasa Pasiva del Banco Nación sumada, en pesos - Plazo fijo tradicional a 365 / 370 días sobre saldo, la cual se devengará a partir del vencimiento de la primera cuota, y con una quita del 40% sobre el crédito. Si el crédito estuviera compuesto por obligaciones no dinerarias o en moneda extranjera, las mismas serán convertidas en pesos argentinos al 30/09/19.
ELECCIÓN
E INSTRUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA A los fines de la elección de la propuesta e instrumentación, se establece el plazo total de 60 sesenta días hábiles, conforme se detalla a continuación: 1. Elección de la propuesta: Dentro del plazo de 30 treinta días hábiles de quedar firme la homologación del Acuerdo Preventivo Extrajudicial, el acreedor deberá comunicar la elección de
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la propuesta por escrito en los presentes autos y/o mediante notificación al mail registroacciones@bld.com.ar. 2. Domicilio de pago: Se establece como domicilio de pago la sede social de BLD
S.A., sito en Avda. Madres de Plaza de Mayo 3020 Piso 14 Oficina 3 de la ciudad de Rosario. 3.
Instrumentación de la propuesta: Vencido el plazo para la elección de la propuesta, comenzará a computarse el plazo de 30 treinta días hábiles a los fines de la instrumentación del acuerdo. A tales efectos el acreedor deberá concurrir a la sede social de BLD S.A., sita en Avda. Madres de Plaza de Mayo 3020 Piso 14 Oficina 3 de la ciudad de Rosario. 4. Acreedores tenedores de cheques: Los acreedores remanentes que sean tenedores de cheques que hubieran sido rechazados por falta de fondos, deberán entregarlos a BLD S.A. y serán reconocidos como acreedores. 5. Propuesta residual: Si los acreedores remanentes no optasen por la PROPUESTA PRIMERA, le será aplicable en forma definitiva la PROPUESTA SEGUNDA. iv Se informa a los interesados que tendrán 10 días hábiles judiciales posteriores a la última publicación de edictosa los fines previstos en el art. 75 de la LCQ. v Se ordena la suspensión de las acciones de contenido patrimonial contra el deudor con las exclusiones dispuestas en el artículo 21 de la LCQ.
Todo ello conforme la parte pertinente de los autos que se transcriben a continuación: N 3126. ROSARIO, 23/12/2019.Y VISTOS: CONSIDERANDO:
RESUELVO: 1. Por solicitada homologación de acuerdo preventivo extrajudicial; 2. Agréguese la documental acompañada y las conformidades de los acreedores respecto de los acuerdos presentados; 3.
Mandar a publicar edictos conforme lo expuesto en el considerando tercero; 4. Suspéndanse las acciones de contenido patrimonial contra el deudor con las exclusiones dispuestas en el artículo 21 de la LCQ. Fdo.:
DR. EZEQUIEL M. ZABALE Juez; DRA. GABRIELA
B. COSSOVICH SecretariaN 3139. ROSARIO, 27/12/2019 Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: Que mediante auto 3126 de fecha 23/12/2019, en Considerando tres 3 por un error involuntario se dispuso que la publicación de edictos debía hacerse por 5 días hábiles judiciales cuando debió decir por 5 días, corresponde así declararlo. RESUELVO: Revocar parcialmente el auto 3126 de fecha 23/12/2019 en el sentido expuesto.Fdo.: DR. EZEQUIEL M. ZABALE
Juez; DRA. GABRIELA B. COSSOVICH Secretaria.
Por expresa disposición del Juez de trámite, la publicación de edictos deberá hacerse por cinco 5 días no consecutivos, debiendo hacerse la primera publicación antes del 10/01/2020, la segunda publicación luego de la primera y antes del 17/01/2020, la tercera publicación luego de la segunda y antes del 24/01/2020, la cuarta publicación luego de la tercera y antes del 31/01/2020 y la quinta y última publicación debe hacerse luego de la cuarta y antes del 07/02/2020. Secretaría, 30 de Diciembre de 2019.Nota: Publicar por cinco 5 días no consecutivos, debiendo hacerse la primera publicación antes del

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 24/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date24/01/2020

Page count44

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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