Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 2

Santa Rosa, 10 de enero de 2020

BOLETÍN OFICIAL N 3396

DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto N 518 -20-XII-19- Art. 1.- Sustutúyese el artículo 32 del Decreto N 1714/19, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 32.Autorízase al Ministerio de Educación, cualquiera sea el importe, a la contratación directa sin límite de monto y hasta la suma mensual de $15.000,00, por cada persona que se contrate para prestar servicios en el marco del Programa Provincial Vértice Educativo.
Art. 2.- Sustitúyese el artículo 2 del Decreto N
1531/19, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2.- Determínase que quienes cuenten con número de afiliado por ser agentes de la Administración Pública Provincial y se desempeñen en el Programa Vértice Educativo, percibirán un suplemento no remunerativo y no bonificable que será abonado mensualmente a partir de diciembre de 2019, por los montos que seguidamente se determinan y de acuerdo a la función:
- Educador Comunitario y/o Asistente Territorial: PESOS
ONCE MIL QUINIENTOS $ 11.500.
- Director Responsable Territorial: PESOS SIETE MIL
DOSCIENTOS $ 7.200.
- Tallerista: PESOS CINCO MIL SETECIENTOS $
5.700.
Art. 3.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 2 del presente Decreto se imputará a las partidas de Personal del Presupuesto vigente, teniendo en cuenta la consideración de la situación de revista presupuestaria de los agentes, mientras que el gasto que demande la celebración de los contratos referidos en el artículo 1, se imputarán a la Partida Presupuestaria N 8825.
Art. 4.- Déjase sin efecto, a partir de la fecha, el Decreto N 2967/19, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Decreto N 535 -23-XII-19- Art. 1.- Sustitúyase el artículo 41 del Decreto N 1714/19, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 41.- Autorízase a los Ministros de Desarrollo Social y de Salud, cualquiera sea el importe, a la contratación directa sin límite de monto y hasta la suma mensual de PESOS SESENTA MIL $ 60.000,00, por cada profesional, técnico y/o idóneo que se contrate para llevar adelante los siguientes programas: Talleres de Contención y Reinserción, Capacitación y Supervisión y Cuidado y Asistencia por idóneos a personas en situación de vulnerabilidad bio-psico-social. Dicho importe no comprende el pago adicional por las salidas en comisiones de servicios que se encomienden dentro o fuera del territorio provincial. A tales efectos, las erogaciones establecidas deberán imputarse a la partida presupuestaria de cada jurisdicción creada específicamente para dicho fin.
Art. 2.- Apruébanse los contenidos de los Programas citados en el artículo anterior que forman parte
del presente Decreto como Anexos I, II y III
respectivamente. S/Expte. N 11366/13
Decreto N 591 -27-XII-19- Art. 1.- Rectifícanse los Decretos N 276/19, N 277/19 y N 278/19, dejándose establecido que las designaciones efectuadas por los mismos corresponde al cargo de Director General de Asuntos Municipales.
Decreto N 596 -30-XII-19- Art. 1.- Autorízase la habilitación para la prestación del servicio de transporte de pasajeros en la categoría SERVICIOS ESPECIALES a la Municipalidad de Toay, CUIT N 30-99919733-3, en un todo de acuerdo con lo establecido en las Leyes N
987 y N 1608 y el Decreto Reglamentario N 1160/95, por el término de 2 años, a partir de la firma del presente Decreto.
Art. 2.- Habilítase para realizar el servicio el vehículo marca IVECO; modelo DAILY 55C17 PASO
3950; año 2019; motor N 7274384; chasis N
93ZK53C01K8482353; tacógrafo marca DIGITAC N
30799; dominio AD700OY.
Art. 3.- Autorízase a la Dirección de Transporte de la Provincia a realizar altas y bajas de las unidades que se propongan para efectuar el servicio cuya prestación se autoriza, previa acreditaciones del cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la legislación vigente.
Decreto N 597 -30-XII-19- Art. 1.- Acéptase, a partir del 24 de mayo de 2019, la renuncia definitiva al agente Categoría 16, Rama Servicios Generales de la Ley N 643, Desiderio DUARTE PEDROZO -D.N.I. N
92.789.784 -Clase 1954-, perteneciente a la Dirección General de Educación Primaria, dependiente de la Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, dado que se ha acogido a los beneficio de la Ley N 2954
-Suplemento Especial Vitaliciootorgado por el Instituto de Seguridad Social, exceptuándoselo del cumplimiento de lo establecido en el artículo 38 inciso h de la Ley N
643.
Art. 2.- Páguese al exagente citado en el artículo anterior la suma de $ 4.889,00, en concepto de 6 días de licencia para descanso anual, proporcionales al año 2019, de acuerdo al informe de fojas 22 del Departamento Licencias de la Dirección General de Personal, y a la liquidación efectuada a fojas 26 por el Departamento Ajustes y Liquidaciones de Contaduría General de la Provincia.
Decreto N 598 -30-XII-19- Art. 1.- Apruébase la Licitación Pública N 118/19, tramitada por el Departamento Compras y Suministros y, consecuentemente adjudícase a la señora María Cristina VERGARA, C.U.I.T. N 27-25851980-4, la contratación de los servicios de limpieza y jardinería en los siguientes establecimientos: Escuela N 254, su Jardín de Infantes y

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date10/01/2020

Page count44

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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