Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 26/1/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 26 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 11
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ARTICULO 3.- Las propuestas recepcionadas serán presentadas hasta una hora antes de la apertura de sobres y deberán presentarse en sobre cerrado en forma clara y legible, sin raspaduras ni enmiendas junto con las muestras adjuntas a la oferta con la descripción y/o especificación técnica correspondiente en caja/s cerrada/s, que deberán cumplir con las mismas especificaciones del sobre de oferta en la Dirección General de Compras y Suministros de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, los que serán abiertos el día y hora indicado en el artículo primero, en presencia de los funcionarios competentes y los interesados que deseen participar.ARTICULO 4.- El Pliego de Bases y Condiciones Generales se encontrará para consulta, visita y adquisición, a partir de la publicación del decreto de Llamado a Licitación Pública N 02/2024, a disposición de los interesados en la Dirección General de Compras y Suministros, sito en Avda. El Éxodo N 215
de lunes a viernes de 9 a 13 hs.ARTICULO 5.- Por intermedio de la Dirección General de Compras y Suministros, procédase facultativamente a remitir las correspondientes invitaciones a las firmas proveedoras para participar del presente Llamado a Licitación Pública N 02/2024.ARTICULO 6.- Confórmese la Comisión de Preadjudicación para el estudio y evaluación de las propuestas a presentarse en la Licitación Pública N
02/2024, referente a la ADQUISICION DE INDUMENTARIA DE TRABAJO AÑO 2024 DESTINADO AL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN
LAS DIFERENTES U.D.O. DEPENDIENTES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY, la que estará integrada por los funcionarios de la Dirección General de Compras y Suministros, Procuración Municipal, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Obras Públicas, Secretaría de Servicios Públicos y Secretaría de Gobierno.ARTICULO 7.- Publíquese en el Boletín Oficial Provincial por el término de tres 3 días y por dos 2 días en dos 2 diarios de mayor circulación local, debiendo la Coordinación General de Comunicación remitir la correspondiente orden de publicidad como así también deberá realizar la respectiva publicación en el Boletín Oficial Digital Municipal. Cumplido derívese a sus efectos a la Dirección General de Auditoría Interna, Dirección General de Compras y Suministros, Procuración Municipal, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Obras Públicas, Secretaría de Servicios Públicos y Secretaría de Gobierno.Arq. Raul E. Jorge Intendente 22/24/26 ENE. S/C.MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO
DECRETO Nº 130/2023.PERICO DE SAN ANTONIO, 19 DIC. 2023.VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 032/2023; y CONSIDERANDO:
Que, en la misma, se estable el cálculo de la Unidad Tributaria para el pago de los tributos en el ámbito local;
Que, en este sentido, se dispone que el importe de la U.T. será equivalente al precio de UN 1 LITRO de Nafta Súper de la Estación de Servicio YPF
Que, no obstante, la alarmante situación del país ha generado que los precios llegaran a dispararse en cortos períodos de tiempo, incluyendo el de los combustibles;
Que, atento a este contexto socio-económico, se hace sumamente necesario establecer montos fijos que permitan equilibrar los costos reales de las prestaciones, las necesidades económicas del Municipio y las posibilidades de los contribuyentes;
POR ELLO:
Haciendo uso de las atribuciones que le son propias y conferidas por Ley;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO
DECRETA:
ARTÍCULO Nº 1: Establecer a partir del día de la fecha, que la Unidad Tributaria para el pago de los tributos en el ámbito de la Municipalidad de San Antonio, de conformidad a la Ordenanza Municipal Nº 032/2023, modificatoria de la Ordenanza Municipal Nº 001/2023, se fijará en el precio de UN 1
LITRO de Nafta Súper de la Estación de Servicio de YPF al día 01 de Diciembre del año 2.023, PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100
$367,00.ARTÍCULO Nº 2: Que lo dispuesto en el artículo precedente tendrá vigencia hasta el día 31 de Enero del año 2.024 inclusive.ARTÍCULO Nº 3: De forma.Álvaro De Vedia Intendente MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO
DECRETO Nº 001/2024 PERICO DE SAN ANTONIO, 08 ENE. 2024.VISTO:
La necesidad de que los contribuyentes del Municipio no se vean perjudicados en el pago de sus impuestos, tasas y demás contribuciones por no encontrarse aún aprobada y en vigencia la Ordenanza Impositiva para el período fiscal 2.024; y CONSIDERANDO:
Que, en el ámbito local, se estableció el uso de la Unidad Tributaria U.T. como unidad de medida de los tributos establecidos en la Ordenanza Impositiva Nº 001/2023;
Que, dicha Unidad Tributaria, es equiparable a UN 1 LITRO de Nafta Súper de la Estación de Servicio YPF, de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 032/2023, modificatoria de la Ordenanza Impositiva 001/2023;
Que, el valor dispuesto para la Unidad Tributaria, se fijó en $ 367,00 hasta el día 31/01/2024, de acuerdo al Decreto Municipal Nº 130/2023, reglamentario de la Ordenanza Municipal Nº 032/2023;
Que, dado el criterio utilizado para establecer la Unidad Tributaria, indudablemente la misma no permanece inmóvil, sino que se encuentra sujeta a las variaciones del precio de la Nafta Súper en las estaciones de servicio de la Empresa YPF, con lo cual se garantiza su movilidad en defensa de los ingresos del Municipio;
Que sí se verán perjudicados los contribuyentes porque, al no haber Ordenanza, habrá una serie de factores que van a alterarse debido al constante disparo de precios de los combustibles;
Que el Honorable Concejo Deliberante de esta ciudad se encuentra en receso estival en las labores legislativas;
POR ELLO:
Haciendo uso de las atribuciones que le son propias y conferidas por Ley;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 26/1/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date26/01/2024

Page count6

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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