Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 13 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 103

ARTÍCULO 1º.- Téngase por creado el Colegio Secundario N 55, CUE N 3800929-00, de Tercera Categoría, ubicado en la Localidad de Oratorio Departamento Santa Catalina, Provincia de Jujuy, a partir del 1 de septiembre del año 2013, de conformidad a lo dispuesto por Resolución N 5640-E-13 de fecha 16 de septiembre de 2013.ARTÍCULO 2º.- Establécese que el Colegio Secundario N 55 se regirá por la Normativa Provincial vigente para el Nivel de Educación Secundaria.ARTÍCULO 3.- Téngase por asignada al Colegio que se crea en el Artículo 1 del presente Decreto, la siguiente planta funcional, con el 80% de zona desfavorable:

Un 01 cargo de Director Tercera Categoría
Un 01 cargo de Preceptor
Cuarenta y dos 42 horas cátedra de Nivel Medio.
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el funcionamiento del Colegio Secundario N 55 será atendida con las partidas presupuestarias asignadas al Ministerio de Educación por la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Provincia de Jujuy:
Jurisdicción U.de O.
Finalidad Función Partida
F 4
5 3
1-1-1-1-2-76

Ministerio de Educación Secretaría de Gestión Educativa Cultura y Educación Educación Media y Técnica Bonificación por Ubicación
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 6.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8580-AyCC/2023.EXPTE. Nº 1101-199-S-2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUL. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorízase la Comisión Oficial al exterior del Secretario de Calidad Ambiental del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático PABLO
BERGESE, D.N.I. Nº 28.375.910, a llevarse a cabo entre los días 15 al 22 de Julio del 2023, en la Ciudad de Washington, D.C. Estados Unidos de América, por las razones expresadas en el exordio.ARTICULO 2º.- Establecer como monto diario de viáticos, desde el día 15 al 22 de Julio del 2023, la suma de Dólares Estadounidenses Doscientos U$200
para el Secretario de Calidad Ambiental del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático PABLO BERGESE.ARTICULO 3º.- La erogación que demande la presente comisión oficial será afrontada con las Partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2023 Ley Nº 6325, de la Jurisdicción W Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, Unidad de organización W2
Secretaría de Calidad Ambiental, 1.1.2.2.79.0 Servicios No Personales Viáticos y Movilidad y 1.1.2.5.2.31 Viáticos Fdo Pcia Medio Ambiente Ley Nº 5063.ARTICULO 4º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto para su conocimiento y demás efectos. Siga a la a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8684-E/2023.EXPTE. Nº 1056-10984-22.SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUL. 2023.VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se tramita la promoción de la agente Juana Guillermina Villalobos, C.U.I.L. N 27 -14828882-3, quien revista en el cargo categoría 18, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General, Ley N 3161/74 de la U. de O.: "F4" Secretaría de Gestión Educativa, al cargo categoría 24, en el marco de las disposiciones de la Ley N 5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07; y CONSIDERANDO:
Que, como consecuencia de la re jerarquización determinada por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Acuerdo N 5351-HF-22 para el personal de Planta Permanente comprendido en el régimen de la Ley N3161/74, la Sra. Villalobos fue re categorizada a la categoría 18, situación que resta materializarse mediante la emisión del acto administrativo pertinente.
Que, rolan formularios de Adhesión a la Ley N 5502/05, de Opción de No Adhesión al Beneficio del Artículo 19 de la Ley N 2 4241, con intervención de Escribanía de Gobierno.
Que, de las constancias obrantes en autos surge que la mentada agente reúne los recaudos legales exigidos para acceder a los beneficios de la citada norma.
Que, obra intervención de la Dirección Provincial de Personal.
Que, interviene la Dirección Provincial de Presupuesto, indicando la partida presupuestaria para atender el gasto que demande el presente trámite, informando Contaduría de la Provincia que la misma a la fecha cuenta con disponibilidad de crédito.
Que, Fiscalía de Estado emite dictamen favorable de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para promover a la agente Juana Guillermina Villalobos. a la máxima categoría del Escalafón General, Ley N 3161/74, a partir del 1 de enero de 2023 de conformidad a las disposiciones del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05.
Por ello, y a los fines de su regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

2882

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/9/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date13/09/2023

Page count24

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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