Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/6/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 09 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 64

ARTÍCULO 5.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Unidad de Control Previsional, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 7975-HF/2023.EXPTE. N 500-179/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 ABR. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Fíjense las escalas salariales para Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia a partir del 1 de enero, del 1 de febrero y del 1º de marzo del presente ejercicio, conforme los montos que se detallan en el Anexo I, II y III, que forma parte integrante del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto se atenderá con la partida de Gastos en Personal que al efecto fija el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente en la Provincia - Ley N 6.325.ARTICULO 3º.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Gobierno y Justicia.ARTICULO 5.- Dese al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia para conocimiento.ARTICULO 6.- Regístrese. Tomen razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Cumplido, siga a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 7992-S/2023.EXPTE. N 733-751/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Promuévase a la agente Aleja Benita Aguilar, CUIL 27-12236518-8, al cargo categoría A-5 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, en la U. de O.: R6-01-23 Hospital "Wenceslao Gallardo", a partir del 01 de enero de 2021, en el marco de lo establecido en la L ey N 5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio. ARTÍCULO 2.- La erogación emergente del presente trámite, se atenderá con las Partidas Presupuestarias que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2.023, Ley N 6325, indicadas a continuación:
EJERCICIO 2023:
Con la respectiva partida de Gasto en Personal, asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización: R6-01-23 Hospital Wenceslao Gallardo, las que de resultar insuficiente tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502", en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública .Provincial "03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública.ARTÍCULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de Conformidad al artículo 100º Bis de la Ley N 3161/74, modificado por Ley N 5748.ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. ARTÍCULO 5.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8004-S/2023.EXPTE. N 715-209/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Adecúase a la Sra. Beatriz María del Valle Ortega, CUIL N 27-24252619-3, en el cargo categoría 15 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N 3161/74, de la U. de O.: R 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana, a partir de la emisión del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderán pon las partidas presupuestarias, que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2.023, Ley N 6325, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023:
Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-03 Hospital resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-98
"Regularización Decreto 3555-S/2021", en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 4.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

1898

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/6/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date08/06/2023

Page count23

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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